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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 10201
Resolución de la Directora General de Medio Rural y Marino por la que se actualiza el censo de embarcaciones de pesca profesional de artes menores de la reserva marina del Llevant de Mallorca

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El artículo 3 del Decreto 41/2015, de 22 de mayo, por el cual se regulan las actividades de extracción de flora o fauna marina y las actividades subacuáticas en las reservas marinas de las aguas interiores del litoral de las Islas Baleares, ordena que para estar incluido en el censo de embarcaciones de pesca profesional autorizadas, previsto en el artículo 8.5 de la Ley 6/2013, de 7 de noviembre, es necesario pertenecer a las cofradías de pescadores de Cala Rajada, de Alcúdia o tener el puerto base en su ámbito territorial. También se prevé que puedan figurar aquellas embarcaciones que demuestren habitualidad en la pesca dentro de la reserva marina y el puerto base de las cuales esté a una distancia no superior a 24 millas de la reserva.

 Así mismo, también señala que el censo se renovará cada dos años mediante resolución de la Dirección General de Medio Rural y Marino. El censo actual es el de la Resolución de la Directora General de Medio Rural y Marino por la cual se establece el Censo de embarcaciones de pesca profesional de artes menores a la reserva marina del Levante de Mallorca, publicado el 14 de junio de 2015 y que se encuentra próximo a finalizar su vigencia de tres años.

Por todo esto, habiendo consultado a las cofradías de pescadores afectadas y al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio ambiente, en uso de las facultades que se me han conferido y a propuesta del Servicio de Recursos Marinos, dicto la siguiente 

RESOLUCIÓN

Primero

Censo

Se establece el Censo de embarcaciones de pesca profesional de artes menores de la Reserva Marina del Llevant de Mallorca, que está formado per las embarcaciones siguientes:

Embarcación

Matrícula

Folio

Cofradía

Baloan

PM-1

2-96

Cala Rajada

Es Climents

PM-1

8-99

Cala Rajada

Es Llamp

PM-1

2-99

Cala Rajada

Es Virot

PM-1

5-99

Cala Rajada

Ferrassa

PM-1

2-98

Cala Rajada

Goga

PM-1

4-97

Cala Rajada

Hispaniola Dos Mil

PM-1

4-00

Cala Rajada

Na Llobriga

PM-1

4-08

Cala Rajada

Nova Princesa

PM-1

8-03

Cala Rajada

Vima

PM-1

1938

Cala Rajada

Aguileño

PM-4

336

Alcúdia

Algi

PM-1

1974

Alcúdia

Biel Primero

PM-2

3-05

Alcúdia

Bribona Segundo

PM-1

3-95

Alcúdia

Bucanera

PM-2

371

Alcúdia

Cap Ferrutx

PM-2

439

Alcúdia

Chirta

PM-1

1711

Alcúdia

Eolo III

PM-1

3-94

Alcúdia

Es Batlets

PM-2

1-06

Alcúdia

Es Puetes Nou

PM-2

2-2002

Alcúdia

Gavella

PM-1

1-12

Alcúdia

Hermanos Serra

PM-1

1594

Alcúdia

Kijuana Tercero

PM-2

437

Alcúdia

Lacha

PM-2

2-98

Alcúdia

Marimar

PM-1

1991

Alcúdia

Maro

PM-1

1990

Alcúdia

Mar y Vent

PM-1

1802

Alcúdia

Marivent IV

PM-1

1988

Alcúdia

Nadal Primer

PM-2

1-99

Alcúdia

Noah

PM-2

2-06

Alcúdia

Nou Patrash

PM-2

4-05

Alcúdia

Nou Vista Alegre

PM-2

1-98

Alcúdia

Petit Fuat

PM-2

2-05

Alcúdia

Punta Beca

PM-1

1727

Alcúdia

S’enterrosai

PM-1

1915

Alcúdia

Saniral

PM-2

1-91

Alcúdia

Tina

PM-1

1751

Alcúdia

Tizona

PM-2

1-93

Alcúdia

Toni Cuarto

PM-1

2042

Alcúdia

Virginia

PM-2

424

Alcúdia

Baloan dos

PM-1

4-01

Porto Cristo

Jaimito IV

PM-1

1976

Porto Cristo

Cala Bona II

PM-1

1816

Porto Cristo

Raconet

PM-1

1968

Porto Cristo

Nou Dos Joans

PM-2

6-05

Porto Cristo

Sirviola

PM-2

436

Porto Cristo

 

Segundo

Vigencia

Esta Resolución tendrá una vigencia de dos años a partir de su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

       

Palma, 1 de junio de 2015

     

La Secretaria General

 Ana Martínez Cañellas

Por suplencia de la Directora General de Medio Rural y Marino  (BOIB 60/2015)