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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES

Núm. 10024
Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades por la cual se aprueba el modelo de declaración responsable para el inicio de la actividad de una escuela de educadores de tiempo libre

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Texto

Hechos

  1. El artículo 42.3 de la Ley 10/2006, de 26 de julio, integral de la juventud —modificada por la Ley 12/2010, de 12 de noviembre, de modificación de varias leyes para la transposición en las Illes Balears de la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior (BOIB nº. 171, de 25 de noviembre de 2010) y por el Decreto ley 10/2012, de 31 de agosto, por el cual se modifica el Decreto ley 5/2012, de 1 de junio, de medidas urgentes en materia de personal y administrativas para la reducción del déficit público del sector público de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de otras instituciones autonómicas, y se establecen medidas adicionales para garantizar la estabilidad presupuestaria y fomentar la competitividad—, establece que se pueden reconocer como escuelas de educadores de tiempo libre infantil y juvenil todas las escuelas que, promovidas por la iniciativa pública o privada, tengan por objeto la formación, el perfeccionamiento y la especialización de los educadores en las actividades y técnicas orientadas a la promoción y a la utilización adecuada del ocio y el tiempo libre infantil y juvenil, de acuerdo con los programas oficiales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

  2. El artículo 2 del Decreto 16/1984, de 23 de febrero, sobre reconocimiento de escuelas de educadores de tiempo libre, modificado por el artículo 7 del Decreto 77/2012, de 21 de septiembre, de simplificación administrativa y de modificación de varias disposiciones reglamentarias para la transposición en las Illes Balears de la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre de 2006, de servicios en el mercado interior, prevé que las entidades de iniciativa pública y privada que tengan la intención de actuar como escuela de tiempo libre infantil o juvenil no pueden iniciar esta actividad sin la presentación, ante el director o directora insular competente en materia de formación de tiempo libre infantil o juvenil, de un modelo de declaración responsable. Esta declaración responsable se tiene que hacer mediante un modelo normalizado y con carácter previo al inicio de la actividad.

  3. El 29 de abril de 2015 la directora general de Ordenación, Innovación y Formación Profesional emitió una propuesta de resolución sobre la aprobación del modelo de declaración responsable para el inicio de la actividad de una escuela de educadores de tiempo libre.

Fundamentos de derecho

  1. El capítulo II, título IV de la Ley 10/2006, de 26 de julio, integral de la juventud, que regula la formación en el tiempo libre infantil y juvenil.

  2. El Decreto 16/1984, de 23 de febrero, sobre reconocimiento de escuelas de educadores de tiempo libre, modificado por el artículo 7 del Decreto 77/2012, de 21 de septiembre, de simplificación administrativa y de modificación de varias disposiciones reglamentarias para la transposición en las Illes Balears de la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre de 2006, de servicios en el mercado interior.

  3. El artículo 2.3 del Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears —modificado por los decretos 15/2013, de 7 de junio; 20/2013, de 15 de julio; 23/2013, de 28 de octubre; 1/2014, de 31 de enero; 6/2014, de 12 de septiembre; 10/2014, de 3 de octubre; 11/2014, de 10 de octubre; 15/2014, de 12 de diciembre, y 17/2014, de 29 de diciembre— atribuye a la Dirección General de Ordenación, Innovación y Formación Profesional de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades la promoción de las actividades juveniles, el turismo juvenil y de tiempo libre, la participación y las asociaciones juveniles.

Por todo ello, dicto la siguiente

 

 Resolución

  1. Aprobar al modelo de declaración responsable Para el inicio de la actividad de una escuela de educadores de tiempo libre, que se adjunta como anexo.

  2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Educación, Cultura y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente haberse publicado, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo delante de la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

  

Palma, 7 de mayo de 2015

La consejera de Educación, Cultura y Universidades
Maria Núria Riera Martos

Documentos adjuntos