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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 9888
Procedimiento Ordinario 148/2014

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª. Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER: 

Que en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 148/2014 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª  contra la empresa  HOTELERA ALFA SL,  STAR CAPITAL BUILDING SA,  BCN HOTELS AND CITY XXI,  KROSS HOTELS SL, ANTONIO BUADES FELIU, JOSE ANTONIO ZARAUZA FERNANDEZ,  MOBIXA DEVELOPMENTS, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta: 

D E C R E T O 

Secretario/a Judicial D/Dª  PAULA MATEO ERROZ. 

En PALMA DE MALLORCA, a veintiocho de Mayo de dos mil quince. 

ANTECEDENTES DE HECHO 

PRIMERO.- El 4-02-2014 tuvo entrada en este órgano judicial demanda presentada por D. MIGUEL ANGEL LORENZO MARTIN,  MARIA SAGRE AGUILERA TRUEBA, ESPERANZA PEREZ CERMEÑO, ANTONIA SANCHEZ ROBLES, ANA GINARD MESQUIDA, NOEMI LARA MARTINEZ, ROSARIO MARTINEZ GIRALDEZ, JUAN A. MANGAS MOSCOSO, ANTONIO GOMEZ ÁLVAREZ, FRANCISCA PEREZ GARCIA, CONCEPCIÓN ALVAREZ CABRERA, MARINA LEONOR MARTINEZ DIEZ, MANUELA GONZALEZ TIENDA, ANTONIA GIMENEZ VILLENA, LISALDO NAVARRO GARCIA, JUANA MARIA LARAVILA Y CONRADO PINA DIAZ frente a  HOTELERA ALFA SL,  STAR CAPITAL BUILDING SA,  BCN HOTELS AND CITY XXI,  KROSS HOTELS SL, ANTONIO BUADES FELIU, JOSE ANTONIO ZARAUZA FERNANDEZ,  MOBIXA DEVELOPMENTS   en ORDINARIO, y admitida a trámite, se convocó a las partes para los actos de conciliación y juicio. 

SEGUNDO.- En el día de la fecha han llegado a un acuerdo en conciliación, cuyo contenido consta en el acta extendida al efecto, que se da por reproducida. 

FUNDAMENTOS DE DERECHO 

ÚNICO.- El art. 84 de la LPL establece que si las partes alcanzan una avenencia, siempre que no sea constitutiva de lesión grave a tercero, fraude de ley o abuso de derecho, se dictará decreto aprobándola y además se acordará el archivo de las actuaciones. 

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, 

PARTE DISPOSITIVA 

Acuerdo aprobar la avenencia alcanzada entre las partes en el día de la fecha y archivar las actuaciones. 

Incorpórese el original al Libro de RESOLUCIONES FINALES, dejando certificación del mismo en el procedimiento de su razón. 

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal. 

MODO DE IMPUGNACIÓN: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación. (Art. 188.2 de la LJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta nº 0466-0000-31-0148-14 del SANTANDER, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 Social- Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 Social- Revisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL 

Y para que sirva de notificación en legal forma a  HOTELERA ALFA SL,  STAR CAPITAL BUILDING SA,  BCN HOTELS AND CITY XXI,  KROSS HOTELS SL, ANTONIO BUADES FELIU, JOSE ANTONIO ZARAUZA FERNANDEZ Y  MOBIXA DEVELOPMENTS, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de les illes Balears. 

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. 

En PALMA DE MALLORCA, a veintinueve de Mayo de dos mil quince.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL