Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE MANACOR
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 3 DE MANACOR
Núm. 9803
Juicio de faltas nº 547/2014
Que en el Juicio de Faltas 547/2014 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
Que debo condenar y CONDENO a D. David Mari Torres, como autor responsable de la falta de hurto prevista en el Art.623.1 del Código Penal, a la pena de 1 mes de multa con una cuota diaria de 10 EUROS, con la advertencia de que, de no ser satisfecha, quedará sujeto a la responsabilidad penal subsidiaria consistente en un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no pagadas. Asimismo deberá indemnizar al Sr. Abdeltif Rahou en la cantidad de CUARENTA EUROS (40€).
Se imponen las costas procesales al acusado.
Notifíquese la presente sentencia a las partes personadas, haciéndoles saber que la misma no es firme, y que pueden interponer recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial de Palma que se sustanciará de conformidad con los trámites previstos en los Arts.790 a 792 Ley de Enjuiciamiento Criminal, pudiendo interponerse el plazo de cinco días a partir del siguiente al de su notificación ante este mismo Juzgado.
Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a DAVID MARI TORRES, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears expido la presente en MANACOR a 15 de Mayo de 2015.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL