Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE URBANISMO Y TERRITORIO
Núm. 10115
Acta de Entrega, de fecha 20 de mayo de 2015, de la cesión por parte del Consejo de Mallorca al Ayuntamiento de Manacor de la titularidad de las carreteras Ma-4020 (entre el PK 11,970 y el PK 12,650) y Ma-4023 (entre el PK 0,000 y el PK 0,960) y aceptar la cesión por parte del Ayuntamiento de Manacor de la titularidad de la calzada (es decir, del pavimento asfáltico y de su señalización) de la Ronda de l’Oest (que une las carreteras Ma-4020 y Ma-4023)
Puesto que en el punto III apartado i. de la Resolución del consejero ejecutivo de Urbanismo y Territorio del Consejo de Mallorca, de 20 de mayo de 2015, relativa a la cesión al Ayuntamiento de Manacor de la titularidad de las carreteras Ma-4020 (entre el PK 11,970 y el PK 12,650) y Ma-4023 (entre el PK 0,000 y el PK 0,960) y aceptar la cesión por parte del Ayuntamiento de Manacor de la titularidad de la Ronda de l’Oest (únicamente de la calzada, es decir, del pavimento asfáltico y de su señalización) se ordena la publicación del Acta de Entrega en el Boletín Oficial de las Islas Baleares a los efectos de su general conocimiento.
Con el fin de dar cumplimiento a este precepto, visto que el día 20 de mayo de 2015 se formalizó la cesión mediante la firma del consejero ejecutivo de Urbanismo y Territorio del Consejo de Mallorca y del alcalde - presidente del Ayuntamiento de Manacor del Acta de Entrega que se expone a continuación y se procede a su publicación:
«REUNIDOS
Por una parte, el Sr. Mauricio Rovira de Alós, consejero ejecutivo de Urbanismo y Territorio del Consejo Insular de Mallorca, como representante de esta entidad, con domicilio en la calle Palacio Real, nº 1, C. P. 07001 de Palma y CIF nº S-0711002-F.
Y de la otra, el Sr. Antoni Pastor i Cabrer, alcalde - presidente del Ayuntamiento de Manacor, como representante de este consistorio municipal, con domicilio en el C/ Plaza Convent, nº 1, C. P. 07500 de Manacor y CIF nº P-0703300-D.
Las partes se reconocen, por la representación con la que actúan, la capacidad necesaria para formalizar la presente acta de entrega, por todo lo cual
EXPONEN
I) Que por Resolución del consejero ejecutivo de Urbanismo y Territorio de fecha 20 de mayo de 2015, y en virtud de lo que prevén el artículo 7 (apartado 2.1) de la Ley 5/1990, de 24 de mayo, de carreteras de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y la norma 8a del Plan Director Sectorial de Carreteras, el Consejo de Mallorca- por un lado- cedió al Ayuntamiento de Manacor la titularidad de las carreteras Ma-4020 (entre el PK 11,970 y el PK 12,650) y Ma-4023 (entre el PK 0,000 y el PK 0,960), y por la otra, aceptó la cesión (por parte de dicho Ayuntamiento) de la titularidad de la calzada (es decir, del pavimento asfáltico y de su señalización) de la Ronda de l’Oest (que une las carreteras Ma-4020 y Ma-4023).
II) Que en el punto primero de dicha Resolución se recogía que los tramos de carretera cedidos pasarían a integrarse, respectivamente, en la red local de dicha corporación y en la red del Consejo de Mallorca desde el momento en que se formalizara la recepción por parte de los órganos municipal e insular correspondientes, y por este motivo firman ésta
ACTA DE ENTREGA
El Sr. Antoni Pastor i Cabrer, en nombre y representación del Ayuntamiento de Manacor, mediante la presente acepta la entrega por parte del Consejo Insular de Mallorca de los tramos de carretera descritos en el expositivo primero, con lo cual se entiende cedida desde ahora a dicha Corporación municipal la titularidad de los susodichos tramos a todos los efectos, con todas las competencias y deberes que comporta.
Y por su parte, el Sr. Mauricio Rovira de Alós, en nombre y representación del Consejo de Mallorca, mediante la presente acepta la entrega por parte del Ayuntamiento de Manacor de la titularidad de la calzada (es decir, del pavimento asfáltico y de su señalización) de la Ronda de l’Oest (que une las carreteras Ma-4020 y Ma-4023), con lo cual se entiende cedida desde ahora a dicha Corporación municipal la mencionada titularidad a todos los efectos, con todas las competencias y deberes que comporta.
Y como prueba de conformidad con el contenido de esta acta, las partes la firman por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados al principio, de manera que queda una copia en poder de cada parte que interviene.»
Palma, 8 de junio de 2015
La secretaría técnica
Catalina Terrassa Crespí