Sección IV. Procedimientos judiciales
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 9752
Procedimiento Ordinario 265/2013
En esta Sala se tramita el P.O. 265/2013 seguido a instancias de L’ASSOCIACIÓ D’UNIÓ PITIUSA D’AUTONOMS DES TAXI, L’ASSOCACIÓ DE TAXISTES PROFESSIONALS DE VILA, LA ASOCIACIÓN DE AUTÓNOMOS DEL TAXI DE SANTA EULALIA DEL RIO, LA ASOCIACIÓN DE AUTÓNOMOS DEL TAXI DE SANT JOAN DE LABRITJA Y LA ASOCIACIÓN DE TITULARES AUTO TAXI SANT ANTONI DE PORTMANY contra LA CONSELLERIA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO en el que, por resolución de fecha 22 de Abril de 2015 se ha acordado la publicación en el B.O.I.B del fallo de la sentencia número 137-15 de fecha 03/03/2015 que tiene carácter de firme, y cuyo tenor literal es el siguiente:
FALLAMOS:
PRIMERO: DESESTIMAMOS LA INADMISIBILIDAD del recurso contencioso planteado alegada por la Administración autonómica demandada.
SEGUNDO: ESTIMAMOS EL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO seguido a instancias de L’ASSOCIACIÓ D’UNIÓ PITIUSA D’AUTONOMS DES TAXI, L’ASSOCACIÓ DE TAXISTES PROFESSIONALS DE VILA, LA ASOCIACIÓN DE AUTÓNOMOS DEL TAXI DE SANTA EULALIA DEL RIO, LA ASOCIACIÓN DE AUTÓNOMOS DEL TAXI DE SANT JOAN DE LABRITJA Y LA ASOCIACIÓN DE TITULARES AUTO TAXI SANT ANTONI DE PORTMANY contra la Orden del Conseller d’Agricultura, Medi Ambient i Territori de 20 de mayo de 2013 de actualización del régimen de carga y descarga y de la tarifa única aplicable a los servicios de taxi que se prestan en la Isla de Ibiza.
TERCERO: DECLARAMOS NULA y disconforme a derecho la disposición general impugnada.
CUARTO: Con imposición de las costas de esta instancia a la Administración autonómica demandada, en atención al principio de vencimiento objetivo
Notifíquese esta Resolución y adviértase que contra la misma conforme previene el artículo 248 de la Ley Orgánica del Poder Judicial cabe recurso de casación para ante el Tribunal Supremo en el plazo de DIEZ DIAS.
Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. ”
Y para que se proceda a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma a los efectos oportunos, se extiende el presente en PALMA DE MALLORCA, a 22 de Abril del 2015.
EL SECRETARIO JUDICIAL
CARLOS AMORENA DONCEL