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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 10 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 9632
Juicio de Faltas Nº 936/2014

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se  notifica a PEDRO MANUEL PEREIRA DE ALMEIDA, la Sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:SENTENCIA PENAL Nº 147.- En Palma de Mallorca, a 29 de abril de 2015.Vistos por mí, Laia Piñol Jové, Juez del Juzgado de Instrucción Nº10 de Palma de Mallorca, los autos del Juicio de Faltas arriba identificado, en los que figuran como denunciantes y denunciados Miguel Ángel GONZÁLEZ TRUJILLANO y Pedro Manuel PEREIRA DE ALMEIDA, habiendo sido parte en la misma el Ministerio Fiscal en la persona Ilmo. Sr. Ladislao Roig Bustos. Y  FALLO.- CONDENO a Pedro Manuel PEREIRA DE ALMEIDA como autor de una falta de LESIONES a la pena de 30 días de multa a razón de 3 euros diarios; en caso de impago cada dos cuotas de multa podrán ser sustituidas por un día de privación de libertad. En concepto de rentabilidad civil deberá abonar a Miguel Ángel GONZÁLEZ TRUJILLANO la cantidad de 450 euros, con imposición de las costas de este proceso.Notifíquese informando que la presente resolución no es firme y que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Islas Baleares. Para ello, en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente, habrá de presentarse ante este Juzgado escrito en el que se expongan ordenadamente las alegaciones sobre quebrantamiento de las normas y garantías procesales, error en la apreciación de las pruebas o infracción de precepto constitucional o legal en las que se base la impugnación y se fijará el domicilio para notificaciones.Así lo acuerdo y firmo.

En PALMA DE MALLORCA a 21 de Mayo de 2015.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL