Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE EIVISSA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA
Núm. 10109
Ejecución de Titulos Judiciales 68/2015
Dª TERESA MARIA BALLESTER MANRESA, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social nº1 de EIVISSA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 68/2015 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D. PEDRO DAVID JIMENEZ GARCIA, Dª RUTH PARDO COLLADO contra la empresa QUEFA IBIZA, SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
AUTO 28/04/15
Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, PEDRO DAVID JIMENEZ GARCIA, RUTH PARDO COLLADO, frente a QUEFA IBIZA, SL, parte ejecutada, por importe de 4668,26 euros (le corresponden 3746,95€ a Pedro D. Jiménez y 921,31€ a Ruth Pardo) en concepto de principal, más otros 935 euros (le corresponden 750€ a Pedro D. Jiménez y 185€ Ruth Pardo) que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
DECRETO 28/04/15
Acuerdo en cumplimiento del requisito que se contiene en el artículo 276.3 y previo a la estimación en la presente ejecutoria de la pervivencia de la declaración de insolvencia de la parte ejecutada QUEFA IBIZA, SL, dar audiencia previa a la parte actora PEDRO DAVID JIMENEZ GARCIA, RUTH PARDO COLLADO y al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, por termino de QUINCE DÍAS para que puedan señalar la existencia de nuevos bienes, y de su resultado de acordará lo procedente.
Procédase a embargar los posibles saldos acreedores que la ejecutada pudiera poseer.
Notifíquese a la ejecutada a través de su administrador, D. Bruno Patrick Viel.
Y para que sirva de notificación en legal forma a QUEFA IBIZA, SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En IBIZA/EIVISSA, a dos de Junio de dos mil quince.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL