Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE SALUD
Núm. 9855
Resolución del director general de Gestión Económica y Farmacia de 20 de mayo de 2015 por la cual se aprueba el catálogo farmacéutico de las Islas Baleares
Antecedentes
1. El artículo 17 de la Ley 7/1998, de 12 de noviembre, de ordenación farmacéutica de las Islas Baleares, establece que para la apertura de una nueva oficina de farmacia se tienen que tramitar de manera sucesiva cinco procedimientos:
a) El procedimiento para la aprobación de la planta farmacéutica correspondiente.
b) El procedimiento para la aprobación del catálogo de oficinas de farmacia.
c) El procedimiento de concurso para la adjudicación de oficinas de farmacia vacantes.
d) El procedimiento de autorización de la designación del local.
e) El procedimiento de autorización de la apertura y del funcionamiento de la oficina de farmacia.
2. De acuerdo con lo que establece el artículo 18 de la Ley 7/1998, el 6 de febrero de 2015 el consejero de Salud dictó la Resolución por la cual se aprueba la planta farmacéutica de las Islas Baleares. Esta Resolución, que establece la división del territorio de la comunidad autónoma de las Islas Baleares a efectos de ubicar las oficinas de farmacia, se publicó en el BOIB nº. 22, de 14 de febrero de 2015.
3. El artículo 20 de la Ley 7/1998 establece que la dirección general competente en materia de farmacia tiene que elaborar de oficio, y como máximo cada cuatro años, el catálogo farmacéutico, que debe incluir las oficinas de farmacia existentes y las que pueda haber dentro de cada zona farmacéutica o unidad territorial menor, siempre teniendo en cuenta las distancias mínimas entre oficinas de farmacia y los módulos generales o estacionales. En el catálogo se tienen que incluir también los botiquines farmacéuticos autorizados. De acuerdo con lo que dispone el artículo 20.9 de la Ley 7/1998, las nuevas oficinas de farmacia que se tienen que incluir en el catálogo tienen que tener delimitado el núcleo o lugar de ubicación, y tienen que respetar en cualquier caso las distancias mínimas que establece la Ley. Finalmente, la disposición transitoria primera de la Ley 1/2015, de 19 de febrero, por la cual se modifica la ordenación farmacéutica de las Islas Baleares, dispone que las oficinas de farmacia autorizadas y vacantes en la entrada en vigor de esta norma tienen que ser objeto de revisión, de conformidad con los nuevos criterios establecidos tanto en materia de módulos poblacionales como de distancias y determinación de la ubicación, de manera que el primer catálogo de oficinas de farmacia se tiene que elaborar con la revisión de las oficinas de farmacia mencionadas.
4. De acuerdo con lo que establece el artículo 20.11 de la Ley 7/1998, con el fin de aprobar el catálogo farmacéutico es necesario seguir el procedimiento que establece la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o el que reglamentariamente se establezca, en el cual se tienen que solicitar los datos y la información necesarios, y se tiene que dar audiencia necesariamente en el Colegio Oficial de Farmacéuticos de las Islas Baleares y en los municipios afectados por la creación o supresión de oficinas de farmacia en su término municipal por medio de las asociaciones que los representan y a los titulares de oficinas de farmacia situados en los mismos términos municipales.
5. El informe justificativo del director general de Gestión Económica y Farmacia de 20 de febrero de 2015 establece la necesidad y la conveniencia de iniciar el procedimiento y dictar una resolución mediante la cual se apruebe el catálogo farmacéutico de las Islas Baleares, de conformidad con el procedimiento que establece el artículo 20 de la Ley 7/1998, de 12 de noviembre, de acuerdo con la nueva redacción que recopilación la Ley 1/2015, de 19 de febrero.
6. El informe técnico del Servicio de Ordenación Farmacéutica de la Dirección General de Gestión Económica y Farmacia justifica los criterios utilizados a la hora de ubicar territorialmente las oficinas de farmacia y, de acuerdo con la planta farmacéutica de las Islas Baleares, aprobada por Resolución de 6 de febrero de 2015, se determina el municipio como entidad territorial menor sobre la cual se tienen que aplicar todos los cálculos que prevé el artículo 20 de la Ley de ordenación farmacéutica.
7. En fecha 12 de marzo de 2015 el director general de Gestión Económica y Farmacia dictó Resolución mediante la que se resolvía el inicio del procedimiento con el fin de aprobar el catálogo farmacéutico de las Islas Baleares, Resolución que se publicó en el BOIB nº. 37, de 17 de marzo de 2015. Esta Resolución se notificó al Colegio Oficial de Farmacéuticos de las Islas Baleares, a los municipios afectados por la creación o supresión de oficinas de farmacia en su término municipal por medio de las asociaciones que los representan y a los titulares de oficinas de farmacia situados en los mismos términos municipales, a fin de que presentaran alegaciones en el plazo máximo de quince días hábiles contados desde el día siguiente de la recepción de la notificación.
8. Se ha actualizado de oficio el anexo 1 de esta Resolución, con respecto a los titulares de las oficinas de farmacia autorizadas y abiertas al público, según las resoluciones de autorización de transmisiones y traslados de oficinas de farmacia que se han dictado desde la Resolución de inicio del catálogo farmacéutico (12 de marzo de 2015) hasta la fecha de aprobación de este catálogo (20 de mayo de 2015).
9. Las personas interesadas que han presentado alegaciones a la Resolución de inicio del catálogo farmacéutico de las Islas Baleares son las siguientes:
ENTIDAD |
POBLACIÓN/MUNICIPIO |
FECHA DE PRESENTACIÓN |
PASCUAL OLIVER MARQUÉS |
ALCÚDIA |
14/04/2015 |
CATALINA MESTRE MESTRE |
ALCÚDIA |
14/04/2015 |
MARIA ANTÒNIA GARCIAS RIBOT |
ALCÚDIA |
15/04/2015 |
MARGARITA ROSSELLÓ GOMILA |
CALVIÀ |
24/03/2015 |
LUCAS MARCH BALLE |
CIUDADELLA |
07/04/2015 |
JOSE CAVALLER CAVALLER DOLORES CASTANY NIUBÓ FARMACIA LÓPEZ-FONT CB MARTÍ FARMACIA CB JUANA MARTÍN SUREDA ANTONIO MOLL CARRETERO JOSE MARÍA OLEO FORCADES |
CIUDADELLA |
08/04/2015 |
IGNACIO DE LA CUEVA TORREGROSA |
EIVISSA |
13/04/2015 |
MONICA MARÍ TORRES |
EIVISSA |
14/04/2015 |
JUAN LUIS HERNÁNDEZ PONS SILVIA NAVARRO CARÍN |
ES CASTELL |
13/04/2015 |
MAGDALENA MIR LOCADA NATALIA REUS ROBLES |
ESPORLES |
09/04/2015 |
JOAN TORRES QUETGLAS |
FORMENTERA |
07/04/2015 |
ANUNCIACIÓN GUITART LORENTE |
FORMENTERA |
07/04/2015 |
MAITEDER DE EGUILEOR LASQUIBAR |
FORMENTERA |
07/04/2015 |
JOSÉ MAYANS RIBAS |
FORMENTERA |
09/04/2015 |
MARGARITA MARIA DEL MAR BALLESTER MORAGUES MARGARITA PERELLÓ OLIVER MARÍA MONSERRAT GISBERT BELLVÉ JUAN ANTONIO CRESPÍ TANCO BARTOLOMÉ CABRER REUS MIGUEL MARIANO PUJADAS BALAGUER MARÍA MAGDALENA CORTÉS RIBOT |
INCA |
24/04/2015 |
MONSERRAT PONS BOSCANA BALTASAR CARLOS PONS THOMÀS |
LLUCMAJOR |
31/03/2015 |
JUAN MIR SERRA MIQUEL CIRERA PUIG SEBASTIAN GAMUNDÍ FERRETJANS ISABEL GARCÍAS CLAR |
LLUCMAJOR |
09/04/2015 |
AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR |
LLUCMAJOR |
10/04/2015 |
FRANCISCA TORRENS PONS |
MANACOR |
14/04/2015 |
BIEL ADROVER MARGARITA PLANAS CATALINA MESTRE ANDREU LLULL AGUSTÍN PÉREZ MIQUEL RIERA MARIA JAUME SEBASTIANA SUREDA J. FRANCISCO LADARIA |
MANACOR |
14/04/2015 |
PEDRO VENTAYOL AGUILÓ |
PALMA |
10/04/2015 |
BARTOMEU SASTRE BARCELÓ |
PORRERES |
01/04/2015 |
IRENE RAMON CUESTA |
SANT ANTONI DE PORTMANY |
30/03/2015 |
ROSA MAYANS BUXEDA |
SANT ANTONI DE PORTMANY |
15/04/2015 |
MARTA PETIT ALFÓS |
SANT JOSEP DE SA TALAIA |
07/04/2015 |
FRANCISCO J. KONINCKX ÁLVAREZ |
SANT JOSEP DE SA TALAIA |
09/04/2015 10/04/2015 15/04/2015 |
M ANTÒNIA RODRÍGUEZ RIBAS MARGARITA TORRES PONS |
SANT JOSEP DE SA TALAIA |
14/04/2015 |
CARMEN GARCIA URRUCHI |
SANTA EULÀRIA DES RIU |
01/04/2015 |
SALVADOR ANTICH TORRES |
SANTA EULÀRIA DES RIU |
14/04/2015 |
CAROLINA RIPOLL GUASCH |
SANTA EULÀRIA DES RIU |
15/04/2015 |
AYUNTAMIENTO DE SANTANYÍ |
SANTANYÍ |
08/04/2015 |
COFIB |
14/04/2015 |
10. De acuerdo con lo que prevé el artículo 20.11 de la Ley 7/1998, en esta Resolución se contestan las alegaciones que han presentado las personas interesadas:
a) Alegaciones que se han presentado fuera de plazo:
— Alegaciones de Irene Ramón Costa
— Alegaciones de Rosa Mayans Buxeda.
— Alegaciones de Carolina Ripoll Guasch.
b) Escritos diversos que no se consideran alegaciones al contenido del catálogo farmacéutico:
— Escrito presentado por la señora Margarita Mª del M. Ballester Morales y otros farmacéuticos titulares del municipio de Inca: no presentan propiamente un escrito de alegaciones, ya que lo que solicitan es la suspensión de la tramitación del procedimiento para la aprobación del catálogo hasta que se resuelva la medida cautelar de suspensión de los efectos de la planta farmacéutica según el recurso contencioso administrativo interpuesto fecha 14 de abril de 2015.
No se admite la alegación dado que la elaboración del catálogo es un proceso diferente y separado del procedimiento de elaboración de la planta farmacéutica, que acabó mediante la Resolución de 6 de febrero de 2015. Por otra parte, y de acuerdo con lo que establece el artículo 134 de la Ley 29/1998, la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares suspenderá la tramitación de este procedimiento de manera inmediata si el Tribunal Contencioso Administrativo decide acordar esta medida provisional.
c) Alegaciones de carácter general: se agrupan en un único apartado las alegaciones de carácter general que han presentado las personas interesadas:
— Revisión del número de oficinas de farmacia que se ha previsto sacar a concurso después de la aprobación del catálogo dado que el COFIB considera que sacar el 80% es un número muy elevado de farmacias, cosa que puede perjudicar gravemente la atención farmacéutica en las Islas Baleares, y hacer inviables muchas oficinas de farmacia actualmente existentes. Propone que se revisen de manera exhaustiva el número de farmacias del catálogo, en particular las que se prevén teniendo en cuenta las plazas turísticas y las viviendas secundarias.
No se admite la alegación, dado que las oficinas de farmacia que tienen cabida en las Islas Baleares y que se recogen en el anexo 2 del catálogo son el resultado de unos cálculos que se han hecho de acuerdo con lo que establece la Ley 1/2015, y con unos datos certificados o publicados por los organismos competentes.
— Datos de viviendas secundarias del INE no actualizados, dado que corresponden al año 2011. Se propone utilizar datos y estadísticas del mismo año en qué se haya aprobado la planta farmacéutica (2014), con la finalidad de evitar cálculos de población erróneos que no reflejan los flujos migratorios y los cambios sociales de los últimos años y que han influido en el censo de población y en los datos de viviendas secundarios.
No se admite la alegación presentada, dado que los datos que se han utilizado para hacer los cálculos son los últimos disponibles, certificados o publicados por el INE o la consejería competente en materia de turismo, según el caso. Hay que aclarar que los datos correspondientes al módulo general de población son los datos que publica cada año el INE y, por lo tanto, corresponden a los datos del censo del año 2014. Con respecto al módulo estacional, los datos de las viviendas secundarias son los últimos disponibles, también publicados por el INE, y corresponden a los datos del año 2011. Los datos certificados por la Consejería de Turismo corresponden a los datos de las plazas de alojamiento turístico del año 2014.
Por lo tanto, en todos los casos se han utilizado los últimos datos certificados o publicados por los organismos competentes en cada caso.
— El COFIB, la señora Mónica Marí Torres y otros farmacéuticos proponen la ubicación de las nuevas oficinas de farmacia en las zonas o núcleos de población donde no hay ninguna oficina de farmacia, con el fin de garantizar la prestación farmacéutica a toda la población en general y, especialmente, para que la población de los núcleos aislados no se tenga que desplazar para disponer de atención farmacéutica.
En respuesta a esta alegación, se tiene que decir que todos los municipios de las Islas Baleares, salvo el municipio de Escorca —que a la fecha de elaboración del catálogo no dispone de oficina de farmacia abierta al público—, ya disponen como mínimo de una oficina de farmacia. En cuanto a la ubicación de las nuevas oficinas de farmacia, la unidad territorial que se ha utilizado para ubicar las nuevas posibles es el municipio, porque es la unidad territorial menor de la cual se dispone de todas de los datos correspondientes al módulo general (censo de población) y al módulo estacional (plazas de alojamientos turísticos y viviendas de segunda residencia), certificados por los organismos correspondientes. (Nota: los datos de viviendas de segunda residencia no están desagregados por núcleos poblacionales. Además, a veces los núcleos poblacionales que certifica el INE no se corresponden con los núcleos poblacionales que certifica la Consejería de Turismo). Por lo tanto, la delimitación del lugar concreto donde se tiene que ubicar la oficina de farmacia no se puede hacer por núcleo de población porque no se dispone de los datos desagregados y se tiene que hacer por municipio.
— El COFIB alega que se revise la distribución geográfica de las oficinas de farmacia de Eivissa y Formentera con el fin de disminuir el impacto negativo sobre las farmacias ya abiertas al público. Se han utilizado los mismos criterios para la ubicación de las farmacias de todas las Islas Baleares, y no se han tenido en cuenta las circunstancias especiales de orografía, distancias entre núcleos de población, distribución de la población y superficie del territorio de las Pitiüses. Tanto en Eivissa como en Formentera la población está muy diseminada y tienen divisiones territoriales diferentes, como las parroquias o divisiones más pequeñas, que pueden servir de base para la planificación farmacéutica.
En respuesta a esta alegación, los cálculos se han hecho de acuerdo con lo que establece la Ley 1/2015, que no recoge un tratamiento diferenciado para unas islas o para otras.
Por otra parte, en el catálogo se han utilizado las divisiones territoriales que se establecieron en la planta farmacéutica, aprobada mediante la Resolución del consejero de Salud de 6 de febrero de 2015, y en las certificaciones emitidas por los órganos competentes para certificar los datos poblacionales según la Ley de ordenación farmacéutica.
— El COFIB manifiesta que hay datos erróneos con respecto a la situación geográfica de algunas oficinas de farmacia y plazas turísticas de Eivissa, según las quejas de algunos farmacéuticos.
En respuesta a esta alegación, se ha revisado la ubicación de las oficinas de farmacia autorizadas ya abiertas al público. Con respecto a los posibles errores detectados en cuanto a los núcleos de población, se ha modificado el registro de la Dirección General de Gestión Económica y Farmacia en cuanto a los cambios detectados y, en caso de que haya sido necesario, se han vuelto a hacer los cálculos.
— El COFIB manifiesta que se han presentado quejas relativas a la falta de información a los ayuntamientos sobre la aprobación del catálogo de farmacias.
En respuesta a esta alegación, el artículo 20.11 de la Ley 1/2015 establece expresamente que la audiencia en los municipios afectados por la creación o supresión de oficinas de farmacia en su término municipal se tiene que hacer mediante las asociaciones que los representan. La Resolución de inicio del procedimiento para la aprobación del catálogo se publicó en el BOIB y se notificó en la Federación de Entidades Locales de las Islas Baleares (FELIB) que es la asociación que representa los ayuntamientos de las Islas Baleares, notificación en la cual se ha indicado expresamente que se difundiera a los ayuntamientos afectados.
— El señor Pascual Oliver Marqués alega que no coincide la distribución territorial censal y el estacional y, por lo tanto, es imposible saber las necesidades de cada núcleo con el fin de garantizar una distribución adecuada de las farmacias.
En respuesta a esta alegación, es cierto que a estas alturas no existe una delimitación territorial homogénea, por lo cual en el catálogo se han utilizado las divisiones territoriales que se establecieron en la planta farmacéutica, aprobada mediante la Resolución del consejero de Salud de 6 de febrero de 2015, y en las certificaciones emitidas por los órganos competentes para certificar los datos poblacionales según la Ley de ordenación farmacéutica.
Por lo tanto, y de acuerdo con este argumento que ya constaba en el informe técnico que forma parte del expediente administrativo de elaboración de este catálogo, se han ubicado las oficinas de farmacia en la unidad territorial denominada municipio, ya que únicamente se dispone de datos poblacionales homogéneos respecto de esta unidad territorial.
— La señora Magdalena Mir Losada y la señora Natalia Reus Robles manifiestan que a la hora de aplicar los cálculos que prevé la Ley no se tienen en cuenta la estacionalidad de las plazas turísticas y el nivel de empleo, que no excede de cuatro o cinco meses. Además, consideran que para una planificación sanitaria óptima las plazas turísticas se tendrían que ocupar todo el año, o como mínimo, durante toda la duración de la temporada.
Respecto de esta alegación, la Resolución de aprobación del catálogo se limita a ejecutar una ley que ya prevé en el artículo 20 la manera de calcular las plazas turísticas. Un cómputo diferente supondría contradecir lo que dispone una ley. Por otra parte, en la ponderación de las plazas turísticas se ha tenido en cuenta el 40%, que es el porcentaje que se corresponde con la media de empleo anual de toda la planta turística.
— El señor Francisco J. Koninckx Álvarez alega que se delimitan de manera incorrecta las zonas farmacéuticas o las unidades territoriales menores en el municipio de Sant Josep de Sa Talaia.
En respuesta a esta alegación, se tiene que decir que la división territorial y los datos poblacionales que se han utilizado para elaborar el catálogo se han basado únicamente y exclusivamente en los datos que han facilitado los organismos competentes de acuerdo con lo que dispone el artículo 20 de la Ley 7/1998, de 12 noviembre, es decir, el Instituto Nacional de Estadística (INE) y la consejería competente en materia de turismo.
La Resolución del catálogo se ha dictado en ejecución de lo que prevé la Ley en cuanto al cómputo de las plazas turísticas. Por lo tanto, una resolución no puede contradecir lo que prevé una ley con respecto al cómputo poblacional o no establecer requisitos adicionales de distancias en el caso concreto de farmacias ubicadas en zonas turísticas.
d) Alegaciones concretas que se han presentado y que afectan a la isla de Mallorca:
Alcúdia (señor Pascual Oliver Marqués, señora Catalina Mestre Mestre, señora Maria Antònia Garcias Ribot y señora Francisca Torrens Pons).
— El señor Pascual Oliver Marqués alega la ubicación incorrecta de diferentes oficinas de farmacia que se sitúan en el núcleo del Port d’Alcúdia y no en el núcleo de la Playa de Alcúdia.
En respuesta a esta alegación y una vez comprobada la delimitación de los núcleos Port d’Alcúdia y Playa de Alcúdia, de acuerdo con los datos que ha facilitado el Servicio de Información Territorial de las Islas Baleares, dependiente de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, se ha incorporado esta rectificación en el Registro de oficinas de farmacia autorizadas y abiertas al público de la Dirección General, de manera que se ha rectificado la situación de las oficinas de farmacia PM251, PM305, y PM421 en el núcleo de Playa de Alcúdia y, por lo tanto, se modifica el anexo 1 de la Resolución de aprobación del catálogo.
— El señor Pascual Oliver Marqués alega que hay 19.768 habitantes censados y constan abiertas un total de 10 farmacias en el municipio de Alcúdia, por lo cual las necesidades asistenciales en materia farmacéutica están totalmente cubiertas.
Con respecto a este punto y tal como consta en los cálculos del anexo 2 del catálogo —cálculos que se fundamentan en el artículo 20 de la Ley— tiene cabida una nueva oficina de farmacia en el municipio de Alcúdia, es decir, las necesidades farmacéuticas del municipio estarían cubiertas con un total de once oficinas de farmacia. Por lo tanto, esta oficina de farmacia se tiene que recoger expresamente en el catálogo como farmacia autorizada, con independencia que la Administración, en un procedimiento administrativo posterior independiente, pueda sacar a concurso esta oficina de farmacia, de acuerdo con los criterios y las condiciones que establece el artículo 21.5 de la Ley.
— El señor Pascual Oliver Marqués propone ubicar la oficina de farmacia en el núcleo de Alcúdia.
No se acepta esta alegación y se ubica la oficina de farmacia en el municipio de Alcúdia, de acuerdo con los argumentos que se han expuesto en el punto anterior.
— La señora Catalina Mestre Mestre y la señora Maria Antònia Garcias Ribot presentan un documento que identifican como un certificado emitido por el Ayuntamiento de Alcúdia en el cual se detallan los hoteles y, por lo tanto, las plazas turísticas de los distritos que conforman el municipio y que prueban que en el núcleo de Alcúdia únicamente hay 158 plazas turísticas.
En cuanto a esta alegación, el documento que justifica el contenido es una relación de hoteles con el escudo del Ayuntamiento de Alcúdia sin firma ni identificación de la persona que emite el certificado. Por lo tanto, no se puede considerar un documento válido a los efectos administrativos. A pesar de eso, y vista su petición, se envió este escrito en la consejería competente en la materia, que es la única competente para acreditar los datos turísticos según la normativa aplicable, que ha contestado en los mismos términos, es decir, no se trata de un certificado válido que permita modificar unos datos que emite de oficio la Consejería de Turismo, como consejería competente en la materia.
De acuerdo con los datos certificados por el órgano competente, es decir, la Consejería de Turismo, el núcleo de Alcúdia tiene un total de 1.770 plazas turísticas y no 158 como alegan las personas interesadas mediante un escrito sin validez administrativa.
— La señora Maria Antònia Garcias Ribot alega que la nueva oficina de farmacia se ubique en la población de Aucanada.
En respuesta a esta alegación, es imposible ubicar una farmacia en la población de Aucanada, dado que no se dispone de datos relativos a su población censal porque el INE no la tiene recogida como entidad territorial menor en el municipio, por lo cual y con un único dato poblacional disponible, como es el de 95 plazas turísticas —único dato certificado oficialmente del cual dispone esta Dirección General—, es inviable la apertura de una oficina de farmacia en esta población.
A la hora de ubicar una oficina de farmacia en un núcleo, sea costero o no, se tiene que tener en cuenta la suma de la población correspondiente al módulo general y estacional de este núcleo. Dado que no se dispone de estos datos por núcleo, sino sólo por municipio, se ubican las farmacias dentro del término municipal de Alcúdia.
Calvià (señora Margarita Rosselló Gomila)
— La señora Margarita Rosselló Gomila manifiesta que la oficina de farmacia autorizada y abierta al público de la cual es titular se tiene que ubicar en el núcleo de Galatzó y no en el núcleo de Santa Ponça.
Se acepta la alegación formulada, y de acuerdo con los datos que ha facilitado el Servicio de Información Territorial de las Islas Baleares, dependiente de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, se incorpora esta rectificación en el Registro de farmacias autorizadas y abiertas al público de esta Dirección General y, por lo tanto, se modifica el anexo 1 de la Resolución de aprobación del catálogo.
Esporles (señora Magdalena Mir Losada y señora Natalia Reus Robles)
— La señora Magdalena Mir Losada y la señora Natalia Reus Robles manifiestan que, de acuerdo con el artículo 20.9 de la Ley, la nueva oficina de farmacia se tiene que ubicar, y consideran que el lugar de emplazamiento de esta oficina es s’Esgleieta.
No se admite esta sugerencia, dado que la nueva oficina de farmacia se ubica dentro de la totalidad del municipio de Esporles.
Llucmajor (señor Monserrat Pons Boscana y señor Baltasar Carlos Pons Tomàs, el Ayuntamiento de Llucmajor y señor Juan Mir Serra y otros)
— De acuerdo con tres escritos de alegaciones presentados, el señor Monserrat Pons Boscana y el señor Baltasar Carlos Pons Tomàs, el Ayuntamiento de Llucmajor y el señor Juan Mir Serra y otros, solicitan que las dos oficinas de farmacia propuestas se ubiquen en los núcleos en los cuales se han incrementado las plazas turísticas, es decir, en su Torre, el Puig de’n Ros o s’Estanyol, y que en ningún caso se ubique la oficina de farmacia en el núcleo de Llucmajor.
Con respecto a este punto, no se admite la sugerencia formulada dado que la Dirección General, de acuerdo con los motivos expuestos anteriormente en relación con los datos poblacionales, ubica las dos oficinas de farmacia en el municipio de Llucmajor.
— Mediante un escrito, el señor Juan Mir Serra y otros alegan que se han imputado de manera incorrecta 3.235 plazas turísticas en el núcleo de Llucmajor.
En respuesta a esta alegación, la Dirección General de Gestión Económica y Farmacia ha aplicado lo que establece la Ley 1/2015 y ha utilizado los datos que le han suministrado el INE y la consejería competente en materia de turismo, consejería competente para certificar estas plazas de alojamientos turísticos.
Manacor (señora Sebastiana Sureda y otros)
— La señora Sebastiana Sureda y otros han alegado que la población del módulo general no se ha incrementado y sólo se ha incrementado el módulo estacional. Por lo tanto, el crecimiento de la población se ha concentrado en los núcleos costeros. Casi todos el núcleos de población de la zona farmacéutica de Manacor ya disponen de una oficina de farmacia, excepto el núcleo de Cala Murada (padrón de 483 habitantes y 1.003 plazas turísticas). Los núcleos costeros se encuentran a una distancia superior a 10 km del núcleo de Manacor y la red de transporte público es insuficiente, cosa que hace que estén deficientemente comunicados los núcleos costeros y Manacor. Proponen la ubicación de una farmacia en el núcleo de Cala Murada, y en el caso que se considere necesario uno segundo, que se ubique en los núcleos costeros.
En respuesta a esta alegación, resulta totalmente inviable situar una oficina de farmacia en el núcleo poblacional de Cala Murada porque la población es totalmente insuficiente y es imposible desagregar los datos poblacionales correspondientes a segundas residencias. Además, este núcleo poblacional está próximo a Cales de Mallorca y, por lo tanto, se tiene que considerar que su población es atendida por la oficina de farmacia situada en Cales de Mallorca. La instalación de una oficina de farmacia en Cala Murada perjudicaría seriamente la farmacia ya instalada en Cales de Mallorca, dado que eso puede provocar una disminución de la ratio de población que atiende esta farmacia.
Por lo tanto, las nuevas oficinas de farmacia se tienen que ubicar en el municipio de Manacor.
Palma (señor Pedro Ventayol Aguiló)
— La persona interesada solicita la modificación del catálogo farmacéutico con la inclusión de las cinco oficinas de farmacia que se autorizaron en Palma en aplicación de la Resolución de la Dirección General de Farmacia de 6 de febrero de 2009.
Con respecto a esta cuestión, la tramitación del procedimiento de elaboración del catálogo se hace de acuerdo con la nueva redacción de la Ley 7/1998, de 12 de noviembre, de ordenación farmacéutica de las Islas Baleares, de acuerdo con el Decreto ley 1/2014, de 14 de noviembre (convalidado y tramitado como Ley 1/2015, de 19 de febrero, por la cual se modifica la ordenación farmacéutica de las Islas Baleares).
La disposición transitoria primera dispone que las oficinas de farmacia autorizadas y vacantes antes de la entrada en vigor del Decreto ley tienen que ser objeto de revisión de acuerdo con los nuevos criterios que establece esta Ley, tanto en materia de módulos poblacionales como de distancias y determinación de la ubicación. En la Resolución que se dicte se tiene que hacer constar la inclusión o no en el catálogo de estas farmacias, en aplicación del régimen que prevé esta Ley, y la ubicación.
Por lo tanto, y de acuerdo con esta disposición transitoria, en el anexo 6 de la Resolución de inicio del catálogo farmacéutico de las Islas Baleares se hace constar la no inclusión de estas oficinas de farmacia en el catálogo y los motivos que la justifican. Tal como se explica en el anexo mencionado, teniendo en cuenta la revisión de las oficinas de farmacia autorizadas de acuerdo con la normativa vigente, actualmente el municipio de Palma tiene una población censada de 399.093 habitantes y un total de 149 oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio de habitantes censados por farmacia es de 2.678 (399.093/149), por lo cual no hay población censal suficiente en el municipio para abrir una farmacia adicional, dado que con carácter general el módulo de población es una oficina de farmacia para cada 2.800 habitantes.
Con objeto de concretar lo que se especificó en los anexos 5 y 6 de esta Resolución, tres de estas ocho oficinas de farmacia ubicadas en la zona farmacéutica de Palma, junto con una oficina de farmacia ubicada en la zona farmacéutica de Binissalem, que solicitó el Sr. Ventayol y que autorizó esta Dirección General, se han incluído en el concurso de oficinas de farmacia convocado por Resolución de fecha 22 de octubre de 2014 (BOIB núm. 146, de 23 de octubre de 2014). Con objecto de especificar todavía más estas oficinas de farmacia que se encuentran pendientes d’adjudicación, se incluye un nuevo anexo 8 en la resolución de aprobación del catálogo.
Porreres (señor Bartomeu Sastre Barceló y otros)
— El señor Bartomeu Sastre Barceló y otros alegan que los datos poblacionales de acuerdo con los cuales la Dirección General de Gestión Económica y Farmacia hace los cálculos no reflejan la población realmente existente de acuerdo con los datos demográficos, y que se tendría que utilizar un censo real.
En cuanto a esta alegación, para la elaboración de este catálogo se ha aplicado lo que establece la Ley 1/2015 y se han utilizado los datos suministrados por INE y la consejería competente en materia de turismo. Fundamentar los cálculos que prevé la Ley en un censo diferente al suministrado por el INE supondría contradecir lo que dispone la Ley.
El INE es el organismo que emite el certificado oficial de la población censada en los diferentes municipios. La Dirección General no puede entrar a valorar estas consideraciones, y se ha limitado a utilizar los datos oficiales para hacer los cálculos poblacionales, tal como establece la Ley.
Santanyí (Ayuntamiento de Santanyí)
— El Ayuntamiento de Santanyí alega que se ha hecho desaparecer del catálogo la farmacia de Cala Llombards y considera que es Llombards, junto con Cala Llombards, tiene población y entidad suficiente para mantener una farmacia.
En respuesta a esta alegación, la disposición transitoria primera de la Ley dispone que las oficinas de farmacia autorizadas y vacantes antes de la entrada en vigor del Decreto ley 1/2014 tienen que ser objeto de revisión de acuerdo con los nuevos criterios que establece esta Ley, tanto en materia de módulos poblacionales como de distancias y determinación de la ubicación. En la resolución que se dicte se tiene que hacer constar la inclusión o no en el catálogo.
De conformidad con esta disposición transitoria, y de acuerdo con los criterios que marca el artículo 20 de la Ley 7/1998 para calcular los módulos poblacionales, el municipio de Santanyí, al cual pertenece el núcleo de Lombardos y Cala Llombards, tiene una población censal de 11.636 habitantes y un total de 9 farmacias abiertas al público, por lo cual y con una ratio de 1.293 habitados por farmacia (< de 2.800 habitantes), no resulta viable la apertura de una nueva oficina de farmacia. Finalmente, hay que mencionar que se ha modificado la redacción del artículo 22 de la Ley 7/1998 (autorización de una oficina de farmacia en un núcleo aislado con población superior a 750 habitantes y distancia superior a 1.000 m), por lo cual la Ley actual no prevé este supuesto excepcional.
e) Alegaciones concretas que se han presentado y que afectan a la isla de Menorca:
Ciudadella (señor José Cavaller Cavaller y otros, y señor Lucas March Balle)
— Mediante escritos del señor José Cavaller Cavaller y otros y del señor Lucas March Balle, las personas interesadas manifiestan que hay un error en relación con el número de farmacias autorizadas y abiertas al público en el municipio de Ciutadella.
En contestación a esta alegación, efectivamente hay un error en la resolución de inicio del catálogo, dado que la farmacia PM 420 se ubica a la urbanización “Serpentona”, en Ciutadella, y no en Cala Galdana, Ferreries. Por lo tanto, el número de farmacias autorizadas y abiertas en el municipio de Ciutadella es de 13 y no 12 como se establecía en la Resolución inicial.
Se han vuelto a hacer los cálculos poblacionales con esta nueva ubicación de la farmacia de Ciutadella, y resulta que no tiene cabida una nueva oficina de farmacia en este municipio ni tampoco en el de Ferreries.
Es Castell (señor Juan Luis Hernández Pons y otros)
— El señor Juan Luis Hernández Pons y otros alegan que la farmacia adicional para ubicar en el municipio des Castell contradice el interés público general dado que se obtiene por resto según censo y, por lo tanto, no respeta la exposición de motivos de la Ley, que explicita de manera clara que la ordenación farmacéutica se regula con la finalidad de dar y prestar atención farmacéutica a la ciudadanía.
Las finalidades que prevé la exposición de motivos de la Ley se materializan y concretan en el articulado, y justamente es el artículo 20 el que establece la manera de computar los módulos poblacionales a efectos de calcular las oficinas de farmacia necesarias en una zona farmacéutica o una unidad territorial menor. La Resolución de inicio del catálogo respeta estrictamente el contenido de la Ley, que no prevé en el articulado que no se pueda autorizar una oficina de farmacia por resto de censo.
Las personas interesadas alegan que la misma Consejería reconoce en la Resolución de 15 de diciembre de 2005 que en el municipio des Castell hay áreas que tienen una atención farmacéutica suficiente.
Con respecto a este punto, esta Resolución se dictó hace prácticamente diez años y actualmente se ha dictado la Ley 1/2015, de 19 de febrero, que modifica la ordenación farmacéutica y que prevé la creación de un catálogo de acuerdo con unos criterios de computación de población nuevos.
— El señor Juan Luis Hernández Pons y otros alegan que el padrón de habitantes y los datos turísticos están adulterados. Por otra parte, hay un descenso de población en el municipio que se inició el año 2012 y que seguramente seguirá durante el ejercicio 2015.
Con respecto a esta cuestión, la Consejería de Salud fundamenta sus cálculos en datos poblacionales oficiales, como son los facilitados por el Instituto Nacional de Estadística y la consejería competente en materia de turismo. Los datos poblacionales que se utilizan en el catálogo son los vigentes en el momento de la elaboración sin ningún tipo de excepción.
— El señor Juan Luis Hernández Pons y otros manifiestan la singularidad de la población des Castell, que tiene dos núcleos principales (es Castell y Son Vilar) con una población de 5.263 y 756 habitantes y, por lo tanto, la atención farmacéutica garantizada. El resto de población está diseminada en núcleos que tienen una población insuficiente para ubicar una oficina de farmacia.
En contestación a esta alegación, además de los motivos expuestos anteriormente y la diseminación de la población des Castell, se ubica la oficina de farmacia en el municipio.
El señor Juan Luis Hernández Pons y otros alegan que la oficina de farmacia se ubique en el conjunto de núcleos formados por Son Mercadal de Dalt / Santa Anna / la Sínia de en Riera / la Cala de Sant Esteve, teniendo en cuenta que en su día la Consejería autorizó una oficina de farmacia en este conjunto de núcleos.
En respuesta a esta alegación, esta oficina de farmacia fue objeto de concurso mediante la Resolución de 21 de diciembre de 2005, oficina que se adjudicó mediante la Resolución de 26 de febrero de 2007, a la cual renunciaron sucesivamente todos los farmacéuticos adjudicatarios. Por lo tanto, visto el número de población de estos núcleos, la falta de datos poblacionales homogéneos y la experiencia de concursos anteriores, esta Dirección General considera que la oficina de farmacia se tiene que ubicar por municipio.
— El señor Juan Luis Hernández Pons y otros manifiestan que no están de acuerdo con la división territorial que se establece en el catálogo, dado que el artículo 18.1 de la Ley establece que la división será en zonas farmacéuticas y, si procede, en unidades territoriales menores.
En respuesta a esta alegación, el artículo 20.1 de la Ley dispone que en el catálogo se tienen que indicar las oficinas de farmacia existentes y las que tengan cabida dentro de cada zona farmacéutica o unidad territorial menor, por lo cual la Administración puede optar a la hora de elaborar el catálogo entre la zona farmacéutica o la unidad territorial menor. Por otra parte, tal como establece la Resolución de 6 de febrero de 2015 por la cual se aprueba la planta farmacéutica, las zonas farmacéuticas que se establecen en el anexo 1 de la Resolución se establecen únicamente a los efectos de organizar los servicios de urgencia de las oficinas de farmacia, determinar la ubicación de las farmacias a las cuales se vinculan los depósitos de medicamentos y concretar las farmacias a las cuales se tienen que adscribir los botiquines. El anexo 2 de la Resolución es el que define las entidades singulares de población (municipios y núcleos inferiores) a efectos de delimitar las oficinas de farmacia en el catálogo.
f) Alegaciones concretas que se han presentado y que afectan a la isla de Eivissa:
Sant Josep de sa Talaia (señor Francisco J. Koninckx Álvarez, señora Marta Petit Alfós, señora Antònia Rodríguez Ribas y señora Margarita Torres Pons)
— El señor Francisco J. Koninckx Álvarez alega que no se ha contabilizado en el catálogo la oficina de farmacia de Cala Tarida.
La oficina de farmacia de Cala Tarida fue adjudicada inicialmente mediante la Resolución de 27 de mayo de 2004. Posteriormente, se cerró en fecha 30 de noviembre de 2013, por lo cual se trata de una oficina de farmacia autorizada, adjudicada mediante concurso y posteriormente cerrada. Por lo tanto, no se tiene que incluir dentro de los anexos 5 y 6 de la Resolución. Esta farmacia corresponde a una de las seis oficinas de farmacia que constan en el anexo 2 de la Resolución, calculadas de conformidad con lo que prevé la Ley 7/1998, de 12 de noviembre.
— El señor Francisco J. Koninckx Álvarez, la señora Marta Petit Alfós, la señora Antònia Rodríguez Ribas y la señora Margarita Torres Pons manifiestan que las oficinas de farmacia PM357 y PM 412 (municipio de Sant Josep de sa Talaia) están ubicadas de manera incorrecta.
Se admite la alegación presentada, se ha rectificado el error de la situación de las dos oficinas de farmacia (PM357 y PM412) en el Registro de la Dirección General y se ha incorporado en el texto de la Resolución definitiva del catálogo la localización correcta de estas oficinas de farmacia. Se ha modificado la tabla correspondiente a las farmacias autorizadas y ya abiertas al público en el municipio de Sant Josep de sa Talaia, dado que la farmacia con código PM-357 está situada efectivamente en Sant Agustí des Vedrà y no en Sant Josep de sa Talaia.
— El señor Francisco J. Koninckx Álvarez, la señora Antònia Rodríguez Ribas y la señora Margarita Torres Pons manifiestan que los datos de turismo son incorrectos, de acuerdo con el certificado que emitió el Consejo Insular de Eivissa en fecha 31 de marzo de 2015, tanto con respecto al número total de plazas turísticas como su distribución territorial dentro del municipio de Sant Josep y el resto de municipios de la isla de Eivissa.
Con respecto a esta alegación, los datos turísticos que han fundamentado la Resolución son los que ha enviado la consejería competente en materia de turismo, organismo competente para certificar estos datos de acuerdo con lo que prevé el artículo 20 de la Ley 7/1998. La persona interesada ha adjuntado el certificado que emitió el Consejo Insular de Eivissa en el cual consta una diferencia de plazas turísticas en los municipios de Eivissa, Sant Antoni de Portmany, Sant Joan de Labritja y Santa Eulària d’es Riu. Por lo tanto, en fecha 22 de abril de 2015 se solicitó un informe a la consejería competente en materia de turismo sobre este dato con el fin que, si procedía, hacer las correcciones adecuados. El 5 de mayo de 2015, la Dirección General de Turismo, en respuesta a la solicitud de informe mencionado, manifestó que los datos de las empresas de alojamientos que constan en el certificado emitido por el Catálogo de Hostelería, de acuerdo con lo que solicitó la Dirección General de Gestión Económica y Farmacia en fecha 10 de febrero de 2015, son las que había registradas en el momento de emitirlo y hacen referencia a los establecimientos de alta de los grupos de hoteles, apartamentos y turismo rural, como se desprende del artículo 31.1 de la Ley 8/2012, de 19 de julio, de turismo de las Islas Baleares.
Por lo tanto, teniendo en cuenta lo que establece el artículo 20 de la Ley de ordenación farmacéutica, que dispone que las plazas turísticas se tienen que obtener de acuerdo con los datos certificadas por la consejería competente en materia de turismo, en relación con el artículo 27.2 de la Ley 8/2012, que establece que tiene que haber un Registro General de Empresas, Actividades y Establecimientos Turísticos de las Islas Baleares, cuya gestión corresponde a la consejería competente en materia de turismo de las Islas Baleares, no se puede admitir el certificado presentado, dado que no lo ha emitido el órgano competente que señala el artículo 20 de la Ley.
— La señora Marta Petit Alfós y otros alegan que el catálogo incumple los requisitos que establece el artículo 20.9 de la Ley 7/1998, según el cual las nuevas oficinas de farmacia que se incluyan en el catálogo tienen que tener delimitado el núcleo o lugar de ubicación, respetando cualquiera de las distancias mínimas que establece la ley.
Con respecto a este punto, no se admite la sugerencia presentada y se ubican las oficinas de farmacia que tienen cabida en el municipio de Sant Josep de sa Talaia teniendo en cuenta las explicaciones que constan en los apartados anteriores con respecto a los datos poblacionales.
— El señor Francisco J. Koninckx Álvarez manifiesta que una gran parte de los núcleos poblacionales del municipio de Sant Josep son principalmente turísticos, y de población diseminada y estacional. Por eso considera elevado el porcentaje del 40% a efectos de cómputo de este módulo poblacional estacional y la aplicación de la distancia mínima de 250 metros entre farmacias en núcleos eminentemente turísticos.
En respuesta a esta alegación, se tiene que decir que no se admite porque la Resolución se ha dictado en ejecución de lo que prevé la Ley 1/2015 en cuanto al cómputo de las plazas turísticas. Por lo tanto, una resolución no puede contradecir lo que prevé la Ley con respecto al cómputo poblacional, o no establecer requisitos adicionales de distancias en el caso concreto de farmacias ubicadas en zonas turísticas.
— La señora Marta Petit Alfós alega que el aeropuerto de Eivissa no se tendría que adscribir al municipio de Sant Jordi de ses Salines, vista la distancia respecto de este núcleo poblacional, que el servicio que ofrece se dirige únicamente a los viajeros y al personal del aeropuerto y que se ubica en el interior de la terminal aeroportuaria y, por lo tanto, presenta dificultades de acceso para los residentes del municipio.
No se admite esta alegación dado que la oficina de farmacia titularidad del señor Felipe Ramos Leal está ubicada en el aeropuerto de Eivissa, que se encuentra en el término municipal de Sant Jordi de ses Salines, por lo cual se tiene que incluir en este municipio y no en otro diferente. La Ley no establece una excepción en cuanto al cómputo del número de oficinas de farmacia, y entonces se tienen que considerar las oficinas de farmacia situadas en los diferentes aeropuertos y se tienen que adscribir a los municipios correspondientes.
— La señora Marta Petit Alfós alega que en los núcleos de población del municipio de Sant Josep de sa Talaia no se mencionan importantes núcleos residenciales y turísticos, como Cala Tarida, Cala Vedella, Sant Agustí des Vedrà, Cala de Bou o Es Port desTorrent.
En respuesta a esta alegación, se tiene que hacer la aclaración que en muchos supuestos no coinciden las unidades territoriales que utiliza el INE a efectos de cómputo de la población general y las que utiliza la Consejería de Turismo a efectos de cómputo de alojamientos turísticos, que tienen una desagregación territorial diferente. Por esta razón la distribución territorial que se ha utilizado para la elaboración de este catálogo es lo que establece la planta farmacéutica aprobada por la Resolución de 6 febrero de 2015 que, a la vez, se fundamenta en los datos certificados por el INE. Dentro de cada municipio hay una desagregación en entidades singulares de población (núcleo + diseminado). Las unidades que conforman el municipio de Sant Josep de Sa Talaia son es Cubells, Sant Agustí des Vedrà, Sant Francesc de s’Estany, Sant Jordi de ses Salines y Sant Josep de Sa Talaia. A la vez, Sant Agustí des Vedrà comprende los núcleos de Cala de Bou, Cala Tarida, Sant Agustí des Vedrà y un diseminado. Sant Josep de sa Talaia comprende los núcleos de Cala Vedella, Sant Josep de sa Talaia y un diseminado.
Eivissa (señora Mónica Marí Torres y señor Ignacio de La Cueva Torregrosa)—
— La señora Mónica Marí Torres manifiesta que los datos poblacionales no se corresponden con la realidad en cuanto al módulo general —censo inflado (a)— y al módulo estacional —empleo turístico real muy inferior y no ajustado al 40% que se aplica en los cálculos (b)—:
(a) Censo incrementado y no real como resultado de un empadronamiento por conveniencia de los residentes estacionales para aprovechar el descuento de residente que computan en el módulo general y, además, se tiene que considerar la población inmigrante que se había empadronado y ha vuelto a sus países de origen.
(b) se ha mantenido la aplicación del porcentaje del 40% sobre las plazas de alojamiento turístico, estacionalidad de la temporada turística (de abril a octubre) y pleno empleo sólo el mes de agosto.
Por lo tanto, de los cálculos con estos datos que no se ajustan a la realidad resulta que tienen cabida oficinas farmacia que no son necesarias y no se corresponden a la realidad demográfica de las Islas.
En respuesta a esta alegación, se tiene que decir que para la elaboración de este catálogo se ha aplicado lo que establece la Ley 1/2015 y se han utilizado los datos suministrados por el INE y la consejería competente en materia de turismo.
El INE es el organismo que emite el certificado oficial de la población censada en los diferentes municipios. La Dirección General no puede entrar a valorar estas consideraciones, y se ha limitado a utilizar los datos oficiales para hacer los cálculos poblacionales tal como establece la Ley.
Con respecto al módulo estacional, se aplica el porcentaje del 40% sobre las plazas de alojamiento turístico justamente porque se tiene en cuenta la estacionalidad de este tipo de población y porque así lo prevé la Ley.
— El señor Ignacio de La Cueva Torregrosa alega que la aprobación del catálogo farmacéutico supondría incrementar un 45,24% el número de oficinas de farmacia en la isla de Eivissa porque se tienen que sumar 19 nuevas oficinas de farmacia a las 42 ya abiertas al público, de manera que el incremento medio del número de oficinas de farmacia en las islas de Mallorca y Menorca es muy inferior (5%) y, por lo tanto, asumible, mientras que en la isla de Eivissa el incremento es muy superior e inalcanzable. Por otra parte, indica que las nuevas oficinas de farmacia que resultan en el municipio de Eivissa resultan del módulo de población estacional, de manera que si únicamente se tuvieran en cuenta el módulo de población general no tendria cabida ninguna oficina de farmacia adicional.
En respuesta a esta alegación, este número de farmacias es el resultado de los cálculos que prevé el artículo 20 de la Ley 7/1998, Ley que no establece un régimen diferenciado para cada isla. El módulo estacional siempre se ha tenido en cuenta a la hora de calcular la población necesaria para las oficinas de farmacia susceptibles de autorización. De hecho, la nueva Ley ha incrementado considerablemente el número de población estacional necesaria, que ha pasado de 2.800 a 3.500, se han eliminado las viviendas secundarias vacías y se ha reducido el número de habitantes por hogar.
— El señor Ignacio de La Cueva Torregrosa alega la necesidad de reservar un porcentaje de farmacias para poder solucionar las eventualidades que prevé el apartado 9 del artículo 10 de la Ley 1/2015.
Respecto de este punto, y tal como constan en los cálculos del anexo 2 del catálogo —cálculos que se fundamentan en el artículo 20 de la Ley—, tienen cabida 3 nuevas oficinas de farmacia en el municipio de Eivissa, es decir, las necesidades farmacéuticas del municipio resultarían cubiertas con un total de diecinueve oficinas de farmacia. Por lo tanto, estas oficinas de farmacia se tienen que recoger expresamente en el catálogo como farmacias autorizadas, con independencia que la Administración, en un procedimiento administrativo posterior independiente, las pueda sacar a concurso, de acuerdo con los criterios y las condiciones que establece el artículo 21.5 de la Ley 7/1998.
— El señor Ignacio de La Cueva Torregrosa propone que se ubiquen las nuevas oficinas de farmacia en diferentes distritos censales del municipio de Eivissa.
En respuesta a esta alegación, tanto la planta farmacéutica —aprobada mediante la Resolución del consejero de Salud de 6 de febrero de 2015— como los certificados que han emitido los órganos competentes para certificar los datos poblacionales según la Ley de ordenación farmacéutica no tienen en cuenta los distritos como entidad territorial menor sobre la cual hacer los cálculos poblacionales. Por lo tanto, no se puede admitir la alegación presentada.
Santa Eulària des Riu (señor Juan L. Castillo Muñoz, señora Gemma C. Rodríguez Cavaller y otras personas interesadas)
— El señor Juan L. Castillo Muñoz, la señora Gemma C. Rodríguez Cavaller y otras personas interesadas alegan que la Dirección General de Gestión Económica y Farmacia dispone de datos suficientes para ubicar las oficinas de farmacia en un nivel territorial inferior al municipio, por lo que consideran que lo más ajustado es que en municipios con núcleos de población diferenciados con entidad suficiente se fijen las farmacias para núcleos de población relevantes o al menos parroquias, con el fin de garantizar la atención farmacéutica y para obtener unos resultados más ajustados a la realidad de cada zona.
En respuesta a esta alegación, efectivamente esta Consejería ha obtenido todos los datos poblacionales de conformidad con lo que disponía el artículo 20 de la Ley, es decir, ha solicitado y ha obtenido los datos de los organismos competentes: el Instituto Nacional de Estadística (con respecto a los datos de población censada y los datos de viviendas de segunda residencia) y la consejería competente por razón de la materia (con respecto a los datos de plazas turísticas). A pesar de eso y una vez obtenidos los datos, se ha comprobado que los datos de viviendas de segunda residencia no están desagregados por núcleos poblacionales. Además, los núcleos poblacionales que certifica el INE no se corresponden con los núcleos poblacionales que certifica la Consejería de Turismo en algunos casos. Por lo tanto, la delimitación del lugar concreto donde ubicar la oficina de farmacia no se puede hacer por núcleo de población porque no se dispone de los datos desagregados y se tiene que hacer por municipio.
— El señor Juan L. Castillo Muñoz, la señora Gemma C. Rodríguez Cavaller, la señora Carmen Garcia Urruchi y otras personas interesadas manifiestan que se tiene que determinar la parroquia o la venta como unidad territorial menor en el caso del municipio de Santa Eulària.
En respuesta a esta alegación, tanto la planta farmacéutica, aprobada mediante la Resolución del consejero de Salud de 6 de febrero de 2015, como los certificados emitidos por los órganos competentes para certificar los datos poblacionales según la Ley de ordenación farmacéutica, no tienen en cuenta la parroquia como entidad territorial menor sobre la cual hacer los cálculos poblacionales. Por lo tanto, no se puede admitir la alegación presentada.
Por otra parte, los únicos datos que esta Dirección General puede considerar válidos a la hora de ubicar oficinas de farmacia, son las certificadas por el INE o la consejería competente en materia de turismo, por lo que no se pueden admitir ni tener en cuenta los dos documentos que han presentado las personas interesadas (certificado de población del Ayuntamiento y hoja Excel relativa a la distribución de plazas turísticas por núcleo elaborado por las personas que alegan).
— El señor Juan L. Castillo Muñoz, la señora Gemma C. Rodríguez Cavaller y otras personas interesadas proponen que las nuevas oficinas de farmacia se ubiquen de la manera siguiente: 2 oficinas de farmacia en el núcleo de Sant Carles de Peralta, 1 oficina de farmacia en el núcleo de Jesús, 1 oficina de farmacia en el núcleo de Santa Eulària des Riu y 1 oficina de farmacia ubicada libremente en el municipio de Santa Eulària.
No se admite la alegación presentada y se ubican las oficinas de farmacia en el municipio de Santa Eulària por los motivos expuestos antes.
De oficio, esta Dirección General ha detectado un error material en la ubicación de la oficina de farmacia PM370, oficina de farmacia que según la Resolución de inicio del catálogo se ubicaba en el núcleo de Santa Eulària des Riu y concretamente la ubicación real está en la población desde Canar, que se adscribe al núcleo poblacional de Sant Carles de Peralta.
g) Alegaciones concretas que se han presentado y que afectan a la isla de Formentera (señora Maiteder de Eguileor Lasquibar, señora Anunciata Guitart Lorente de No, señor Joan Torres Quetglas y señor José Mayans Ribas).
— La señora Maiteder de Eguileor Lasquibar, la señora Anunciata Guitart Lorente de No, el señor Joan Torres Quetglas y el señor José Mayans Ribas manifiestan que la Dirección General no ha considerado en la planificación farmacéutica la estacionalidad del empleo de las plazas de alojamiento turístico de la isla de Formentera, de acuerdo con lo que establece la Ley 1/2015. Eso hace que la población estacional se reduzca durante 7 o 8 meses el año y, por lo tanto, las oficinas de farmacia se ven afectadas por esta estacionalidad turística que puede incidir en una falta de viabilidad económica. Además, alegan que son índices de empleo conocidos y publicados habitualmente por la misma Consejería de Turismo que tendrían que ser considerados en la planificación sanitaria, tanto asistencial como farmacéutica, de la isla de Formentera.
No se admite esta alegación dado que la estacionalidad a la cual hacen referencia ya se tiene en cuenta en los cálculos que prevé la Ley, con una proporción del 40% sobre las plazas de alojamiento turístico, ya que eso supone el grado medio de ocupación de todas las plazas turísticas a lo largo del año. Por otra parte, también se tiene en cuenta una proporción del 30% sobre las viviendas secundarias, excepto las viviendas vacías, y una ocupación del 2,58.
— Los farmacéuticos titulares mencionados en el punto anterior indican que gran parte de la población censada en la isla de Formentera se ha empadronado para aprovechar el descuento de residente y sólo residen en él durante sus vacaciones o breves periodos de tiempo.
En respuesta a esta alegación, se tiene que decir que los datos que se han utilizado son los que suministran los organismos competentes: el INE y la consejería en materia de turismo. La Dirección General no puede entrar a valorar estas consideraciones, y se ha limitado a utilizar los datos oficiales para hacer los cálculos poblacionales, tal como establece la Ley.
— Los farmacéuticos alegan que los datos de segundas residencias, excluyendo las vacías, corresponden a los datos suministrados por el INE el año 2011; por lo tanto, son datos de hace cuatro años y no se ha considerado la influencia de la importante y grave crisis económica sobre el sector de la vivienda, que ha hecho que muchas viviendas se hayan mantenido cerradas y no habitadas porque han pasado a ser de titularidad de entidades bancarias. Además, corresponde a la Dirección General incorporar los datos actuales para fundamentar el catálogo de farmacias y que se corresponda con la realidad de Formentera. Se ha solicitado al Consejo Insular de Formentera que acredite la realidad de la población real censada, así como los datos de viviendas secundarias (adjuntan copia de la solicitud al escrito de alegaciones).
En este sentido se tiene que decir que para la elaboración del catálogo de farmacias se han utilizado los últimos datos que ha publicado el INE, de acuerdo con lo que establece el artículo 19 de la Ley 7/1998, de 12 de noviembre, de ordenación farmacéutica de las Islas Baleares, modificada por la Ley 1/2015. Por lo tanto, son los datos más actualizados de los cuales dispone esta Dirección General, datos que certifica el INE, como organismo competente para certificarlas, de acuerdo con lo que prevé la Ley de ordenación farmacéutica.
— Los farmacéuticos titulares manifiestan que, de acuerdo con la Ley 7/1998, las nuevas oficinas de farmacia que se tienen que incluir en el catálogo tienen que tener delimitado el núcleo o lugar de ubicación, respetando las distancias mínimas que establece la Ley, y el punto g de las observaciones del municipio de Formentera dice lo contrario de lo que establece la Ley respecto a que todos los núcleos de cierta relevancia (más de 1.000 habitantes) ya disponen de una oficina de farmacia, por lo que la farmacia resultante se puede ubicar en cualquiera de los núcleos de población, lo que deja abierta la ubicación de la nueva oficina de farmacia y, por lo tanto, contraviene el texto legal.
Estos titulares indican que en la isla de Formentera hay núcleos de población de más de 1.000 habitantes que no disponen de oficina de farmacia según los datos del INE, por ejemplo, Cap de Barbaria con 1.670 habitantes, donde se pueden añadir los 271 habitantes de Cala Saona. Por otra parte, proponen que se podría instalar la oficina de farmacia en el núcleo de la Savina que tiene una población importante. Por lo tanto, manifiestan que la nueva oficina de farmacia se tiene que ubicar de manera concreta en uno de estos núcleos de población que no disponen de farmacia actualmente y que quede establecido así en la Resolución de aprobación del catálogo de farmacias.
En respuesta a esta alegación se tiene que considerar que la isla de Formentera configura un solo municipio y que, salvo los núcleos de población de Sant Francesc y de Sant Ferran, los otros tienen un módulo de población general no muy elevado y con una población diseminada importante, y por lo tanto, una gran dispersión poblacional. Con respecto a los núcleos de población que proponen las personas alegantes para la ubicación de la nueva oficina de farmacia de Formentera, se tiene que decir que el núcleo de población de Cap de Barbaria en realidad no es tal núcleo porque está formado por una población totalmente diseminada.
Por lo tanto, se tiene que mantener la ubicación por municipio de la nueva oficina de farmacia.
— Los farmacéuticos titulares alegan el hecho de la doble insularidad de la isla de Formentera.
En respuesta a esta alegación, y una vez revisada la normativa de aplicación, no consta la doble insularidad como criterio para tener en cuenta a la hora de ubicar oficinas de farmacia.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 30.48 del Estatuto de autonomía de las Islas Baleares, reformado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, que atribuye la competencia en materia de ordenación farmacéutica, en el marco de lo que dispone el artículo 149.16.1 de la Constitución, a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
2. El Decreto 5/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Islas Baleares, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, crea la Consejería de Salud. De acuerdo con el Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, la Consejería de Salud, a través de la Dirección General de Gestión Económica y Farmacia, tiene atribuidas, entre otros, las competencias en materia de ordenación farmacéutica.
3. La disposición transitoria primera de la Ley 1/2015, de 19 de febrero, por la cual se modifica la ordenación farmacéutica de las Islas Baleares, dispone que las oficinas de farmacia autorizadas y vacantes a la entrada en vigor de esta norma tienen que ser objeto de revisión, de conformidad con los nuevos criterios establecidos tanto en materia de módulos poblacionales como de distancias y determinación de la ubicación, de manera que el primer catálogo de oficinas de farmacia se tiene que elaborar con la revisión de las oficinas de farmacia mencionadas.
4. El artículo 20.11 de la Ley 7/1998, que establece que con el fin de aprobar el catálogo farmacéutico es necesario seguir el procedimiento que establece la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o el que reglamentariamente se establezca, en el cual se tienen que solicitar los datos y la información necesarios, y se tiene que dar audiencia necesariamente al Colegio Oficial de Farmacéuticos de las Islas Baleares y a los municipios afectados por la creación o supresión de oficinas de farmacia en su término municipal por medio de las asociaciones que los representan y a los titulares de oficinas de farmacia situados en los mismos términos municipales. Las alegaciones que se presenten en el procedimiento se tienen que valorar en la Resolución que ponga fin a lo mismo, que se tiene que publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
5. De acuerdo con el artículo 20.1 de la Ley 7/1998, corresponde a la dirección general competente en materia de farmacia la elaboración del catálogo farmacéutico.
6. El artículo 3 del Decreto 30/2015, de 8 de mayo, por el cual se regulan los procedimientos para la autorización y la apertura de nuevas oficinas de farmacia, con respecto al procedimiento de elaboración del catálogo de oficinas de farmacia.
7. El Decreto 88/2012, de 16 de noviembre, por el cual se nombra el director general de Gestión Económica y Farmacia de la Consejería de Salud, Familia y Benestar Social.
Por todo eso, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar el catálogo farmacéutico de las Islas Baleares, de acuerdo con los anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6 , 7 y 8 de esta Resolución.
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución —que no agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Salud, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el que prevén el artículo 114.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Palma, a 20 de mayo de 2015
El director general
César Vicente Sánchez
ANEXO 1
Oficinas de farmacia autorizadas abiertas al público
Mallorca
1. Municipio de Alaró
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM107 |
Real Ramis, Antonio |
Alaró |
Alaró |
2. Municipio de Alcúdia
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM153 |
Garcías Ribot, María Antonia |
Alcúdia |
Alcúdia |
PM345 |
Mestre Mestre, Catalina |
Alcúdia |
Alcúdia |
PM469 |
Llabrés Comamala, Elena |
Alcúdia |
Mal Pas-Bonaire |
PM219 |
Oliver Marqués, Pascual |
Alcúdia |
Port d’Alcúdia |
PM251 |
Gelabert Comas, Maria |
Alcúdia |
Platja d’Alcúdia |
PM305 |
Vizoso Laporte, Maria Purificación |
Alcúdia |
Platja d’Alcúdia |
PM421 |
Torrens Pons, Francisca |
Alcúdia |
Platja d’Alcúdia |
PM452 |
Pont Galmés, Maria Magdalena |
Alcúdia |
Port d’Alcúdia |
PM471 |
Ribot Rodríguez, Fernando |
Alcúdia |
Port d’Alcúdia |
PM486 |
Caballero Moreno, Irene |
Alcúdia |
Port d’Alcúdia |
3. Municipio de Algaida
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM149 |
Martorell Ysasi, Pedro Ramon Martorell Ysasi, Elisa Mercedes |
Algaida |
Algaida |
PM485 |
Rey de la Barrera, María Adelaida |
Algaida |
Pina |
4. Municipio de Andratx
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM118 |
Bennásar Llabrés, Antonio Miguel |
Andratx |
Andratx |
PM145 |
Alemany Mandilego, Gaspar |
Andratx |
Andratx |
PM439 |
Nogal Pascual, Adriana |
Andratx |
Arracó, s’ |
PM411 |
Arsuaga Martínez, Maria Belén |
Andratx |
Camp de Mar |
PM307 |
González Barbosa, Pedro José |
Andratx |
Port d'Andratx |
PM423 |
Ginard Salvá, Margarita |
Andratx |
Sant Elm |
5. Municipio de Ariany
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM327 |
Ballester i Cladera, Antoni |
Ariany |
Ariany |
6. Municipio de Artà
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM136 |
Garcías Ladaria, Pedro Ladaria Lliteras, M. Juana |
Artà |
Artà |
PM137 |
Salom Barceló, Aina |
Artà |
Artà |
PM482 |
Palmer Llaneras, Joan Lluís |
Artà |
Artà |
PM407 |
Pérez Pascual, María Francisca |
Artà |
Colònia de Sant Pere |
7. Municipio de Banyalbufar
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM303 |
Belenguer Márquez, Javier |
Banyalbufar |
Banyalbufar |
8. Municipio de Binissalem
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM162 |
Pascual Amorós, Antonia María |
Binissalem |
Binissalem |
PM340 |
Alonso García, Ana María |
Binissalem |
Binissalem |
9. Municipio de Búger
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM275 |
Ladaria Ferrer, María Isabel |
Búger |
Búger |
10. Municipio de Bunyola
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM134 |
Miralles Miralles, Juan Coll Pastor, Ramon |
Bunyola |
Bunyola |
PM332 |
Juan Cerdà, Antonia |
Bunyola |
Palmanyola |
11. Municipio de Calvià
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM139 |
Jaume Cerdá, María Concepción |
Calvià |
Calvià |
PM260 |
Ballester Cladera, Miguel |
Calvià |
Calvià |
PM460 |
Miquel Ferrer, Antonio |
Calvià |
Calvià |
PM427 |
Pérez Valera, Lourdes |
Calvià |
Capdellà, es |
PM297 |
Nadal Reus, Maria Magdalena |
Calvià |
Cas Català-Illetes |
PM376 |
Roca Tellería, Ana María |
Calvià |
Cas Català-Illetes |
PM231 |
Álvaro Garcés, Helena |
Calvià |
Magaluf |
PM240 |
Milián Fuster, Juan Antonio Fuster Tarongí, Mercedes |
Calvià |
Magaluf |
PM261 |
Terrassa Cáffaro, Francisca |
Calvià |
Magaluf |
PM379 |
Truyols Enríquez, Maria Magdalena Enríquez Broncano, Inés |
Calvià |
Magaluf |
PM206 |
Bisquerra Miralles, Juan Bisquerra Oliver, Juan |
Calvià |
Palmanova |
PM272 |
Perelló Rosselló, Lorenzo |
Calvià |
Palmanova |
PM273 |
Perelló Caubet, Lorenzo Perelló Caubet, José María |
Calvià |
Palmanova |
PM259 |
Bonet Ordinas, Margarita |
Calvià |
Peguera |
PM284 |
Riera Del Ojo, Sebastián Fernando |
Calvià |
Peguera |
PM319 |
Oliver Codina, Catalina |
Calvià |
Peguera |
PM361 |
Doce Marcos, Patricia |
Calvià |
Peguera |
PM228 |
Vilanova Muret, Juan José |
Calvià |
Portals Nous |
PM339 |
Serra Jaume, Maria Magdalena |
Calvià |
Portals Nous |
PM229 |
Frau Moreno, María Eugenia |
Calvià |
Santa Ponça |
PM287 |
Perelló Servera, Lorenzo |
Calvià |
Santa Ponça |
PM318 |
Coll Puig, Amador Antich Siquier, Salvador |
Calvià |
Santa Ponça |
PM381 |
Ramis a Feliu, Rosa María |
Calvià |
Santa Ponça |
PM392 |
Salvà Aulet, Antònia |
Calvià |
Santa Ponça |
PM410 |
Carretero De Oleza, María |
Calvià |
Santa Ponça |
PM438 |
Rosselló Gomila, Margarita |
Calvià |
Galatzó |
PM461 |
García Romo, Carmen Cimadevilla Miguel, David |
Calvià |
Santa Ponça |
PM347 |
Uguet Carrasquer, María Asunción |
Calvià |
Son Ferrer |
PM454 |
Tarancón Torres, María Luisa |
Calvià |
Son Ferrer |
PM375 |
Ubach Turull, Marta |
Calvià |
Toro, el |
12. Municipio de Campanet
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM201 |
Febrer Bauzá, Maria Antonia |
Campanet |
Campanet |
13. Municipio de Campos
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM099 |
Adrover Mas, Francisca |
Campos |
Campos |
PM106 |
Vidal Verger, Maria Obrador Vidal, Salvador Miguel |
Campos |
Campos |
PM125 |
Barcelo Hernandez, Antonia Ferretjans Taberner, Catalina |
Campos |
Campos |
PM371 |
Enseñat Antoli, Mercedes |
Campos |
Ràpita, sa |
14. Municipio de Capdepera
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM474 |
García Bartolomé, María Sonia |
Capdepera |
Cala Lliteres |
PM204 |
Antich Rojas Carlos |
Capdepera |
Cala Rajada |
PM400 |
Sirer Carrió, Antònia Sancho Sirer, Antòna Maria |
Capdepera |
Cala Rajada |
M478 |
Partera Fuentes, Concepción |
Capdepera |
Cala Rajada |
PM395 |
Antich Arqué, Cristina |
Capdepera |
Canyamel |
PM154 |
Aguiló Bernabeu, Pilar Sancho López de Soria, Irma |
Capdepera |
Capdepera |
15. Municipio de Consell
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM132 |
Torelló Pujadas, Antonio Luis |
Consell |
Consell |
16. Municipio de Costitx
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM291 |
Garí Comas, Miguel |
Costitx |
Costitx |
17. Municipio de Deià
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM283 |
Paredes Manzanares, Carlos Javier |
Deià |
Deià |
18. Municipio de Esporles
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM168 |
Reus Robles, Natalia Mir Losada, Magdalena |
Esporles |
Esporles |
19. Municipio de Estellencs
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM389 |
Carbonell Cifre, María Magdalena |
Estellencs |
Estellencs |
20. Municipio de Felanitx
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM425 |
Bestard Nicolau, Margalida M. |
Felanitx |
Cas Concos des Cavallers |
PM104 |
Miquel Nadal, Bartomeu |
Felanitx |
Felanitx |
PM152 |
Xamena Nadal, Maria Roig Xamena, Maria Antonia |
Felanitx |
Felanitx |
PM161 |
Artigues Gayá, Maria Concepcion Melis Nebot, Andrés |
Felanitx |
Felanitx |
PM308 |
Ticoulat Mestre, Catalina |
Felanitx |
Felanitx |
PM309 |
Rotger Frau, Jaime |
Felanitx |
Felanitx |
PM344 |
Trueba Fernández, Amparo |
Felanitx |
Felanitx |
PM384 |
Gayá Cantallops, Maria Magdalena |
Felanitx |
Horta, s’ |
PM237 |
Fuster Arnau, María Dolores |
Felanitx |
Portocolom |
21. Municipio de Fornalutx
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM329 |
Balaguer Busquets, María Ángeles |
Fornalutx |
Fornalutx |
22. Municipio de Inca
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM103 |
Armengol Coll, Jaume |
Inca |
Inca |
PM108 |
Cabrer Reus, Bartolomé |
Inca |
Inca |
PM174 |
Perelló Oliver, Margarita |
Inca |
Inca |
PM175 |
Pujadas Balaguer, Miquel Mariano |
Inca |
Inca |
PM192 |
Ballester Moragues, Margalida |
Inca |
Inca |
PM233 |
Cortés Ribot, Maria Magdalena |
Inca |
Inca |
PM314 |
Dupuy Llinas, Mateo Gisbert Bellvé, Montserrat |
Inca |
Inca |
PM322 |
Crespí Tanco, Juan Antonio |
Inca |
Inca |
23. Municipio de Lloret de Vistalegre
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM279 |
Gili Munar, Margalida |
Lloret de Vistalegre |
Lloret de Vistalegre |
24. Municipio de Lloseta
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM177 |
Real Ramis, Bernardo |
Lloseta |
Lloseta |
PM323 |
Bennasar Bibiloni, Catalina |
Lloseta |
Lloseta |
25. Municipio de Llubí
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM101 |
Oliver Quetglas, Juan |
Llubí |
Llubí |
26. Municipio de Llucmajor
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM232 |
Ribot Sbert, Sebastián |
Llucmajor |
Arenal, s’ |
PM286 |
Jaquotot Villalonga, m. C. Orell Jaquotot, Jerónimo |
Llucmajor |
Arenal, s’ |
PM290 |
Rodríguez Soriano, Carmen |
Llucmajor |
Arenal, s’ |
PM352 |
Calm Blancafort, Isabel |
Llucmajor |
Arenal, s’ |
PM472 |
Sitjar Garí, Agustina |
Llucmajor |
Arenal, s’ |
PM358 |
González Gutiérrez-Solana, Susana |
Llucmajor |
Badia Gran |
PM133 |
Gamundí Ferretjans, Sebastià |
Llucmajor |
Llucmajor |
PM158 |
Mir Serra, Juan Garcías Clar, Isabel |
Llucmajor |
Llucmajor |
PM165 |
Pons Boscana, Monserrate Pons Thomas, Baltasar Carlos |
Llucmajor |
Llucmajor |
PM173 |
Cirera Puig, Miquel |
Llucmajor |
Llucmajor |
PM484 |
Artacho Merlo, Estila |
Llucmajor |
Palmeres, les |
PM398 |
Breva Sos, Fabiola |
Llucmajor |
Puig de Ros |
27. Municipio de Manacor
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM378 |
Carrió Garau, Catalina Asunción |
Manacor |
Cala Anguila-Cala Mendia |
PM234 |
Hernández Alcover, Pilar Tous Medina, Marta |
Manacor |
Cales de Mallorca |
PM127 |
Adrover Oliver, Gabriel |
Manacor |
Manacor |
PM131 |
Ladaria Sureda, José Francisco |
Manacor |
Manacor |
PM140 |
Jaume Riera, Maria |
Manacor |
Manacor |
PM169 |
Pérez Pascual, Agustín |
Manacor |
Manacor |
PM191 |
Riera Garau Miquel |
Manacor |
Manacor |
PM215 |
Pedrals Pérez, Jordi Sureda Gomila, Sebastiana |
Manacor |
Manacor |
PM243 |
Llull Cabrer, Andreu |
Manacor |
Manacor |
PM253 |
Mestre Manzanares, Catalina |
Manacor |
Manacor |
PM301 |
Planas Llull, Margarita |
Manacor |
Manacor |
PM117 |
Gomila Martí, Carme |
Manacor |
Porto Cristo |
PM475 |
Ladaria Lliteras, Luis |
Manacor |
Porto Cristo |
PM366 |
Rotger Bibiloni, Juan |
Manacor |
S’Illot-cala Morlanda |
PM416 |
Mestre Barceló, Maria Magdalena |
Manacor |
Son Macià |
28. Municipio de Mancor de la Vall
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM282 |
Frau Bauzá, Margarita |
Mancor de la Vall |
Mancor de la Vall |
29. Municipio de Maria de la Salut
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM126 |
Ferragut Santandreu, Catalina |
Maria de la Salut |
Maria de la Salut |
30. Municipio de Marratxí
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM193 |
Timonel Salva, Marta De Juan Marqués, Inmaculada |
Marratxí |
Cabaneta, sa |
PM383 |
Gómez Solivellas, Belén |
Marratxí |
Marratxí |
PM312 |
Oliver Ferrer, María Antonia |
Marratxí |
Pla de Na Tesa |
PM184 |
Salva Tomas, Margarita Rossello Picornell, Antonio |
Marratxí |
Pont d’ Inca |
PM346 |
Picornell Salva, Guillermo Ciurana Moncusi, Maria Rosa Picornell Ciurana, Maria Rosa |
Marratxí |
Pont d’ Inca |
PM417 |
Bauzá Díaz, José Ramón |
Marratxí |
Pont d’ Inca |
PM418 |
Bosch Tugores, Catalina |
Marratxí |
Pont d’ Inca |
PM386 |
Tomás March, Vicente |
Marratxí |
Pòrtol |
31. Municipio de Montuïri
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM199 |
Servera Garau, Pablo Servera Sitjar, Juana M. |
Montuïri |
Montuïri |
32. Municipio de Muro
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM181 |
Sabater Molinas, Maria Antònia |
Muro |
Muro |
PM182 |
Sabater Gost, Rafael Sabater Riera, Rafael |
Muro |
Muro |
PM337 |
Tubert Mascarell, Monserrat Torres Mulet, Juan |
Muro |
Platja de Muro |
PM476 |
Gamundí Cloquell, Maria Antònia |
Muro |
Platja de Muro |
33. Municipio de Palma
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
---|---|---|---|
PM043 |
Saenz De Navarrete Munar, Ángel |
Palma |
Can Pastilla |
PM245 |
Oliver Oliver, Bartolomé |
Palma |
Can Pastilla |
PM274 |
Arroyo Bennassar, Eva I. Fluxá Cañellas, Pilar |
Palma |
Can Pastilla |
PM285 |
Llinás Riera, Juan |
Palma |
Can Pastilla |
PM048 |
Llorens Bobadilla, Antoni Llorens García, Leonardo |
Palma |
Coll de’n Rabassa |
PM052 |
Marimón Simó, Juan |
Palma |
Coll de’n Rabassa |
PM321 |
Real Vicens, Gaspar Jaime |
Palma |
Coll de’n Rabassa |
PM293 |
Ballester Antich, Gabriel Víctor |
Palma |
Establiments |
PM004 |
Alemany Balle, Juan |
Palma |
Gènova |
PM256 |
Torres Rosselló, Guillermo |
Palma |
Indioteria, s’ |
PM001 |
Gallardo Piña, Nieves |
Palma |
Palma |
PM002 |
Aguiló Juanola, Miguel Carlos |
Palma |
Palma |
PM003 |
Salom Soler, Aina Maria |
Palma |
Palma |
PM005 |
Alemany Mir, Eugenia |
Palma |
Palma |
PM006 |
Sagristà Ramis, Leopoldo |
Palma |
Palma |
PM007 |
Presedo Rey, María Rosa Le Senne Presedo, María |
Palma |
Palma |
PM008 |
Aguiló Soler, Carmen |
Palma |
Palma |
PM009 |
Balaguer Siquier, José |
Palma |
Palma |
PM010 |
Gómez García, José Miguel |
Palma |
Palma |
PM011 |
Sagristà Buades, Francisco de Asís |
Palma |
Palma |
PM012 |
Bernat Girard, Marcos |
Palma |
Palma |
PM013 |
Folch Tubau, Judit |
Palma |
Palma |
PM015 |
Bordoy Mestre, Maria Isabel |
Palma |
Palma |
PM016 |
Buñola Cerdà, Miguel |
Palma |
Palma |
PM017 |
Calafell Clar, Rafael |
Palma |
Palma |
PM019 |
Munar Masot, Antoni |
Palma |
Palma |
PM020 |
Rubí Cano, Elisa María Cano Oleo, María Serafina |
Palma |
Palma |
PM021 |
Alomar Casasayas, Eusebio Miguel |
Palma |
Palma |
PM022 |
Carrió Garau, María Victoria Gómez Carrió, Carmen |
Palma |
Palma |
PM023 |
Buades Mateu, Margarita Ainoa |
Palma |
Palma |
PM024 |
Vicens Caldentey, Joan Caldentey Roca, Maria |
Palma |
Palma |
PM025 |
Miquel Obrador, Antoni |
Palma |
Palma |
PM026 |
Guijarro Bagur, Ángel |
Palma |
Palma |
PM027 |
Piña Fuster, Carmen Piña Fuster, María Victoria Fuster Perelló, Catalina Mercedes |
Palma |
Palma |
PM029 |
Esteva Esteva, Joan |
Palma |
Palma |
PM030 |
Gamundí Saletas, Gabriel Morell Moragues, Pedro |
Palma |
Palma |
PM031 |
Parera Femenias, Juan Parera Munar Jaume |
Palma |
Palma |
PM032 |
Garcías Miquel, María Antonia |
Palma |
Palma |
PM033 |
Fornés Forteza, Pedro José |
Palma |
Palma |
PM034 |
Oliver Tauler, Maria del Pilar |
Palma |
Palma |
PM035 |
Riutort Huguet, Andrés M. Riutort Granda, Andrés |
Palma |
Palma |
PM036 |
Frau Tugores, Juan Frau Bonafé, Clara |
Palma |
Palma |
PM037 |
Rosselló Oliver, Bárbara |
Palma |
Palma |
PM039 |
Le Senne Presedo, Ana María |
Palma |
Palma |
PM040 |
Genovard Durán, M. Fca. Carnicero Alcover, Susana |
Palma |
Palma |
PM041 |
Romaguera González, Francisca |
Palma |
Palma |
PM042 |
Sanz Guillén, Maria Antònia |
Palma |
Palma |
PM044 |
Torres Cerdó, Maria Martina |
Palma |
Palma |
PM045 |
Enseñat Antolí, Gabriel |
Palma |
Palma |
PM046 |
Jaume Llobera, Pere |
Palma |
Palma |
PM047 |
March Noguera, Joan |
Palma |
Palma |
PM049 |
Llull Duro, Isabel |
Palma |
Palma |
PM050 |
Manera Rossello, Catalina Manera Rossello, Ana Maria |
Palma |
Palma |
PM053 |
Mayol Peraba, Catalina |
Palma |
Palma |
PM054 |
Feliu Mazaira, Maria del Pilar Soler Feliu, Maria Camila |
Palma |
Palma |
PM055 |
Mercadal Merino, Francisca |
Palma |
Palma |
PM056 |
Miguel-Gómara Perelló, Maria del Àngels |
Palma |
Palma |
PM057 |
Miquel Mateu, Pedro Miquel Mateu, José María |
Palma |
Palma |
PM058 |
Moll Lorca, Ana María |
Palma |
Palma |
PM059 |
Morell Vallcaneras, Antonio |
Palma |
Palma |
PM060 |
Morell Ramón, Miquel |
Palma |
Palma |
PM061 |
Mulet Trobat, Agustín Mulet Trobat, María |
Palma |
Palma |
PM062 |
Muntaner Gimbernat, Margarita Gimbernat Quintana, Margarita |
Palma |
Palma |
PM063 |
Nadal Estela, Antonio |
Palma |
Palma |
PM064 |
Bennaser Gomila, Marta Fullana Oliver, Maria Antonia |
Palma |
Palma |
PM065 |
Bagur Claverol, María Antonia Guijarro Pérez, Ángel Antonio |
Palma |
Palma |
PM066 |
Oliver Moragues, Antonio |
Palma |
Palma |
PM067 |
Mataró Tomás, Pedro A. Mataró Tomás, Cristina F. |
Palma |
Palma |
PM068 |
Planas Terradas, Cristina |
Palma |
Palma |
PM069 |
Arbona Casasnovas, Ramon Jaime Terrasa Sagrista, Carlos |
Palma |
Palma |
PM070 |
Vicens Caldentey, Maria Teresa Arenas Vicens, Ana Maria |
Palma |
Palma |
PM071 |
Oliver Moll, Magdalena |
Palma |
Palma |
PM072 |
Ramonell Goyanes, María de la Paz |
Palma |
Palma |
PM073 |
Hernández Frontera, Antonio |
Palma |
Palma |
PM074 |
Miquel i Pons, Gabriel |
Palma |
Palma |
PM075 |
Fernández Bennaser, Maria |
Palma |
Palma |
PM076 |
Planas Rosselló, María |
Palma |
Palma |
PM077 |
Rubí Ponseti, Juan |
Palma |
Palma |
PM078 |
Armengol Coll, Francesca Torrens Armengol, Josep Maria |
Palma |
Palma |
PM079 |
Sampol Rosselló, Maria Antonia |
Palma |
Palma |
PM080 |
Bonnín Sánchez, Teresa Bordoy Bonnín, Teresa |
Palma |
Palma |
PM081 |
Pons Sanz, Gerard |
Palma |
Palma |
PM082 |
Sastre Bauzá, Tomás José Sastre Breva, José María |
Palma |
Palma |
PM083 |
Sbert Rullán, Antonio |
Palma |
Palma |
PM084 |
Sbert Castañer, Pedro |
Palma |
Palma |
PM085 |
Verges Aguiló, Ángeles Juan Verges, Mercedes |
Palma |
Palma |
PM087 |
Munar De Prado, Jaime |
Palma |
Palma |
PM088 |
Telleria Garmendia, Maria Teresa |
Palma |
Palma |
PM089 |
Alcover Casasnovas, Maria Francisca Alcover Casasnovas, Ramon Alberto |
Palma |
Palma |
PM090 |
Alarcón Torres, María del Pilar |
Palma |
Palma |
PM091 |
Trian Forteza, Cayetano Trian Hernández, Jaime |
Palma |
Palma |
PM092 |
Vanrell Vidal, Micaela Ramis Vanrell, Guillermo |
Palma |
Palma |
PM093 |
Alzamora Rovira, Catalina Teresa |
Palma |
Palma |
PM094 |
Muret Mayoral, Román |
Palma |
Palma |
PM095 |
Vidal Cuart, Jaume |
Palma |
Palma |
PM096 |
Murillo Cabré, María Amparo Ribot Murillo, Víctor |
Palma |
Palma |
PM208 |
Riera del Ojo, María del Carmen |
Palma |
Palma |
PM213 |
Estelrich Capó, Bartolomé Estelrich Pons, Carmen |
Palma |
Palma |
PM214 |
Alemany Reus, Vicenç |
Palma |
Palma |
PM217 |
Salas Font, Sebastián |
Palma |
Palma |
PM222 |
Caldentey Vives, Carmen |
Palma |
Palma |
PM223 |
Castañer Abellanet, Maria Àngela |
Palma |
Palma |
PM224 |
Palmer Vidal, Miguel Palmer Caldés, Catalina I. |
Palma |
Palma |
PM230 |
Grau Sbert, María Amalia |
Palma |
Palma |
PM246 |
Alcover Arbona, Juan González Miñor, Eladio |
Palma |
Palma |
PM249 |
Palmer Torres, Catalina Gil Palmer, Rafael |
Palma |
Palma |
PM254 |
Munar De Prado, M. Isabel Munar De Prado, M. Paz |
Palma |
Palma |
PM255 |
Palmer Caldés Julián Caldés Socías Lucía |
Palma |
Palma |
PM257 |
Miró Josa, María Luisa |
Palma |
Palma |
PM265 |
Salvá Trobat, Juan Carlos |
Palma |
Palma |
PM267 |
Lluch Caldentey, Miquel Lluch Caldentey, Carles |
Palma |
Palma |
PM269 |
Vaquer Mestre, Jaime |
Palma |
Palma |
PM288 |
Fluxá Torres, Jaime |
Palma |
Palma |
PM289 |
Ginestra Pascual, Magdalena |
Palma |
Palma |
PM300 |
Coll Solivellas, Rafael |
Palma |
Palma |
PM310 |
Magdalena Salgado, Maria Pilar |
Palma |
Palma |
PM313 |
Sbert Castañer, Maria Magdalena |
Palma |
Palma |
PM316 |
Fe Mas, Juana María |
Palma |
Palma |
PM328 |
Gayá Miquel, María José |
Palma |
Palma |
PM333 |
Manera Rosselló, Maria Inmaculada |
Palma |
Palma |
PM349 |
Tomás Esteva, Maria del Pilar |
Palma |
Palma |
PM372 |
Sánchez Salvá, Antonia |
Palma |
Palma |
PM413 |
Sbert Castañer, Antonio |
Palma |
Palma |
PM419 |
Colom Rubí, Ramon |
Palma |
Palma |
PM436 |
Perales López, Bernardo |
Palma |
Palma |
PM447 |
Sagristá Pérez, María Magdalena Farré Farré, Manel-Matemalas Moreno, Francisca |
Palma |
Palma |
PM451 |
Rigo Riera, Maria |
Palma |
Palma |
PM453 |
Viruela García, Amparo Joaquina |
Palma |
Palma |
PM455 |
Viola Teres, Generosa Rosa |
Palma |
Palma |
PM456 |
Morell Oliver, Pedro |
Palma |
Palma |
PM459 |
Simó Cerdà, Rafel |
Palma |
Palma |
PM086 |
Tinoco Gil, Soledad |
Palma |
Palma |
PM415 |
Rubi Garau, Micaela |
Palma |
Pil·larí, es |
PM014 |
Frau Beltrán, María Luisa Frau Roca, Elena |
Palma |
Platja de Palma |
PM210 |
Rosselló Rovira, Juana María |
Palma |
Platja de Palma |
PM227 |
Enseñat Antolí, Carlos |
Palma |
Platja de Palma |
PM258 |
Mascaro Fernández, Cristina |
Palma |
Platja de Palma |
PM311 |
Feliu Mazaira, José Luis |
Palma |
Platja de Palma |
PM320 |
Poblador Palliser, Pedro A. |
Palma |
Platja de Palma |
PM458 |
Serra Farell, Teresa |
Palma |
Platja de Palma |
PM292 |
Sastre Daviu, Maria del Pilar |
Palma |
Sant Agustí |
PM018 |
Sampol Guasp, María Carmen Terrades Gayá, Vicente |
Palma |
Sant Jordi |
PM444 |
Sánchez Salvá Mercedes |
Palma |
Secar de la Real, |
PM097 |
Mora Gornals, Margalida |
Palma |
Son Ferriol |
PM299 |
Ramon Ordinas, Maria Francisca Muret Ramon, Tomás |
Palma |
Son Ferriol |
PM051 |
Fe Mas, María Magdalena |
Palma |
Son Sardina |
PM038 |
Martín Bernet, Rosa María Llinás Martín, Mireia |
Palma |
Vileta, sa |
PM218 |
Gallardo Pons, Miguel Angel |
Palma |
Vileta, sa |
PM449 |
Castillo De Mattei, Mónica Patricia |
Palma |
Vileta, sa |
34. Municipio de Petra
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM178 |
Riera Sastre, Miguel Riera Truyols, Juan Miguel |
Petra |
Petra |
35. Municipio de Pollença
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM448 |
Monserrat Requis, Mª Luisa |
Pollença |
Cala Sant Vicenç |
PM164 |
Oliver Bisbal Miguel |
Pollença |
Pollença |
PM198 |
Ventayol Aguiló, Antonia |
Pollença |
Pollença |
PM247 |
Cerdà Humbert, Catalina |
Pollença |
Pollença |
PM102 |
Colom Bauzá, Francisca |
Pollença |
Port de Pollença |
PM338 |
Vizoso Laporte, Maria Antonieta |
Pollença |
Port de Pollença |
PM450 |
Guix Aguado, Pilar |
Pollença |
Port de Pollença |
PM481 |
Coll Bibiloni, Joana Maria |
Pollença |
Port de Pollença |
36. Municipio de Porreres
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM205 |
Sastre Barceló, Antonia Sastre Barceló, Bartolomé |
Porreres |
Porreres |
37. Municipio de Puigpunyent
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
---|---|---|---|
PM264 |
Joy Balaguer, María Antonia |
Puigpunyent |
Puigpunyent |
38. Municipio de sa Pobla
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM105 |
Sabater Riera, Margarita |
sa Pobla |
sa Pobla |
PM120 |
Torrens Gost, Antonio Torrens Armengol, Antonina |
sa Pobla |
sa Pobla |
PM166 |
Riera March, Petra |
sa Pobla |
sa Pobla |
PM167 |
Pericás Torrens, Catalina Teresa |
sa Pobla |
sa Pobla |
PM324 |
Besalduch Martín, Marta A Besalduch Vidal, Antonio |
sa Pobla |
sa Pobla |
39. Municipio de Sant Joan
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM138 |
Mas Arbona, Catalina |
Sant Joan |
Sant Joan |
40. Municipio de Sant Llorenç des Cardassar
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM343 |
Alcover Rosselló, Antonia |
Sant Llorenç des Cardassar |
Coma, sa |
PM348 |
Fullana Rosselló, Francisca |
Sant Llorenç des Cardassar |
Coma, sa |
PM382 |
García De Vena, Florentina |
Sant Llorenç des Cardassar |
Coma, sa |
PM186 |
Pérez Sanchiz, Justo |
Sant Llorenç des Cardassar |
Sant Llorenç des Cardassar |
PM236 |
Pont Ferrer, Ana Maria |
Sant Llorenç des Cardassar |
Sant Llorenç des Cardassar |
PM426 |
Caldentey Nadal, Margarita |
Sant Llorenç des Cardassar |
Son Carrió |
41. Municipio de Santa Eugènia
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM238 |
Pones Servera, Isabel |
Santa Eugènia |
Santa Eugènia |
42. Municipio de Santa Margalida
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM207 |
Buades Reynes, Sebastián |
Santa Margalida |
Can Picafort |
PM304 |
Juan Galmés, Magdalena Hekking Juan, David Marc |
Santa Margalida |
Can Picafort |
PM473 |
Eleta Narváez, María de la Paz Antonia |
Santa Margalida |
Can Picafort |
PM185 |
Pujadas Santandreu, Maria Rosa |
Santa Margalida |
Santa Margalida |
PM470 |
Amer Capellà, Antonio |
Santa Margalida |
Santa Margalida |
PM393 |
Quetglas Bennasar, Eulalia |
Santa Margalida |
Son Serra de Marina |
43. Municipio de Santa Maria del Camí
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM123 |
Feliu Román, Fernando |
Santa Maria del Camí |
Santa Maria del Camí |
PM483 |
Rubiales Prado, Eduardo |
Santa Maria del Camí |
Santa Maria del Camí |
44. Municipio de Santanyí
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM363 |
Vidal Mas, Maria Magdalena |
Santanyí |
Alquería Blanca, s’ |
PM252 |
Vergel Clar, Joana |
Santanyí |
Cala d'Or |
PM373 |
Oliver Oliver, Alfonso |
Santanyí |
Cala Figuera |
PM479 |
Sebastiá Casado, Vicente |
Santanyí |
Calonge |
PM409 |
Fullana Barceló, Maria Coloma |
Santanyí |
Portopetro |
PM142 |
Marimón Ferrando, Bartolomé |
Santanyí |
Santanyí |
PM200 |
Vidal Munar, Catalina |
Santanyí |
Santanyí |
PM396 |
Garcías Grimalt, Joana |
Santanyí |
Santanyí |
PM399 |
Bauzá Servera, Antonia |
Santanyí |
Santanyí |
45. Municipio de Selva
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM433 |
Gascuñana Sanchez, Ricardo |
Selva |
Caimari |
PM119 |
Amer Capella, Antonio |
Selva |
Selva |
46. Municipio de Sencelles
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM190 |
Costa Amengual, María Luisa |
Sencelles |
Sencelles |
47. Municipio de ses Salines
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM278 |
Gil Climent, Maria del Pilar |
Salinas (sus) |
Colònia de Sant Jordi |
PM129 |
Baldizón Reyes, Claudia C. |
Salinas (sus) |
Salinas, sus |
48. Municipio de Sineu
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM122 |
Estela Antich, José Estela Pujals, Josep Maria |
Sineu |
Sineu |
PM171 |
Barceló Melià, Francesca Aina |
Sineu |
Sineu |
49. Municipio de Sóller
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM209 |
Sitjar Chacártegui, Francisca |
Sóller |
Port de Sóller |
PM100 |
Grau Gomis, Antonio |
Sóller |
Sóller |
PM110 |
Pastor Castañer, Isabel Castañer Castañer, Ana |
Sóller |
Sóller |
PM163 |
Alcover Coll, Guillermo |
Sóller |
Sóller |
PM194 |
Torrens Meca, Maria del Mar |
Sóller |
Sóller |
50. Municipio de Son Servera
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM367 |
Ramis Bell, Juan |
Son Servera |
Cala Bona |
PM268 |
Viñas Gómez, Enrique |
Son Servera |
Cala Millor |
PM341 |
Alcover Ferrer, Aina Maria |
Son Servera |
Cala Millor |
PM477 |
Gornals Gornals, María del Carmen |
Son Servera |
Cala Millor |
PM183 |
Mayol Adrover, Jaume |
Son Servera |
Son Servera |
PM480 |
Conde Cerrato, Rafael Vicente |
Son Servera |
Son Servera |
51. Municipio de Valldemossa
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM116 |
Colom Cerdá, Mateo Simeón |
Valldemosa |
Valldemossa |
52. Municipio de Vilafranca de Bonany
Código |
Establecimiento |
Municipio |
Población |
PM143 |
March Balaguer, Juan José |
Vilafranca de Bonany |
Vilafranca de Bonany |
Menorca
1. Municipio de Alaior
Código |
Nombre establecimiento |
Municipio |
Población |
PM114 |
Castell Timoner, Pedro-Castell Timoner, Miguel Lucas |
Alaior |
Alaior |
PM150 |
Mascaró Caules, María Lorenza |
Alaior |
Alaior |
PM350 |
Quintana Mascaró, Águeda |
Alaior |
Cala en Porter |
PM368 |
Palmer Barceló, Joana |
Alaior |
Son Bou |
2. Municipio de Ciutadella
Código |
Nombre establecimiento |
Municipio |
Población |
PM364 |
Florit Navarro, Fernando |
Ciutadella |
Cala Blanca |
PM380 |
Font Castell, Jaume |
Ciutadella |
Cala en Bosch |
PM112 |
Martín Sureda, Teresa Martín Sureda, Juana |
Ciutadella |
Ciutadella |
PM115 |
Cavaller Cavallero Josep |
Ciutadella |
Ciutadella |
PM148 |
Martí Capell, Caterina Sureda Marqués, José |
Ciutadella |
Ciutadella |
PM155 |
Oleo Forcadas, José María |
Ciutadella |
Ciutadella |
PM242 |
Moll Carretero, Antonio Ignasi |
Ciutadella |
Ciutadella |
PM294 |
López Oleo, María Antonia Font López, Jaime |
Ciutadella |
Ciutadella |
PM355 |
Diez Martin, Ignacio De Juan Garcia, Francisco Sanchez Garcia, Matias |
Ciutadella |
Ciutadella |
PM405 |
Castany Niubo, Maria Dolors |
Ciutadella |
Ciutadella |
PM462 |
March Balle, Lucas |
Ciutadella |
Ciutadella |
PM440 |
Salord Moll, Joan |
Ciutadella |
Santandria |
PM420 |
Balanzá Roure, Núria Lourdes |
Ciutadella |
Barranc d’Algendar (“Na Serpentona”) |
3. Municipio des Castell
Código |
Nombre establecimiento |
Municipio |
Población |
PM111 |
Hernández Pons, Juan Luis Hernández Jansa, Teresa |
es Castell |
Castell, es |
PM351 |
Navarro Carim, Silvia |
Es Castell |
Castell, es |
4. Municipio desde Mercadal
Código |
Nombre establecimiento |
Municipio |
Población |
PM369 |
Ortega Fernández, Alfonso |
es Mercadal |
Arenal d'en Castell |
PM422 |
Florit Orfila, Francesc |
es Mercadal |
Fornells |
PM159 |
Martínez Riudavets, Juana María |
es Mercadal |
Mercadal, es |
PM467 |
Mora Pons, Emma Maria |
es Mercadal |
Saura, son |
5. Municipio desde Migjorn Gran
Código |
Nombre establecimiento |
Municipio |
Población |
PM468 |
Moll Mercadal, Bernat |
es Migjorn Gran |
Migjorn Gran, es |
PM442 |
Sánchez Tuomala, Ana-Britt |
es Migjorn Gran |
Sant Tomàs |
6. Municipio de Ferreries
Código |
Nombre establecimiento |
Municipio |
Población |
PM128 |
Vivó Monjo, Antonia Mercadal De Sintas, M. Ángeles |
Ferreries |
Ferreries |
7. Municipio de Maó
Código |
Nombre establecimiento |
Municipio |
Población |
PM124 |
Félix Nicolás, Juan Ernesto |
Maó |
Maó |
PM151 |
Félix Nicolás, María Isabel |
Maó |
Maó |
PM156 |
Escudero Sirerol, Margarita Paz |
Maó |
Maó |
PM157 |
Barca Ribas, Guillermina |
Maó |
Maó |
PM170 |
Landino Pons, Maria Gemma Pons Landino, Cristina |
Maó |
Maó |
PM189 |
Sequí Chinchilla, Maria Paz |
Maó |
Maó |
PM239 |
Rosello Martinez, Catalina-Riera Triay, Isabel Maria |
Maó |
Maó |
PM263 |
Seguí Puntas, Maria Gràcia |
Maó |
Maó |
PM315 |
Cardona Ramón, Margarita Rosa |
Maó |
Maó |
PM431 |
Victory Bernat, Ana Isabel |
Maó |
Maó |
PM446 |
Jordán García, Luis |
Maó |
Maó |
PM390 |
March Balle, Pablo |
Maó |
Sant Climent |
8. Municipio de Sant Lluís
Código |
Nombre establecimiento |
Municipio |
Población |
PM397 |
García Veiga, Javier |
Sant Lluís |
Punta Prima, sa |
PM121 |
Hernández Pons, Leonor |
Sant Lluís |
Sant Lluís |
EIVISSA
1. Municipio de Eivissa
Código |
Nombre establecimiento |
Municipio |
Población |
PM146 |
Marí Tur, Antonia María |
Eivissa |
Eivissa |
PM147 |
Marí Tur, Juan Antonio |
Eivissa |
Eivissa |
PM172 |
Beltrán Ribas, Laura |
Eivissa |
Eivissa |
PM176 |
Planas Ramia, Antonio |
Eivissa |
Eivissa |
PM202 |
Rodríguez-Carreño Villangómez, Luis |
Eivissa |
Eivissa |
PM270 |
Ferrer Ferrer, Núria |
Eivissa |
Eivissa |
PM276 |
Marí Tur, Miguel |
Eivissa |
Eivissa |
PM277 |
Escudero Rouppas, Francisco Javier |
Eivissa |
Eivissa |
PM306 |
Torres Torres, Josefa |
Eivissa |
Eivissa |
PM331 |
Marí Torres, Mónica |
Eivissa |
Eivissa |
PM365 |
Mas Bufi, María del Carmen |
Eivissa |
Eivissa |
PM424 |
Ribas Cardona, Juan José |
Eivissa |
Eivissa |
PM457 |
Soler Vidal, María Josefa |
Eivissa |
Eivissa |
PM465 |
Estrella Vidiella, Esther |
Eivissa |
Eivissa |
PM196 |
Tur Viñas, Juan |
Eivissa |
Eivissa |
PM487 |
De La Cueva Torregrosa, Ignacio |
Eivissa |
Eivissa |
2. Municipio de Sant Antoni de Portmany
Código |
Nombre establecimiento |
Municipio |
Población |
PM113 |
Puget Fusté, César Manuel |
Sant Antoni de Portmany |
Sant Antoni de Portmany |
PM241 |
Villangómez Marí, Margarita |
Sant Antoni de Portmany |
Sant Antoni de Portmany |
PM250 |
Manzano Ausín, Isidro |
Sant Antoni de Portmany |
Sant Antoni de Portmany |
PM360 |
Torres Ribas, José |
Sant Antoni de Portmany |
Sant Antoni de Portmany |
PM437 |
Ramón Costa, Irene |
Sant Antoni de Portmany |
Sant Antoni de Portmany |
PM464 |
Mayans Buxeda, Rosa |
Sant Antoni de Portmany |
Sant Rafel de sa Creu |
3. Municipio de Sant Joan de Labritja
Código |
Nombre establecimiento |
Municipio |
Población |
PM406 |
Julve Martínez, María José |
Sant Joan de Labritja |
Portinatx |
PM280 |
Torres Torres, Margarita |
Sant Joan de Labritja |
Sant Joan de Labritja |
PM362 |
Juan Torres, Catalina |
Sant Joan de Labritja |
Sant Miquel de Balansat |
4. Municipio de Sant Josep de sa Talaia
Código |
Nombre establecimiento |
Municipio |
Población |
PM353 |
Koninckx Álvarez, Francisco Javier |
Sant Josep de sa Talaia |
Platja d'en Bossa |
PM412 |
Torres Pons, Margarita Maria |
Sant Josep de sa Talaia |
Sant Agustí des Vedrà |
PM326 |
Rodríguez Ribas, Maria Antonia |
Sant Josep de sa Talaia |
Sant Jordi de ses Salines |
PM441 |
Leal Ramos, Felipe |
Sant Josep de sa Talaia |
Sant Jordi de ses Salines |
PM295 |
Vacas Vidal, Melania |
Sant Josep de sa Talaia |
Sant Josep de sa Talaia |
PM357 |
Petit Alfós, Maria Marta |
Sant Josep de sa Talaia |
Sant Agustí des Vedrà |
5. Municipio de Santa Eulària des Riu
Código |
Nombre establecimiento |
Municipio |
Población |
PM335 |
García Urruchi, María del Carmen |
Sta. Eulària des Riu |
Nuestra Señora de Jesús |
PM302 |
Torres Riera, Catalina |
Sta. Eulària des Riu |
Puig de Valls |
PM404 |
Ripoll Guasch, Carolina |
Sta. Eulària des Riu |
Sant Carles de Peralta |
PM179 |
Antich Torres, Salvador Antich Torres, José Luis |
Sta. Eulària des Riu |
Sta. Eulària des Riu |
PM221 |
Vázquez Pérez, María Begoña Vázquez Pérez, Ana |
Sta. Eulària des Riu |
Sta. Eulària des Riu |
PM235 |
Castillo Muñoz, Juan Luis Rodriguez Cavaller, Gemma Cristina |
Sta. Eulària des Riu |
Sta. Eulària des Riu |
PM342 |
Noguera Vera, María Luisa Kous El Outmani, Faysal |
Sta. Eulària des Riu |
Sta. Eulària des Riu |
PM370 |
Torres Torres, Pilar |
Sta. Eulària des Riu |
Sant Carles de Peralta (es Canar) |
PM394 |
Semper Ballester, Javier |
Sta. Eulària des Riu |
Sta. Eulària des Riu |
PM466 |
Oteo Iturmendi, Patricio |
Sta. Eulària des Riu |
Sta. Eulària des Riu (Cala Llonga) |
PM408 |
Torres Prats Maria |
Sta. Eulària des Riu |
Sta. Gertrudis de Fruitera |
FORMENTERA
Municipio de Formentera
Código |
Nombre establecimiento |
Municipio |
Población |
PM463 |
Guitart Lorente De No, Anunciación |
Formentera |
Caló de Sant Agustí |
PM434 |
De Eguileor Lasquibar, Miren Maiteder |
Formentera |
Pujols, es |
PM296 |
Mayans Ribas, José |
Formentera |
Sant Ferran de ses Roques |
PM144 |
Torres Quetglas, Juan |
Formentera |
Sant Francesc de Formentera |
ANEXO 2
Relación de zonas farmacéuticas o unidades territoriales menores definidas en la planta farmacéutica en las cuales se cumplen las condiciones para abrir una nueva oficina de farmacia (farmacias de nueva creación)
MALLORCA
1. Municipio: 07001 ALARÓ
1. Oficinas de farmacia abiertas al público: 1.
2. Población padrón: 5.227 hab. (datos INE 1 de enero de 2014).
3. Plazas turísticas: 137 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
4. Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 355 (Datos INE 2011).
5. Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo Población 2014 |
5.227 |
C |
Total plazas turísticas |
137 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
55 |
E |
Viviendas secundarias |
355 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
275 |
G |
D + F |
329,57 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
1 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
2.427 |
J |
Farmacias por resto censo |
1 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
329,57 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
2 |
O |
Farmacias abiertas |
1 |
P |
Diferencia (N-O) |
1 |
6. Oficinas de farmacia posibles según el nuevo cálculo: 1.
7. Observaciones. Ubicación
De los cálculos resulta de que dentro del municipio de Alaró tiene cabida una farmacia más por un resto de censo de 2.427 (superior a 2.000).
La ratio de habitantes/farmacia de todo el municipio de Alaró es de 5.227 habitantes (teniendo en cuenta solo los datos del censo de población) para la única oficina de farmacia abierta al público. Con la inclusión de una nueva oficina de farmacia pasaría a ser de 2.613 habitantes.
Por eso, se ubica 1 nueva oficina de farmacia en el municipio de Alaró.
2. Municipio: 07003 ALCÚDIA
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 10.
b) Población padrón: 19.768 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población padrón (hab.) |
07003 ALCÚDIA |
19.768 |
070030001 Alcúdia |
7.313 |
070030002 Mal Pas-Bonaire |
622 |
070030003 Port d'Alcúdia |
4.993 |
070030004 Son Fe |
385 |
070030005 Marina Manresa |
650 |
070030006 Platja d'Alcúdia |
5.805 |
c) Plazas turísticas: 26.347 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
Alcanada |
95 |
Alcúdia |
1.770 |
Mal Pas-Bonaire |
212 |
Port d'Alcúdia |
24.270 |
TOTAL POBLACIÓN |
26.347 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 3.525 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
19.768 |
C |
Total plazas turísticas |
26.347 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
10.539 |
E |
Viviendas secundarias |
3.525 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
2.728 |
G |
D + F |
13.267,15 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
7 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
168 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
3 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
2.767,15 |
M |
Farmacias por resto estacional |
1 |
N |
Farmacias posibles |
11 |
O |
Farmacias abiertas |
10 |
P |
Diferencia (N-O) |
1 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 1.
g) Observaciones. Ubicación
En el núcleo de población de Alcúdia hay ubicadas dos oficinas de farmacia y dispone de un censo poblacional de 7.313 habitantes y 1.770 plazas turísticas. Además, el núcleo del Mal Pas-Bonaire tiene una oficina de farmacia abierta al público para una población de 622 hab. y 212 plazas turísticas.
El Port d'Alcúdia, que comprende en realidad los núcleos del Port d'Alcúdia y la playa de Alcúdia, dispone de un total de siete oficinas de farmacias con una población censada de 10.798 habitantes y, además, se tiene que considerar que se trata de una zona con un importante peso turístico (24.270 plazas turísticas). Tres de las farmacias que se han abierto en estos dos núcleos son de carácter estacional.
Dado que el municipio de Alcúdia tiene una población censal de 19.768 habitantes y dispone de 10 oficinas de farmacia abiertas al público, la ratio de habitantes por farmacia es de 1.976,8. Por tanto no hay módulo poblacional general suficiente para abrir una nueva oficina de farmacia. Pero, por otro lado, se ha de considerar el módulo estacional, que es muy elevado en el municipio, como se puede comprobar en la tabla de cálculos en la que resulta un equivalente estacional de 13.267,15. Por tanto, sumando el módulo general (19.768) y el módulo estacional (13.267,15) da un total de 33.035,15, y teniendo en cuenta que hay 10 farmacias abiertas resulta una ratio de 3.303,05 por farmacia.
De los cálculos resulta que tiene cabida una nueva oficina de farmacia en el municipio como resultado del módulo estacional. En el caso de abrir una nueva oficina de farmacia en el municipio, la ratio pasaría a ser de 3003,20 habitantes por farmacia.
En cuanto a la ubicación de la nueva farmacia, se ha de considerar que los núcleos de población relevantes que integran el municipio ya disponen de oficina de farmacia abiertas al público, por lo que la farmacia se tiene que ubicar en el municipio.
3. Municipio: 07008 BINISSALEM
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 2.
b) Población padrón: 7.936 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleos de población |
Población (hab.) |
07008 BINISSALEM |
7.936 |
070080001 Biniagual |
10 |
070080002 Binissalem |
7.926 |
c) Plazas turísticas: 43 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 545 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo.
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
7.936 |
C |
Total plazas turísticas |
43 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
17 |
E |
Viviendas secundarias |
545 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
422 |
G |
D + F |
439,03 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
2 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
2.336 |
J |
Farmacias por resto censo |
1 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
439,03 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
3 |
O |
Farmacias abiertas |
2 |
P |
Diferencia (N-O) |
1 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 1.
g) Observaciones. Ubicación.
De los cálculos resulta que dentro del municipio de Binissalem tiene cabida una farmacia más por un resto de censo de 2.336 habitantes (superior a 2.000). Por eso, se tiene que ubicar una nueva oficina de farmacia en el municipio de Binissalem que ya dispone de dos oficinas de farmacia abiertas al público.
La ratio de habitantes/farmacia del municipio de Binissalem es de 3.968 habitantes (teniendo en cuenta solo los datos del censo de población) por farmacia; en caso que se abriera una nueva oficina de farmacia pasaría a ser de 2.645 habitantes.
4. Municipio: 07019 ESCORCA
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 0.
Actualmente hay un botiquín abierto al público (BF008) vinculado a la oficina de farmacia Dupuy Llinas, Mateo-Gisbert Bellvé, Montserrat (PM314) de Inca.
b) Población padrón: 241 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población (hab.) |
07019 ESCORCA |
241 |
070190001 Cala Tuent-sa Calobra |
62 |
070190002 Escorca |
140 |
070190003 Lluc |
39 |
c) Plazas turísticas: 0 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 40 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
241 |
C |
Total plazas turísticas |
0 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
0 |
E |
Viviendas secundarias |
40 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
31 |
G |
D + F |
30,96 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
0 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
241 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
30,96 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
0 |
O |
Farmacias abiertas |
0 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles: 1.
g) Observaciones. Ubicación
El artículo 18 de la Ley 7/1998, de 12 de noviembre, establece que en todas las unidades territoriales menores tiene que haber como mínimo una oficina de farmacia. Por tanto, se tiene que ubicar una nueva oficina de farmacia en cualquiera de los núcleos de población que integran el municipio de Escorca, con una ratio de 241 habitantes censados.
5. Municipio: 07020 ESPORLES
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 1.
b) Población padrón: 4940 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población (hab.) |
07020 ESPORLES |
4.940 |
070200001 Esgleieta, s’ |
494 |
070200002 Esporles |
4.446 |
c) Plazas turísticas: 184 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
S’ Esgleieta |
15 |
Esporles |
169 |
TOTAL ESPORLES |
184 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 270 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
4.940 |
C |
Total plazas turísticas |
184 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
74 |
E |
Viviendas secundarias |
270 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
209 |
G |
D + F |
282,58 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
1 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
2140 |
J |
Farmacias por resto censo |
1 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
282,58 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
2 |
O |
Farmacias abiertas |
1 |
P |
Diferencia (N-O) |
1 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 1 (se obtiene de un resto de censo de 2.140 habitantes).
g) Observaciones. Ubicación
De los cálculos resulta que dentro del municipio de Esporles tiene cabida una farmacia más por un resto de censo de 2.140 habitantes, por lo tanto, superior a 2.000, y por eso se tiene que ubicar una nueva oficina de farmacia en el municipio de Esporles.
La ratio habitantes/farmacia de todo el municipio de Esporles es de 4.940 habitantes (teniendo en cuenta solo los datos del censo de población) para la única oficina de farmacia abierta al público. Si se añade una nueva oficina de farmacia pasaría a ser de 2.470 habitantes para cada farmacia.
6. Municipio: 07027 INCA
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 8.
b) Población padrón. 30.625 hab. (datos INE 01/01/2014).
c) Plazas turísticas: 58 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo),
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 0 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
30.625 |
C |
Total plazas turísticas |
58 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
23 |
E |
Viviendas secundarias |
325 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
252 |
G |
D + F |
274,75 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
10 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
2.625 |
J |
Farmacias por resto censo |
1 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
274,75 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
11 |
O |
Farmacias abiertas |
8 |
P |
Diferencia (N-O) |
3 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 3.
g) Observaciones. Ubicación
De los cálculos se obtiene que tienen cabida dos farmacias por padrón poblacional y una más por un residuo de censo poblacional superior a 2.000.
El municipio de Inca comprende un solo núcleo poblacional. Dispone de una población censal de 30.625 habitantes y tiene abiertas al público un total de ocho oficinas de farmacia. Actualmente, La ratio de habitantes por farmacia es de 3.828 (teniendo en cuenta solo los datos del censo de población). En caso de que se abrieran las tres nuevas oficinas de farmacia, la ratio pasaría a ser de 2.784 por farmacia.
Por tanto, se tienen que ubicar tres oficinas de farmacia en el municipio de Inca.
7. Municipio: 07031 LLUCMAJOR
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 12.
b) Población padrón: 34602 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población padrón (hab.) |
07031 LLUCMAJOR |
34.602 |
070310001 Arenal, s’ |
8.971 |
070310002 Estanyol de Migjorn, s’ |
438 |
070310003 Llucmajor |
12.776 |
070310004 Badia Blava |
1.561 |
070310005 Badia Gran |
1.925 |
070310007 Cala Blava |
247 |
070310008 Cala Pi |
418 |
070310009 Tolleric |
499 |
070310010 Palmeres, les |
1.193 |
070310011 Son Verí Nou |
780 |
070310012 Torre, sa |
3.147 |
070310013 Maioris Décima |
960 |
070310014 Puig de Ros |
1.379 |
c) Plazas turísticas: 13.516 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
Arenal (s’) |
9.788 |
Llucmajor |
3.235 |
Son Verí Nou |
180 |
Tolleric |
120 |
Torre (sa) |
193 |
Total LLUCMAJOR |
13.516 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 2.835 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
34.602 |
C |
Total plazas turísticas |
13.516 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
5.406 |
E |
Viviendas secundarias |
2.835 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
2.194 |
G |
D + F |
7.600,69 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
12 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
1.002 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
2 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
600,69 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
14 |
O |
Farmacias abiertas |
12 |
P |
Diferencia (N-O) |
2 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 2.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Llucmajor dispone de una población censal de 34.602 habitantes, una población estacional de 7.600,69 y tiene un total de 12 oficinas de farmacia abiertas al público. Actualmente la ratio de habitantes por farmacia es de 3516,89.
De los cálculos se obtiene que tienen cabida dos farmacias por resto estacional. Con la apertura de dos farmacias adicionales la ratio es de 3014,48 habitantes por farmacia.
Por tanto las dos nuevas oficinas de farmacia se tienen que ubicar en cualquiera de los núcleos de población que integran el municipio de Llucmajor.
8. Municipio: 07031 MANACOR
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 15.
b) Población padrón: 40264 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población padrón (hab.) |
07033 MANACOR |
40.264 |
070330001 Cala Anguila-Cala Mendia |
476 |
070330002 Illot,s'-Cala Morlanda |
1.732 |
070330003 Cala Murada |
483 |
070330004 Cales de Mallorca |
881 |
070330006 Manacor |
28.389 |
070330007 Estany d’en Mas, s’ |
163 |
070330009 Porto Cristo |
7.280 |
070330011 Son Macià |
860 |
c) Plazas turísticas: 14.616 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
Cala Anguila-Cala Mendia |
3.310 |
Cala Murada |
1.003 |
Cales de Mallorca |
6.278 |
Estany d'en Mas (s’) |
948 |
Illot, s’ -Cala Morlanda |
1.383 |
Manacor |
389 |
Porto Cristo |
1.257 |
Son Macià |
48 |
Total MANACOR |
14.616 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 4.950 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
40.264 |
C |
Total plazas turísticas |
14.616 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
5.846 |
E |
Viviendas secundarias |
4.950 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
3.831 |
G |
D + F |
9.677,70 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
14 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
1.064 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
2 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
2.677,70 |
M |
Farmacias por resto estacional |
1 |
N |
Farmacias posibles |
17 |
O |
Farmacias abiertas |
15 |
P |
Diferencia (N-O) |
2 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 2.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Manacor dispone de una población censal de 40.264 habitantes, una población estacional de 9677,70 y tiene un total de 15 oficinas de farmacia abiertas al público. Actualmente la ratio de habitantes por farmacia es de 3329,45.
De los cálculos se obtiene que tienen cabida dos farmacias por población estacional. Con la apertura de dos farmacias adicionales la ratio es de 2.937,75 habitantes por farmacia.
Por tanto se tienen que ubicar dos nuevas oficinas de farmacia en cualquiera de los núcleos de población que integran el municipio de Manacor.
9. Municipio: 07036 MARRATXÍ
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 8.
b) Población padrón: 35.521 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población padrón (hab.) |
07036 MARRATXÍ |
35.521 |
070360001 Cabaneta, sa |
8.564 |
07036000101 Cabaneta, sa |
2.721 |
07036000102 Son Marçal-sa Viña de Son Verí |
1.667 |
07036000103 Figueral, es-Ca’n Farineta |
1.167 |
07036000104 Caülls, es |
2.003 |
07036000105 Planera-ses Trempes-Son Daviu de naTesa |
456 |
07036000199 Diseminado |
550 |
070360002 Marratxinet |
47 |
07036000201 Marratxinet |
47 |
070360003 Pla de Na Tesa |
4.523 |
07036000301 Pla de Na Tesa |
2.912 |
07036000302 Ca’s Capità |
842 |
07036000303 Son Ametler |
260 |
07036000399 Diseminado |
509 |
070360004 Pont d’Inca |
18.860 |
07036000401 Pont d’Inca |
3.013 |
07036000402 Benestar-sa Cabana |
4.582 |
07036000403 Pont d’Inca Nou |
2.171 |
07036000404 Garrovers, es-Son Daviu Nou-ses Llegítimes |
617 |
07036000405 Son Macià-Nova Cabana |
2.446 |
07036000406 Can Carbonell |
867 |
07036000407 Cases Noves, ses |
1.849 |
07036000408 Cas Miot-Pont d'Inca Park |
888 |
07036000409 Son Ramonell |
1.350 |
07036000499 Diseminado |
1.077 |
070360005 Pòrtol |
3.527 |
07036000501 Pòrtol |
3.124 |
07036000599 Diseminado |
403 |
c) Plazas turísticas: 16 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 415 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
35.521 |
C |
Total plazas turísticas |
16 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
6 |
E |
Viviendas secundarias |
415 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
321 |
G |
D + F |
327,61 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
12 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
1.921 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
327,61 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
12 |
O |
Farmacias abiertas |
8 |
P |
Diferencia (N-O) |
4 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 4 (todas por censo).
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Marratxí está integrado por diversos núcleos poblacionales que en los últimos años han sido objeto de un importante crecimiento urbanístico, que ha motivado que se hayan desdibujado los límites de los núcleos. La mayoría de las farmacias abiertas corresponden al módulo poblacional, teniendo en cuenta que el número de habitantes censados es de 35.521; en cambio el número de plazas turísticas de todo el municipio es irrelevante (16) así como el de viviendas secundarias (415).
Actualmente la ratio de habitantes por farmacia del total del municipio de Marratxí es de 4.440 teniendo en cuenta solo la población censal (35.521/8). Con la inclusión de las 4 nuevas farmacias la ratio de habitantes pasa a ser de 2.960 por oficina de farmacia.
Todos los núcleos con cierta relevancia (más de 1.000 habitantes) ya disponen de una oficina de farmacia, por lo que las farmacias resultantes se podrían ubicar en cualquier núcleo del municipio.
Por tanto, se tienen que ubicar 4 nuevas oficinas de farmacia en el municipio de Marratxí.
10. Municipio: 07043 PORRERES
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 1.
b) Población padrón: 5.369 hab. (datos INE 01/01/2014).
c) Plazas turísticas: 184 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 80 (datos INE 2011)
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
5.369 |
C |
Total plazas turísticas |
184 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
74 |
E |
Viviendas secundarias |
80 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
62 |
G |
D + F |
135,52 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
1 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
2.569 |
J |
Farmacias por resto censo |
1 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
135,52 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
2 |
O |
Farmacias abiertas |
1 |
P |
Diferencia (N-O) |
1 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 1 (se obtiene por resto de censo de 2.569 habitantes).
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Porreres comprende un solo núcleo de población, que tiene una población censal de 5.369 habitantes y dispone de una única oficina de farmacia abierta al público. De los cálculos se obtiene que tiene cabida una farmacia más, que resulta de un resto de censo poblacional de 2.569 habitantes. En caso de que se abriera una segunda farmacia, la ratio sería de 2.685 habitantes por farmacia.
Por tanto, se tiene que ubicar la nueva oficina de farmacia en el municipio de porreres.
MENORCA
1. Municipio: 07064 ES CASTELL
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 2.
b) Población padrón: 7.661 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población padrón (hab.) |
07064 CASTELL, ES |
7.661 |
070640001 Trebalúger |
513 |
070640002 Castell, es |
5.263 |
070640003 Son Vilar |
756 |
070640004 Cala Sant Esteve |
53 |
070640005 Fonduco, el |
36 |
070640006 Santa Anna |
650 |
070640007 Sínia d’en Riera |
59 |
070640008 Sol de l’ Est |
331 |
c) Plazas turísticas: 1.229 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
Fonduco, el |
140 |
Castell, es |
1.089 |
TOTAL Es Castell |
1.229 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 664 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
7.661 |
C |
Total plazas turísticas |
1.229 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
492 |
E |
Viviendas secundarias |
665 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
515 |
G |
D + F |
1.006,31 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
2 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
2.061 |
J |
Farmacias por resto censo |
1 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
1.006,31 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
3 |
O |
Farmacias abiertas |
2 |
P |
Diferencia (N-O) |
1 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 1 (por residuo de censo de 2.061 hab. >2.000).
g) Observaciones. Ubicación
El municipio d’Es Castell dispone de una población censal de 7.661 habitantes, una población estacional equivalente de 1.006,31 y tiene un total de 2 oficinas de farmacia abiertas al público. Actualmente la ratio de habitantes por farmacia es de 4.333,66.
De los cálculos se obtiene que tiene cabida una farmacia por resto de censo. Con la apertura de una farmacia adicional la ratio es de 2.889,10 habitantes por farmacia.
Todos los núcleos con cierta relevancia (más de 1000 habitantes) ya disponen de una oficina de farmacia, por lo que la farmacia resultante se podría ubicar en cualquiera de los núcleos del municipio.
Se tiene que ubicar una nueva oficina de farmacia en el municipio de Es Castell.
EIVISSA
1. Municipio: 07026 EIVISSA
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 16.
b) Población padrón: 49.693 hab. (datos INE 01/01/ 2014)
c) Plazas turísticas: 9.117 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
Eivissa |
3.631 |
Playa de les Figueretes |
3.574 |
Puig dels Molins |
162 |
Talamanca |
1.750 |
TOTAL Eivissa |
9.117 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 1.435 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
|
Datos |
B |
Censo población 2014 |
49.693 |
C |
Total plazas turísticas |
9.117 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
3.647 |
E |
Viviendas secundarias |
1.435 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
1.111 |
G |
D + F |
4.757,49 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
17 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
2.093 |
J |
Farmacias por resto censo |
1 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
1 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
1.257,49 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
19 |
O |
Farmacias abiertas |
16 |
P |
Diferencia (N-O) |
3 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 3.
g) Observaciones. Ubicación
Eivissa configura un municipio único. Actualmente, dispone de dieciséis oficinas de farmacia abiertas al público. Según los cálculos realizados, tienen cabida un total de tres nuevas oficinas de farmacia (1 OF por padrón, 1 OF por resto padrón y 1 OF para datos estacionales).
En estos momentos, la ratio de habitantes por farmacia es de 3.403,16. En el caso de abrir las tres nuevas farmacias, la ratio sería de 2.865,82 habitantes por farmacia.
Ppr tanto, se tienen que ubicar tres oficinas de farmacia en el municipio de Ibiza.
2. Municipio: 07046 SANT ANTONI DE PORTMANY
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 6.
b) Población padrón: 23.359 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población padrón (hab.) |
07046 SANT ANTONI DE PORTMANY |
23.359 |
070460001 Buscastell |
625 |
070460002 Sant Antoni de Portmany |
19.597 |
070460003 Sant Mateu d'Albarca |
396 |
070460004 Sant Rafel de sa Creu |
2.333 |
070460005 Santa Agnès |
408 |
c) Plazas turísticas: 14.726 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
Buscastell |
447 |
Cala Gració |
1.808 |
Sant Antoni de Portmany |
12.409 |
Sant Mateu d'Albarca |
18 |
Sant Rafel de sa Creu |
10 |
Santa Agnès |
34 |
TOTAL Sant Antoni de Portmany |
14.726 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 955 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
|
Datos |
B |
Censo población 2014 |
23.359 |
C |
Total plazas turísticas |
14.726 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
5.890 |
E |
Viviendas secundarias |
955 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
739 |
G |
D + F |
6.629,57 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
8 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
959 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
1 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
3.129,57 |
M |
Farmacias por resto estacional |
1 |
N |
Farmacias posibles |
10 |
O |
Farmacias abiertas |
6 |
P |
Diferencia (N-O) |
4 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el nuevo cálculo: 4.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Sant Antoni de Portmany tiene seis oficinas de farmacia abiertas al público (5 OF en el núcleo de Sant Antoni de Portmany y 1 en el núcleo de Sant Rafel). Según los cálculos realizados tienen cabida un total de cuatro nuevas oficinas de farmacia (2 OF por padrón y 2 OF para datos estacionales).
Actualmente, la ratio de habitantes por farmacia es de 3.893 (sólo de población del padrón). En el caso de abrir dos nuevas farmacias la ratio sería de 2.920 habitantes por farmacia (superior a los 2.800 habitantes). También se tiene que considerar el elevado número de plazas turísticas de este municipio (14.726 plazas turísticas según los datos de la Consejería de Turismo). Teniendo en cuenta las plazas estacionales, resulta que caben dos nuevas oficinas de farmacia más y la ratio de habitantes por farmacia es de 2.336.
Por lo tanto, se tienen que ubicar cuatro oficinas de farmacia en el municipio de Sant Antoni de Portmany.
3. Municipio: 07048 SANT JOSEP DE SA TALAIA
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 6.
b) Población padrón: 25362 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población padrón (hab.) |
07048 SANT JOSEP DE SA TALAIA |
25.362 |
070480001 Es Cubells |
851 |
070480002 Sant Agustí des Vedrà |
10.175 |
070480003 Sant Francesc de s’ Estany |
1.392 |
070480004 Sant Jordi de ses Salines |
10.170 |
070480005 Sant Josep de sa Talaia |
2.774 |
c) Plazas turísticas: 27.130 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
Badia de Sant Antoni |
5.024 |
Cala de Bou |
306 |
Cala Tarida |
1.519 |
Platja d'en Bossa |
11.920 |
Port del Torrent |
3.620 |
Sant Agustí des Vedrà |
908 |
Sant Francesc de s’ Estany |
67 |
Sant Jordi de ses Salines |
404 |
Sant Josep de sa Talaia |
3.362 |
TOTAL Sant Josep de Sa Talaia |
27.130 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 4.515 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
|
Datos |
B |
Censo población 2014 |
25.362 |
C |
Total plazas turísticas |
27.130 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
10.852 |
E |
Viviendas secundarias |
4.515 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
3.495 |
G |
D + F |
14.347 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
9 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
162 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
4 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
346,61 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
13 |
O |
Farmacias abiertas |
6 |
P |
Diferencia (N-O) |
7 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 7.
g) Observaciones. Ubicación
En el municipio de Sant Josep de Sa Talaia se ubican seis oficinas de farmacia abiertas al público (1 OF en el núcleo de Sant Josep de sa Talaia y 1 en el núcleo de Sant Jordi de ses Salines, 1 en el aeropuerto (Sant Jordi), 1 en la Platja d'en Bossa, y 2 en Sant Agustí des Vedrà (Cala de Bou). Según los cálculos hechos, tienen cabida un total de siete nuevas oficinas de farmacia (3 OF por padrón y 4 OF para datos estacionales).
Actualmente, la ratio de habitantes por farmacia es de 4.227 (sólo teniendo en cuenta la población del padrón). En el caso de abrir tres nuevas farmacias la ratio sería de 2.818 habitantes por farmacia (superior a los 2.800 hab.). Además, se tiene que tener en cuenta el elevado número de plazas turísticas de este municipio (27.130 plazas turísticas según los datos de la Consejería de Turismo). Si se tienen en cuenta las plazas estacionales, resulta que caben cuatro nuevas oficinas de farmacia más.
Por tanto, se tienen que ubicar 7 nuevas oficinas de farmacia en el municipio de Sant Josep de Sa Talaia.
4. Municipio: 07054 SANTA EULÀRIA DES RIU
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 11.
b) Población padrón: 36.189 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población padrón (hab.) |
07054 SANTA EULÀRIA DES RIU |
36.189 |
070540001 Nuestra Señora de Jesús |
6.286 |
070540002 Puig de Valls |
4.235 |
070540003 Sant Carles de Peralta |
4.909 |
070540004 Santa Eulària |
18.455 |
070540005 Santa Gertrudis de Fruitera |
2.304 |
c) Plazas turísticas: 21.309 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
Argamasa (s’) |
534 |
Cala de Boix |
18 |
Cala Llenya |
322 |
Cala Llonga |
193 |
Can Sançó |
152 |
Canar, es |
6.874 |
Figueral, es |
965 |
Jesús |
400 |
Nuestra Señora de Jesús |
0 |
Cala Llonga |
2.849 |
Sant Carles de Peralta |
353 |
Santa Eulària |
8.612 |
Santa Gertrudis de Fruitera |
37 |
TOTAL Santa Eulària des Riu |
21.309 |
d) Viviendas secundarias excluidas las vacías: 4.757 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
|
Datos |
B |
Censo población 2014 |
36.189 |
C |
Total plazas turísticas |
21.309 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
8.524 |
E |
Viviendas secundarias |
4.757 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
3.682 |
G |
D + F |
12.206 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
12 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
2.589 |
J |
Farmacias por resto censo |
1 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
3 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
1.705,52 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
16 |
O |
Farmacias abiertas |
11 |
P |
Diferencia (N-O) |
5 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 5.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Santa Eulària des Riu dispone de 5 núcleos de población. Actualmente dispone de un total de 11 oficinas de farmacia abiertas al público (6 OF en el núcleo de Santa Eulària y 1 en el núcleo del Puig de Valls, 1 a Nuestra Señora de Jesús, 1 en Santa Gertrudis y 2 en Sant Carles de Peralta). Según los cálculos que se han hecho, tienen cabida un total de cinco nuevas oficinas de farmacia.
En estos momentos, la ratio de habitantes por farmacia es de 3.290 (sólo teniendo en cuenta la población del padrón). De los cálculos resulta de que tiene cabida una oficina de farmacia más por padrón y otra por el sobrante, que es superior a 2.000. Si se pone una nueva oficina de farmacia, la ratio pasaría a ser de 3.016 habitantes por farmacia (36.189/12= 3.016) y si se ponen dos más la ratio sería de 2.784 habitantes por cada farmacia (36.189/13= 2.784).
Además, se tiene que considerar el elevado número de plazas estacionales de este municipio (21.335 plazas turísticas según datos de la Consejería de Turismo y 4.755 viviendas secundarias). Por este motivo, resulta que caben tres nuevas oficinas de farmacia más.
Por tanto, se tienen que ubicar 5 nuevas oficinas de farmacia en el municipio de Santa Eulàlia des Riu.
FORMENTERA
1. Municipio: 07024 FORMENTERA
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 4.
b) Población padrón: 11.545 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población padrón (hab.) |
07024 FORMENTERA |
11.545 |
070240001 Es Caló |
522 |
070240002 Cap de Barbaria |
1.670 |
070240003 Pilar de la Mola |
965 |
070240004 Es Pujols |
836 |
070240005 Ses Salines |
8 |
070240006 Sant Ferran de ses Roques |
2.785 |
070240007 Sant Francesc de Formentera |
3.410 |
070240008 La Savina |
877 |
070240009 Ses Bardetes |
472 |
c) Plazas turísticas: 7.748 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
Bardetes, ses |
36 |
Cala Saona |
271 |
Pilar de la Mola |
74 |
Playa de Migjorn |
1.662 |
Playa des Caló |
357 |
Playa dels Arenals |
1.638 |
Pujols, es |
2.592 |
Punta Prima, sa |
250 |
Salines, ses |
39 |
Sant Ferran de ses Roques |
224 |
Sant Francesc de Formentera |
99 |
Savina, la |
506 |
TOTAL FORMENTERA |
7.748 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 1.333 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
|
Datos |
B |
Censo población 2014 |
11.545 |
C |
Total plazas turísticas |
7.748 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
3.099 |
E |
Viviendas secundarias |
1.335 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2.58 x 30%) |
1.033 |
G |
D + F |
4.132,49 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
4 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
345 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
1 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
632,49 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
5 |
O |
Farmacias abiertas |
4 |
P |
Diferencia (N-O) |
1 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 1 (resulta por plazas turísticas).
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Formentera dispone de una población censal de 11.545 habitantes, una población estacional equivalente de 4.132,49 y tiene un total de cuatro oficinas de farmacia abiertas al público. Actualmente, la ratio de habitantes por farmacia es de 3.919,37.
De los cálculos resulta que tiene cabida una farmacia por resto estacional. Con la apertura de esta farmacia adicional la ratio pasa a ser de 3.135,05 habitantes por farmacia.
Todos los núcleos de cierta relevancia (más de 1000 habitantes) ya disponen de una oficina de farmacia, por lo que la farmacia resultante se tiene que ubicar en cualquiera de los núcleos del municipio.
ANEXO 3
Relación de zonas farmacéuticas o unidades territoriales menores definidas en la planta farmacéutica en las cuales no se cumplen las condiciones para abrir una nueva oficina de farmacia
1. Municipio: 07004 ALGAIDA
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 2.
b) Población padrón: 5.354 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población (hab.) |
07004 ALGAIDA |
5.354 |
070040001 Algaida |
4.659 |
070040003 Pina |
589 |
070040005 Randa |
106 |
c) Plazas turísticas: 131 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
Algaida |
50 |
Pina |
31 |
Randa |
50 |
TOTAL ALGAIDA |
131 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 335 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
5.354 |
C |
Total plazas turísticas |
131 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
52 |
E |
Viviendas secundarias |
335 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
259 |
G |
D + F |
311,69 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
1 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
2.554 |
J |
Farmacias por resto censo |
1 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
311,69 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
2 |
O |
Farmacias abiertas |
2 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
La ratio habitantes/farmacia del municipio de Algaida es de 5.354 habitantes para dos oficinas de farmacia abiertas al público. (5.354/2=2.677).
2. Municipio: 07005 ANDRATX
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 6.
b) Población padrón: 10806 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población (hab.) |
07005 ANDRATX |
10.806 |
070050001 Andratx |
7.159 |
070050002 Camp de Mar |
198 |
070050003 Port d'Andratx |
2.372 |
070050004 Arracó, s’ |
740 |
070050005 Sant Elm - sa Dragonera |
336 |
c) Plazas turísticas: 3.586 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
Andratx |
14 |
Arracó, s’ |
8 |
Camp de Mar |
2.492 |
Port d'Andratx |
646 |
Sant Elm |
426 |
TOTAL ANDRATX |
3.586 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 2.510 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
10.806 |
C |
Total plazas turísticas |
3.586 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
1.434 |
E |
Viviendas secundarias |
2.510 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
1.943 |
G |
D + F |
3.377,14 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
3 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
2.406 |
J |
Farmacias por resto censo |
1 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
3.377,14 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
4 |
O |
Farmacias abiertas |
6 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Andratx tiene una población de 10.806 habitantes censados y un total de seis oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio habitantes/farmacia del municipio de Andratx es de 1.801 habitantes.
3. Municipio: 07901 ARIANY
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 1.
b) Población padrón: 903 hab. (datos INE 01/01/2014).
c) Plazas turísticas: 42 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 80 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
903 |
C |
Total plazas turísticas |
42 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
17 |
E |
Viviendas secundarias |
80 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
62 |
G |
D + F |
78,72 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
0 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
903 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
78,72 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
0 |
O |
Farmacias abiertas |
1 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Ariany tiene una población de 903 habitantes censados y una única oficina de farmacia abierta al público.
4. Municipio: 07006 ARTÀ
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 4.
b) Población padrón: 7.382 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población (hab.) |
07006 ARTÀ |
7.382 |
070060001 Artà |
6.598 |
070060002 Colònia de Sant Pere |
543 |
070060004 Urb. Betlem |
50 |
070060005 Urb. Montferrutx |
122 |
070060006 Urb. S’Estanyol |
37 |
070060007 Urb. Sant Pere |
32 |
c) Plazas turísticas: 344 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
Artà |
190 |
Colònia de Sant Pere |
116 |
Betlem |
38 |
TOTAL ARTÀ |
344 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 580 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
7.382 |
C |
Total plazas turísticas |
344 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
138 |
E |
Viviendas secundarias |
580 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
449 |
G |
D + F |
586,52 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
2 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
1.782 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
586,52 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
2 |
O |
Farmacias abiertas |
4 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Artà tiene una población de 7.382 habitantes censados y un total de cuatro oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio habitantes/farmacia del municipio de Artà es de 1.845 habitantes.
5. Municipio: 07007 BANYALBUFAR
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 1.
b) Población padrón: 553 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población (hab.) |
07007 BANYALBUFAR |
553 |
070070001 Banyalbufar |
465 |
070070002 Port des Canonge |
45 |
070070003 Son Coll |
43 |
c) Plazas turísticas: 231 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 205 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
553 |
C |
Total plazas turísticas |
231 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
92 |
E |
Viviendas secundarias |
205 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
159 |
G |
D + F |
251,07 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
0 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
553 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
251,07 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
0 |
O |
Farmacias abiertas |
1 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Banyalbufar tiene una población de 553 habitantes censados y una sola oficina de farmacia abierta al público.
6. Municipio: 07009 BUGER
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 1.
b) Población padrón: 1030 hab. (datos INE 01/01/2014).
c) Plazas turísticas: 12 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 25 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
1.030 |
C |
Total plazas turísticas |
12 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
5 |
E |
Viviendas secundarias |
25 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
19 |
G |
D + F |
24,15 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
0 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
1.030 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
24,15 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
0 |
O |
Farmacias abiertas |
1 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Búger tiene una población de 1.030 habitantes censados y una única oficina de farmacia abierta al público.
7. Municipio: 07010 BUNYOLA
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 2.
b) Población padrón: 6.662 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población (hab.) |
07010 BUNYOLA |
6.662 |
070100001 Baix des Puig |
|
070100002 Bunyola |
4.591 |
070100003 Orient |
11 |
070100004 Palmanyola |
2.060 |
c) Plazas turísticas: 218 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 675 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
6.662 |
C |
Total plazas turísticas |
218 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
87 |
E |
Viviendas secundarias |
675 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
522 |
G |
D + F |
609,65 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
2 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
1.062 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
609,65 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
2 |
O |
Farmacias abiertas |
2 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Bunyola tiene una población de 6.662 habitantes censados y dos oficinas de farmacia abiertas al público.
8. Municipio: 07011 CALVIÀ
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 30.
b) Población padrón: 50.363 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población (hab.) |
07011 CALVIÀ |
50.363 |
070110001 Cas Català-Illetes |
3.229 |
070110002 Badia de Palma |
820 |
070110003 Calvià |
2.515 |
07011000301 Calvià |
2.246 |
070110004 Capdellà, es |
1.038 |
070110005 Costa de la Calma |
1.546 |
070110006 Costa d’en Blanes |
1.918 |
070110007 Magaluf |
4.384 |
070110008 Peguera |
3.884 |
070110009 Palmanova |
6.583 |
070110010 Porrassa, sa |
124 |
070110011 Portals Nous |
2.441 |
070110012 Santa Ponça |
10.875 |
070110013 Castell de Bendinat |
471 |
070110014 Galatzó |
1.590 |
070110015 Portals Vells |
31 |
070110016 Sol de Mallorca |
728 |
070110017 Son Ferrer |
5.845 |
070110018 Toro, el |
2.341 |
c) Plazas turísticas: 60.004 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleo de población |
Plazas turísticas |
Cala Fornells |
640 |
Cala Vinyes |
1.212 |
Calvià |
77 |
El Capdellà |
82 |
Cas Català-Illetes |
2.468 |
Costa de la Calma |
996 |
Costa de Blanes |
542 |
Magaluf |
13.562 |
Palmanova |
14.004 |
Peguera |
12.594 |
Portals Nous |
2.221 |
Santa Ponça |
10.529 |
Son Caliu |
939 |
Toro, el |
138 |
TOTAL CALVIÀ |
60.004 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 12.960 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
50.363 |
C |
Total plazas turísticas |
60.004 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
24.002 |
E |
Viviendas secundarias |
12.960 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
10.031 |
G |
D + F |
34.032,64 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
17 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
2.763 |
J |
Farmacias por resto censo |
1 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
9 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
2.532,64 |
M |
Farmacias por resto estacional |
1 |
N |
Farmacias posibles |
28 |
O |
Farmacias abiertas |
30 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Calvià tiene una población de 50.363 habitantes censados y un total de treinta oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio habitantes/farmacia del municipio de Calvià es de 1.679 habitantes (teniendo en cuenta solo datos del censo de población).
9. Municipio: 07012 CAMPANET
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 1.
b) Población padrón: 2.554 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población (hab.) |
07012 CAMPAMET |
2.554 |
070120001 Campanet |
2.533 |
070120002 Ullaró |
21 |
c) Plazas turísticas: 129 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
Campanet |
117 |
Ullaró |
12 |
TOTAL CAMPANET |
129 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 265 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
2.554 |
C |
Total plazas turísticas |
129 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
52 |
E |
Viviendas secundarias |
265 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
205 |
G |
D + F |
256,71 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
0 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
2.554 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
256,71 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
0 |
O |
Farmacias abiertas |
1 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Campanet tiene una población de 2.554 habitantes censados y una sola oficina de farmacia abierta al público que está situada en el núcleo de Campanet.
10. Municipio: 07013 CAMPOS
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 4.
b) Población padrón: 9.765 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población (hab.) |
07013 CAMPOS |
9.765 |
070130001 Campos |
8.687 |
070130002 Covetes, ses |
60 |
070130004 Ràpita, sa |
839 |
070130005 Sorda, sa |
5 |
070130006 Son Catlar de Dalt |
106 |
070130007 Vinyola, sa |
68 |
c) Plazas turísticas: 559 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
Campos |
518 |
Sa Ràpita |
41 |
TOTAL CAMPOS |
559 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 1.540 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
9.765 |
C |
Total plazas turísticas |
559 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
224 |
E |
Viviendas secundarias |
1.540 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
1.192 |
G |
D + F |
1.415,56 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
3 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
1.365 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
1.415,56 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
3 |
O |
Farmacias abiertas |
4 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Campos tiene una población de 9.765 habitantes censados y un total de cuatro oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio habitantes/farmacia del municipio de Campos es de 2.441 habitantes (teniendo en cuenta sólo datos del censo poblacional).
11. Municipio: 07014 CAPDEPERA
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 6.
b) Población padrón: 11.385 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población (hab.) |
07014 CAPDEPERA |
11.385 |
070140001 Cala Rajada |
6.035 |
070140002 Capdepera |
3.493 |
070140003 Font de sa Cala, sa |
232 |
070140004 Cala Gat |
45 |
070140005 Cala Lliteres |
608 |
070140006 Cala Mesquida |
38 |
070140007 Canyamel |
326 |
070140008 Cargador, es |
50 |
070140009 Pedruscada, sa |
233 |
070140010 Provençañs, es |
110 |
070140011 Son Moll |
215 |
c) Plazas turísticas: 18.239 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleo de población |
Plazas turísticas |
Cala Mesquida |
1.754 |
Cala Rajada |
12.112 |
Canyamel |
2.283 |
Capdepera |
130 |
Font de sa Cala |
1.960 |
TOTAL CAPDEPERA |
18.239 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 1.123 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
11.385 |
C |
Total plazas turísticas |
18.239 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
7.296 |
E |
Viviendas secundarias |
1.123 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
869 |
G |
D + F |
8.164,80 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
4 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
185 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
2 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
1.164,80 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
6 |
O |
Farmacias abiertas |
6 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Capdepera tiene una población de 11. 385 habitantes censados y un total de seis oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio habitantes/farmacia del municipio de Capdepera es de 1.898 habitantes (teniendo en cuenta sólo datos del censo poblacional).
12. Municipio: 07016 CONSELL
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 1.
b) Población padrón: 3.859 hab. (datos INE 01/01/2014).
c) Plazas turísticas: 50 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 305 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
3859 |
C |
Total plazas turísticas |
50 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
20 |
E |
Viviendas secundarias |
305 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
236 |
G |
D + F |
256,07 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
1 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
1.059 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
256,07 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
1 |
O |
Farmacias abiertas |
1 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Consell tiene una población de 3.859 habitantes censados y una sola oficina de farmacia abierta al público.
13. Municipio: 07017 COSTITX
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 1.
b) Población padrón: 1.183 hab. (datos INE 01/01/2014).
c) Plazas turísticas: 23 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 15 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
1.183 |
C |
Total plazas turísticas |
23 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
9 |
E |
Viviendas secundarias |
15 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
12 |
G |
D + F |
20,81 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
0 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
1.183 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
20,81 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
0 |
O |
Farmacias abiertas |
1 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Costitx tiene una población de 1.183 habitantes censados y una única oficina de farmacia abierta al público.
14. Municipio: 07018 DEIÀ
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 1.
b) Población padrón: 768 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población (hab.) |
07018 DEIÀ |
768 |
070180001 Deià |
683 |
070180002 Llucalcari |
16 |
070180003 Cala de Deià, sa |
9 |
070180004 Coves, ses |
9 |
070180005 Empeltada, s’ |
25 |
070180006 Son Coll |
26 |
c) Plazas turísticas: 439 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
Deià |
360 |
Llucalcari |
79 |
TOTAL DEIÀ |
439 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 390 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
768 |
C |
Total plazas turísticas |
439 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
176 |
E |
Viviendas secundarias |
390 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
302 |
G |
D + F |
477,46 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
0 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
768 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
477,46 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
0 |
O |
Farmacias abiertas |
1 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Deià tiene una población de 768 habitantes censados y una sola oficina de farmacia.
15. Municipio: 07021 ESTELLENCS
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 1.
b) Población padrón: 344 hab. (datos INE 01/01/2014).
c) Plazas turísticas: 153 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 85 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
344 |
C |
Total plazas turísticas |
153 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
61 |
E |
Viviendas secundarias |
85 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
66 |
G |
D + F |
126,99 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
0 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
344 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según Población Equivalente (R>2.500) |
126,99 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
0 |
O |
Farmacias abiertas |
1 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Estellencs tiene una población de 344 habitantes censados y una oficina de farmacia abierta al público.
16. Municipio: 07022 FELANITX
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 4.
b) Población padrón: 17.291 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población (hab.) |
07022 FELANITX |
17.291 |
070220001 Cas Concos |
856 |
070220002 Carritxó, es |
215 |
070220003 Felanitx |
9.517 |
070220004 Horta, s’ |
1.074 |
070220006 Portocolom |
4.224 |
070220007 Son Mesquida |
337 |
070220008 Son Negre |
203 |
070220009 Son Proenç |
288 |
070220010 Son Valls |
191 |
070220011 Cala Ferrera |
254 |
070220012 Cala Serena |
132 |
c) Plazas turísticas: 6.342 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
Cala Ferrera |
3.011 |
Cala Serena |
535 |
Felanitx |
243 |
Horta, s’ |
16 |
Portocolom |
2.537 |
TOTAL FELANITX |
6.342 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 1.885 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
17.291 |
C |
Total plazas turísticas |
6.342 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
2.537 |
E |
Viviendas secundarias |
1.885 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
1.459 |
G |
D + F |
3.995,79 |
H |
Farmacias por Censo (B/2.800) |
6 |
I |
Resto según Censo (R>2.000) |
491 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
1 |
L |
Resto según Población Equivalente (R>2.500) |
495,79 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
7 |
O |
Farmacias abiertas |
9 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Felanitx tiene una población de 17.291 habitantes censados y un total de nueve oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio habitantes/farmacia del municipio de Felanitx es de 1.921 habitantes (teniendo en cuenta sólo datos del censo poblacional).
17. Municipio: 07025 FORNALUTX
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 1.
b) Población padrón: 704 hab. (datos INE 01/01/2014).
c) Plazas turísticas: 121 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 120 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
704 |
C |
Total plazas turísticas |
121 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
48 |
E |
Viviendas secundarias |
120 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
93 |
G |
D + F |
141,28 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
0 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
704 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
141,28 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
0 |
O |
Farmacias abiertas |
1 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Fornalutx tiene una población de 704 habitantes censados y una oficina de farmacia abierta al público.
18. Municipio: 07028 LLORET DE VISTALEGRE
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 1.
b) Población padrón: 1.251 hab. (datos INE 01/01/2014).
c) Plazas turísticas: 38 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 125 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
1.251 |
C |
Total plazas turísticas |
38 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
15,20 |
E |
Viviendas secundarias |
125 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
97 |
G |
D + F |
111,95 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
0 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
1.251 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
111,95 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
0 |
O |
Farmacias abiertas |
1 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Lloret de Vistalegre tiene una población de 1.251 habitantes censados y una oficina de farmacia abierta al público.
19. Municipio: 07029 LLOSETA
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 2.
b) Población padrón: 5.686 hab. (datos INE 01/01/2014).
c) Plazas turísticas: 25 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 135 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo Población 2014 |
5.686 |
C |
Total plazas turísticas |
25 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
10 |
E |
Viviendas secundarias |
135 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
104 |
G |
D + F |
114,49 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
2 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
86 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
114,49 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
2 |
O |
Farmacias abiertas |
2 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Lloseta tiene una población de 5.686 habitantes censados y dos oficinas de farmacia abiertas al público. (Ratio habitantes/farmacia: 2.843).
20. Municipio: 07030 LLUBÍ
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 1.
b) Población padrón: 2.216 hab. (datos INE 01/01/2014).
c) Plazas turísticas: 30 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 195 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
2.216 |
C |
Total plazas turísticas |
30 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
12 |
E |
Viviendas secundarias |
195 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
151 |
G |
D + F |
162,93 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
0 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
2.216 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
162,93 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
0 |
O |
Farmacias abiertas |
1 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Llubí tiene una población de 2.216 habitantes censados y una sola oficina de farmacia abierta al público.
21. Municipio: 07034 MANCOR DE LA VALL
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 1.
b) Población padrón: 1.309 hab. (datos INE 01/01/2014).
c) Plazas turísticas: 0 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 40 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
1.309 |
C |
Total plazas turísticas |
0 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
0 |
E |
Viviendas secundarias |
40 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
31 |
G |
D + F |
30,96 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
0 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
1.309 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
30,96 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
0 |
O |
Farmacias abiertas |
1 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Mancor de la Vall tiene una población de 1.309 habitantes censados y una sola oficina de farmacia abierta al público.
22. Municipio: 07035 MARIA DE LA SALUT
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 1.
b) Población padrón: 2.114 hab. (datos INE 01/01/2014).
c) Plazas turísticas: 44 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 155 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
2.114 |
C |
Total plazas turísticas |
44 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
18 |
E |
Viviendas secundarias |
155 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
120 |
G |
D + F |
137,57 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
0 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
2.114 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
137,57 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
0 |
O |
Farmacias abiertas |
1 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Maria de la Salut tiene una población de 2.114 habitantes censados y una oficina de farmacia abierta al público.
23. Municipio: 07038 MONTUÏRI
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 1.
b) Población padrón: 2.888 hab. (datos INE 01/01/2014).
c) Plazas turísticas: 142 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 155 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
2.888 |
C |
Total plazas turísticas |
142 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
57 |
E |
Viviendas secundarias |
155 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
120 |
G |
D + F |
176,77 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
1 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
88 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
176,77 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
1 |
O |
Farmacias abiertas |
1 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Montuïri tiene una población de 2.888 habitantes censados y una sola oficina de farmacia abierta al público.
24. Municipio: 07039 MURO
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 4.
b) Población padrón: 6.808 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población (hab.) |
07039 MURO |
6.808 |
070390001 Muro |
6.327 |
070390002 Platja de Muro |
481 |
c) Plazas turísticas: 17.084 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
Muro |
1.293 |
Platja de Muro |
15.791 |
TOTAL MURO |
17.084 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 765 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
6.808 |
C |
Total plazas turísticas |
17.084 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
6.834 |
E |
Viviendas secundarias |
765 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
592 |
G |
D + F |
7.425,71 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
2 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
1.208 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
2 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
425,71 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
4 |
O |
Farmacias abiertas |
4 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Muro tiene una población de 6.808 habitantes censados y un total de cuatro oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio habitantes/farmacia del municipio es de 1.702 habitantes (teniendo en cuenta sólo datos del censo poblacional).
25. Municipio: 07040 PALMA
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 149.
b) Población padrón: 399.093 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población (hab.) |
07040 PALMA |
399.093 |
070400001 Aranjassa, s’ |
1.032 |
070400003 Can Pastilla |
5.103 |
070400005 Casa Blanca, sa |
1.355 |
070400006 Coll de’n Rabassa, es |
10.652 |
070400007 Creu Vermella, sa |
9.397 |
070400008 Establiments |
2.799 |
070400009 Gènova |
3.990 |
070400010 Indioteria, sa |
4.974 |
070400012 Palma |
297.547 |
070400013 Pil·larí, es |
1.897 |
070400014 Sant Agustí |
14.536 |
070400015 Sant Jordi |
2.730 |
070400016 Secar de la Real, es |
5.394 |
070400017 Son Santjoan |
120 |
070400018 Son Sardina |
2.818 |
070400019 Vileta, sa |
23.206 |
070400020 Platja de Palma |
11.543 |
c) Plazas turísticas: 43.511 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleo de población |
Plazas turísticas |
Arenal, s’ |
554 |
Cala Major |
1.850 |
Can Pastilla |
6.769 |
Son Martorell Nou ( Ciudad Jardín) |
204 |
Las Maravillas |
146 |
Marivent |
172 |
Palma |
8.359 |
Pil·larí, es |
41 |
Platja de Palma |
24.510 |
Sant Agustí |
292 |
Sometimes |
429 |
Son Vida |
185 |
TOTAL PALMA |
43.511 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 6.521 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
399.093 |
C |
Total plazas turísticas |
43.511 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
17.404 |
E |
Viviendas secundarias |
6.520 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
5.047 |
G |
D + F |
22.451,65 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
142 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
1.493 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
6 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
1.451,65 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
148 |
O |
Farmacias abiertas |
149 |
P |
Diferencia (N-O) |
-1 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
La ratio habitantes/farmacia del municipio de Palma es de 2.678 habitantes para 149 oficinas de farmacia abiertas al público. (399.093/149= 2.678).
26. Municipio: 07041 PETRA
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 1.
b) Población padrón: 2.812 hab. (datos INE 01/01/2014).
c) Plazas turísticas: 46 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 10 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
2.812 |
C |
Total plazas turísticas |
46 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
18 |
E |
Viviendas secundarias |
10 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
8 |
G |
D + F |
26,14 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
1 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
12 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
26,14 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
1 |
O |
Farmacias abiertas |
1 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Petra tiene una población de 2.812 habitantes censados y una sola oficina de farmacia abierta al público.
27. Municipio: 07044 POBLA (SA)
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 4.
b) Población padrón: 12.709 hab. (datos INE 01/01/2014. Fuente: IBESTAT).
c) Plazas turísticas: 31(dades 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 353 (datos INE 2011)
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
12.709 |
C |
Total plazas turísticas |
31 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
12 |
E |
Viviendas secundarias |
353 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
273 |
G |
D + F |
285,62 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
4 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
1.509 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
285,62 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
4 |
O |
Farmacias abiertas |
5 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de sa Pobla tiene una población de 12.709 habitantes censados y cuatro oficinas de farmacia abiertas al público. (La ratio habitantes/farmacia es de 3.177).
28. Municipio: 07042 POLLENÇA
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 8.
b) Población padrón: 16.088 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población (hab.) |
07042 POLLENÇA |
16.088 |
070420001 Can Singala |
36 |
070420003 Cala de Sant Vicenç |
262 |
070420004 Pollença |
8.899 |
070420005 Port de Pollença |
6.640 |
070420006 Aeródromo militar |
47 |
070420007 Bellresguard |
17 |
070420008 Font, la |
30 |
070420009 Molí de Síller, el (Las Palmeras) |
128 |
070420010 Vilar, el |
25 |
070420011 Hábitat |
4 |
c) Plazas turísticas: 7.116 (Datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
Cala de Sant Vicenç |
765 |
Pollença |
210 |
Port de Pollença |
6.141 |
TOTAL POLLENÇA |
7.116 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 4.130 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
16.088 |
C |
Total plazas turísticas |
7.116 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
2.846 |
E |
Viviendas secundarias |
4.130 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
3.197 |
G |
D + F |
6.043,02 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
5 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
2.088 |
J |
Farmacias por resto censo |
1 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
1 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
2.543,02 |
M |
Farmacias por resto estacional |
1 |
N |
Farmacias posibles |
8 |
O |
Farmacias abiertas |
8 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Pollença tiene una población de 16.088 habitantes censados y un total de ocho oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio habitantes/farmacia del municipio de Pollença es de 2.011 habitantes (teniendo en cuenta sólo datos del censo poblacional).
29. Municipio: 07045 PUIGPUNYENT
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 1.
b) Población padrón: 2.016 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población (hab.) |
07045 PUIGPUNYENT |
2.016 |
070450001 Galilea |
338 |
070450002 Puigpunyent |
1.593 |
070450003 Son Serralta |
85 |
c) Plazas turísticas: 172 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
Galilea |
25 |
Puigpunyent |
147 |
TOTAL PUIGPUNYENT |
172 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 166 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
2.016 |
C |
Total plazas turísticas |
172 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
69 |
E |
Viviendas secundarias |
166 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
128 |
G |
D + F |
197,28 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
0 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
2.016 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
197,28 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
0 |
O |
Farmacias abiertas |
1 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Puigpunyent tiene una población de 2.016 habitantes censados y una sola oficina de farmacia abierta al público.
30. Municipio: 07049 SANT JOAN
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 1.
b) Población padrón: 2.030 hab. (datos INE 01/01/2014).
c) Plazas turísticas: 0 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 70 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
2.030 |
C |
Total plazas turísticas |
0 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
0 |
E |
Viviendas secundarias |
70 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
54 |
G |
D + F |
54,18 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
0 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
2.030 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
54,18 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
0 |
O |
Farmacias abiertas |
1 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Sant Joan tiene una población de 2.030 habitantes censados y una única oficina de farmacia abierta al público.
31. Municipio: 07051 SANT LLORENÇ DES CARDASSAR
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 6. Botiquines farmacéuticos: 1 (Cala Mesquida).
b) Población padrón: 8.320 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleos de población |
Población (hab.) |
07051 SANT LLORENÇ DES CARDASSAR |
8.320 |
070510001 Illot, s’ |
236 |
070510002 Sant Llorenç des Cardassar |
3.449 |
070510003 Son Carrió |
1.086 |
070510004 Son Moro |
778 |
070510005 Coma, sa |
2.661 |
070510006 Son Moro Bonavista |
110 |
c) Plazas turísticas: 25.229 (Datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
Cala Millor |
11.537 |
Coma, sa |
11.260 |
Illot, s’ |
2.251 |
Sant Llorenç des Cardassar |
130 |
Son Moro Bonavista |
51 |
TOTAL SANT LLORENÇ DES CARDASSAR |
25.229 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 1.215 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
8.320 |
C |
Total plazas turísticas |
25.229 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
10.092 |
E |
Viviendas secundarias |
1.215 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
940 |
G |
D + F |
11.032 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
2 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
2.720 |
J |
Farmacias por resto censo |
1 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
3 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
532,01 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
6 |
O |
Farmacias abiertas |
6 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Sant Llorenç des Cardassar dispone de un total de seis oficinas de farmacia abiertas al público. Tiene una población de 8.320 habitantes censados y una gran cantidad de plazas turísticas, 25.229, situadas principalmente en los núcleos de Cala Millor y sa Coma.
32. Municipio: 07053 SANTA EUGÈNIA
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 1.
b) Población padrón: 1.652 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población (hab.) |
07053 SANTA EUGÈNIA |
1.652 |
070530001 Alqueries, ses |
116 |
070530002 Coves, ses |
27 |
070530003 Olleries, ses |
134 |
070530004 Santa Eugènia |
1.375 |
c) Plazas turísticas: 10 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 195 (datos INE 2011)
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
1.652 |
C |
Total plazas turísticas |
10 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
4 |
E |
Viviendas secundarias |
195 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
151 |
G |
D + F |
154,93 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
0 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
1.652 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
154,93 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
0 |
O |
Farmacias abiertas |
1 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Santa Eugènia tiene una población de 1.652 habitantes censados y una sola oficina de farmacia abierta al público.
33. Municipio: 07055 SANTA MARGALIDA
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 6.
b) Población padrón: 11.680 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población (hab.) |
07055 SANTA MARGALIDA |
11.680 |
070550001 Can Picafort |
7.296 |
070550002 Santa Margalida |
3.779 |
070550003 Son Serra de Marina |
605 |
c) Plazas turísticas: 13.217 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
Can Picafort |
13.083 |
Santa Margalida |
134 |
TOTAL SANTA MARGALIDA |
13.217 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 2.115 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
11.680 |
C |
Total plazas turísticas |
13.217 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
5.287 |
E |
Viviendas secundarias |
2.115 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
1.637 |
G |
D + F |
6.923,81 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
4 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
480 |
J |
Farmacias por resto censo |
1 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
3.423,81 |
M |
Farmacias por resto estacional |
1 |
N |
Farmacias posibles |
6 |
O |
Farmacias abiertas |
6 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Santa Margalida tiene una población de 11. 680 habitantes censados y un total de seis oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio habitantes/farmacia del municipio de Santa Margalida es de 1.947 habitantes (teniendo en cuenta sólo datos del censo poblacional).
34. Municipio: 07056 SANTA MARIA DEL CAMÍ
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 2.
b) Población padrón: 6.591 hab. (datos INE 01/01/2014).
c) Plazas turísticas: 77 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 220 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
6.591 |
C |
Total plazas turísticas |
77 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
31 |
E |
Viviendas secundarias |
220 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
170 |
G |
D + F |
201,08 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
2 |
I |
Resto según Censo (R>2.000) |
991 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
201,08 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
2 |
O |
Farmacias abiertas |
2 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Santa Maria del Camí tiene una población de 6.591 habitantes censados y dos oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio de habitantes/farmacia es de 3.295(teniendo en cuenta sólo datos del censo poblacional)..
35. Municipio: 07057 SANTANYÍ
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 9.
b) Población padrón: 11.636 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población (hab.) |
07057 SANTANYÍ |
11.636 |
070570001 Alquería Blanca, s’ |
1.003 |
070570002 Cala d'Or |
3.784 |
070570003 Cala Figuera |
647 |
070570004 Calonge |
887 |
070570005 Costa, la |
25 |
070570006 Llombards, es |
543 |
070570007 Portopetro |
627 |
070570008 Santanyí |
3.325 |
070570009 Cala Llombards |
294 |
070570010 Cala Santanyí |
414 |
070570011 Cap d’es Moro, es |
87 |
c) Plazas turísticas: 16.889 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
Alqueria Blanca, s’ |
22 |
Cala d'Or |
12.568 |
Cala Figuera |
809 |
Cala Mondragó |
180 |
Cala Santanyí |
691 |
Portopetro |
2.549 |
Santanyí |
70 |
TOTAL SANTANYÍ |
16.889 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 3.455 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
11.636 |
C |
Total plazas turísticas |
16.889 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
6.756 |
E |
Viviendas secundarias |
3.455 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
2.674 |
G |
D + F |
9.429,77 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
4 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
436 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
2 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
2.429,77 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
6 |
O |
Farmacias abiertas |
9 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Santanyí tiene una población de 11. 636 habitantes censados, un total de 16.889 plazas turísticas y un total de nueve oficinas de farmacia abiertas al público.
36. Municipio: 07058 SELVA
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 2. Botiquines abiertos al público: 1.
b) Población padrón: 3.858 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población (hab.) |
07058 SELVA |
3.858 |
070580001 Biniamar |
384 |
070580002 Caimari |
751 |
070580003 Moscari |
561 |
070580004 Selva |
2.162 |
c) Plazas turísticas: 210 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
Caimari |
46 |
Moscari |
26 |
Selva |
108 |
TOTAL SELVA |
210 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 495 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo Población 2014 |
3.858 |
C |
Total Plazas turísticas |
210 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
84 |
E |
Viviendas secundarias |
495 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
383 |
G |
D + F |
467,13 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
1 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
1.058 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
467,13 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
1 |
O |
Farmacias abiertas |
2 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Selva tiene una población de 3.858 habitantes censados, y dispone de un total de dos oficinas de farmacia abiertas al público y de un botiquín.
37. Municipio: 07047 SENCELLES
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 1.
b) Población padrón: 3.073 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población (hab.) |
07047 SENCELLES |
3.073 |
070470001 Biniali |
211 |
070470002 Cascanar |
1 |
070470003 Jornets |
17 |
070470004 Ruberts |
18 |
070470005 Sencelles |
2.826 |
c) Plazas turísticas: 81 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
Ruberts |
39 |
Sencelles |
42 |
TOTAL SENCELLES |
81 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 460 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
3.073 |
C |
Total plazas turísticas |
81 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
32 |
E |
Viviendas secundarias |
460 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
356 |
G |
D + F |
388,44 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
1 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
273 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
388,44 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
1 |
O |
Farmacias abiertas |
1 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Sencelles tiene una población de 3.073 habitantes censados y dispone de una única oficina de farmacia.
38. Municipio: 07059 SES SALINES
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 2.
b) Población padrón: 5.050 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población (hab.) |
07059 SALINES, SES |
5.050 |
070590002 Colònia de Sant Jordi |
2.766 |
070590003 Salines, ses |
2.284 |
c) Plazas turísticas: 4.018 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
Colònia de Sant Jordi |
3.883 |
Ses Salines |
135 |
TOTAL SES SALINES |
4.018 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 800 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
5.050 |
C |
Total plazas turísticas |
4.018 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
1.607 |
E |
Viviendas secundarias |
800 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
619 |
G |
D + F |
2.226,40 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
1 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
2.250 |
J |
Farmacias por resto censo |
1 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
2.226,40 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
2 |
O |
Farmacias abiertas |
2 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de ses Salines tiene una población de 5.050 habitantes censados y un total de dos oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio habitantes/farmacia del municipio de ses Salines es de 2.525 habitantes (teniendo en cuenta sólo datos del censo poblacional.
39. Municipio: 07060 SINEU
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 2.
b) Población padrón: 3.681 hab. (datos INE 01/01/2014. Fuente: IBESTAT).
c) Plazas turísticas: 99 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 85 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
3.681 |
C |
Total plazas turísticas |
99 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
40 |
E |
Viviendas secundarias |
85 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
66 |
G |
D + F |
105,39 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
1 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
881 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
105,39 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
1 |
O |
Farmacias abiertas |
2 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Sineu tiene una población de 3.681 habitantes censados y dispone de dos oficinas de farmacia.
40. Municipio: 07061 SÓLLER
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 5.
b) Población padrón: 13842 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población (hab.) |
07061 SÓLLER |
13.842 |
070610001 Biniaraix |
510 |
070610002 Horta, s’ |
1.645 |
070610003 Port de Sóller |
2.792 |
070610004 Sóller |
8.895 |
c) Plazas turísticas: 2.971 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
Port de Sóller |
2.452 |
Sóller |
519 |
TOTAL SÓLLER |
2.971 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 1.480 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
13.842 |
C |
Total plazas turísticas |
2.971 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
1.188 |
E |
Viviendas secundarias |
1.480 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
1.146 |
G |
D + F |
2.333,92 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
4 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
2.642 |
J |
Farmacias por resto censo |
1 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
2.333,92 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
5 |
O |
Farmacias abiertas |
5 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Sóller tiene una población de 13.842 habitantes censados y dispone de un total de cinco oficinas de farmacia abiertas al público.
41. Municipio: 07062 SON SERVERA
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 6.
b) Población padrón: 11.576 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población (hab.) |
07062 SON SERVERA |
11.576 |
070620002 Cala Bona |
1.143 |
070620003 Cala Millor |
5.183 |
070620005 Costa de Son Jordi, sa |
204 |
070620008 Son Servera |
4.976 |
070620011 Port Nou, Port Verde y Port Vell |
70 |
c) Plazas turísticas: 11.591(dades 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
Cala Bona |
5.205 |
Cala Millor |
5.694 |
Costa de Son Jordi, sa |
413 |
Son Servera |
279 |
TOTAL SON SERVERA |
11.591 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 490 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo Población 2014 |
11.576 |
C |
Total plazas turísticas |
11.591 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
4.636 |
E |
Viviendas secundarias |
490 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
379 |
G |
D + F |
5.015,66 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
4 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
376 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
1 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
1.515,66 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
5 |
O |
Farmacias abiertas |
6 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Son Servera dispone de un total de seis oficinas de farmacia abiertas al público, tiene una población de 11. 576 habitantes censados y una gran cantidad de plazas turísticas 11.591, situadas principalmente en los núcleos de Cala Millor y de Cala Bona.
42. Municipio: 07063 VALLDEMOSSA
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 1.
b) Población padrón: 2.025 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población (hab.) |
07063 VALLDEMOSSA |
2.025 |
070630001 Nogueral, es |
28 |
070630002 Port de Valldemossa |
7 |
070630003 Son Ferrandell |
151 |
070630004 Valldemossa |
1.727 |
070630005 Son Maixella |
52 |
070630006 Arxiduc, s’ |
60 |
c) Plazas turísticas: 277 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 630 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
2.025 |
C |
Total plazas turísticas |
277 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
111 |
E |
Viviendas secundarias |
630 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
488 |
G |
D + F |
598,42 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
0 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
2.025 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
598,42 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
0 |
O |
Farmacias abiertas |
1 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Valldemossa tiene una población de 2.025 habitantes censados y dispone de una sola oficina de farmacia.
43. Municipio: 07065 VILAFRANCA DE BONANY
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 1.
b) Población padrón: 2.910 hab. (datos INE 01/01/2014).
c) Plazas turísticas: 68 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 95 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
2.910 |
C |
Total plazas turísticas |
68 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
27 |
E |
Viviendas secundarias |
95 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
74 |
G |
D + F |
101 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
1 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
110 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
100,73 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
1 |
O |
Farmacias abiertas |
1 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Vilafranca de Bonany tiene una población de 2.910 habitantes censados y dispone de una sola oficina de farmacia.
MENORCA
1. Municipio: 07002 ALAIOR
a) Población padrón: 9.162 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población padrón (hab.) |
07002 ALAIOR |
9.162 |
070020001 Alaior |
7.390 |
070020002 Cala en Porter |
1.058 |
070020004 Sant Jaume |
113 |
070020005 Son Bou |
95 |
070020006 Argentina, l’ |
200 |
070020007 Torre-solí Nou |
115 |
070020008 Calescoves |
79 |
070020009 Son Vitamina |
112 |
b) Plazas turísticas: 6758 (Datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo)
Núcleos de Población |
Plazas turísticas |
Alaior |
1.320 |
Cala en Porter |
1.440 |
Son Bou |
3.998 |
TOTAL ALAIOR |
6.758 |
c) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 655 (datos INE 2011).
d) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
9.162 |
C |
Total plazas turísticas |
6.758 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
2.703 |
E |
Viviendas secundarias |
655 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
507 |
G |
D + F |
3.210,17 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
3 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
762 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
3.210,17 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
3 |
O |
Farmacias abiertas |
4 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
e) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
f) Observaciones. Ubicación
El municipio de Alaior tiene una población de 9.162 habitantes censados y dispone de cuatro oficinas de farmacia abiertas al público
2. Municipio: 07015 CIUTADELLA
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 13.
b) Población padrón: 29.282 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población padrón (hab.) |
07015 CIUTADELLA DE MENORCA |
29.282 |
070150001 Almudaina, s’ |
39 |
070150002 Barranc d’ Algendar |
99 |
070150003 Ciutadella de Menorca |
21.661 |
070150004 Sant Joan de Missa |
344 |
070150005 Santandria |
3.730 |
070150006 Son Morell |
436 |
070150007 Torre-saura |
37 |
070150008 Torretrencada |
39 |
070150009 Tres Alqueries |
2731 |
070150010 Tudons, ses |
154 |
070150011 Vall, la |
12 |
c) Plazas turísticas: 21.157 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
Almudaina (s’) |
282 |
Cala Blanca |
2.374 |
Cala en Blanes |
4.336 |
Cala en Bosc |
6.410 |
Cala en Forcat |
880 |
Cala Morell |
152 |
Calespiques |
882 |
Ciutadella de Menorca |
3.913 |
Santandria |
421 |
Serpentona |
811 |
Son Carrió |
168 |
Son Xoriguer |
459 |
Torre del Ram |
69 |
TOTAL CIUTADELLA |
21.157 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 2.845 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
CONCEPTO |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
29.282 |
C |
Total plazas turísticas |
21.157 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
8.463 |
E |
Viviendas secundarias |
2.845 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
2.202 |
G |
D + F |
10.664,83 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
10 |
I |
Resto según censo (R>=2.000) |
1.282 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
3 |
L |
Resto según población equivalente (R>=2.500) |
164,83 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
13 |
O |
Farmacias abiertas |
13 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0 (se obtiene por plazas estacionales).
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Ciutadella dispone de una población censal de 29.282 habitantes, una población estacional de 10.664,83 y tiene un total de 13 oficinas de farmacia abiertas al público.
3.Municipio: 07037 ES MERCADAL
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 4.
b) Población padrón: 5.176 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población padrón (hab.) |
07037 MERCADAL, ES |
5.176 |
070370001 Fornells |
926 |
070370002 Mercadal, es |
2.782 |
070370003 Arenal d’en Castell, s’ |
423 |
070370004 Na Macaret |
118 |
070370005 Port d'Addaia |
328 |
070370006 Salines, ses |
65 |
070370007 Son Saura |
393 |
070370008 Coves Noves, ses |
141 |
c) Plazas turísticas: 6.998 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de Población |
Plazas turísticas |
Arenal d'en Castell, es |
3.167 |
Fornells |
1.027 |
Es Mercadal |
942 |
Saura, son |
1.862 |
TOTAL ES MERCADAL |
6.998 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 3.080 (datos INE 2011)
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
5.176 |
C |
Total plazas turísticas |
6.998 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
2.799 |
E |
Viviendas secundarias |
3.080 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
2.384 |
G |
D + F |
5.183,12 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
1 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
2.376 |
J |
Farmacias por resto censo |
1 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
1 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
1.683,12 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
3 |
O |
Farmacias abiertas |
4 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de es Mercadal tiene una población de 5.176 habitantes censados y dispone de cuatro oficinas de farmacia abiertas al público.
4. Municipio: 07902 ES MIGJORN GRAN
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 2.
b) Población padrón: 1.470 hab. (datos INE 051520).
c) Plazas turísticas: 3.331 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
Migjorn Gran, es |
2.974 |
Sant Tomàs |
357 |
TOTAL ES MIGJORN GRAN |
3.331 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 220 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
1.470 |
C |
Total plazas turísticas |
3.331 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
1.332 |
E |
Viviendas secundarias |
220 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
170 |
G |
D + F |
1.502,68 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
0 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
1.470 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
1.502,68 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
0 |
O |
Farmacias abiertas |
2 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de’s Migjorn Gran tiene una población de 1.470 habitantes censados y dispone de dos oficinas de farmacia abiertas al público.
5. Municipio: 07023 FERRERIES
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 1.
b) Población padrón: 4.630 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población (hab.) |
07023 FERRERIES |
4.630 |
070230001 Ferreries |
4.489 |
070230002 Cala Galdana |
141 |
c) Plazas turísticas: 1.464 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
Cala Galdana |
1.303 |
Herrerías |
161 |
TOTAL FERRERIES |
1.464 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 230 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
4.630 |
C |
Total plazas turísticas |
1.464 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
586 |
E |
Viviendas secundarias |
230 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
178 |
G |
D + F |
763,62 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
1 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
1.830 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
763,62 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
1 |
O |
Farmacias abiertas |
1 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Ferreries tiene una población de 4.630 habitantes censados y dispone de una oficina de farmacia abiertas al público.
6. Municipio: 07032 MAÓ
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 12.
b) Población padrón: 28.460 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población padrón (hab.) |
07032 MAÓ |
28.460 |
070320001 Binixíquer |
422 |
070320002 Canutells, es |
191 |
070320003 Grau, es |
165 |
070320004 Cala Llonga |
430 |
070320005 Mesquida, sa |
74 |
070320006 Murtar, es |
52 |
070320007 Sant Antoni |
94 |
070320009 Llucmaçanes |
186 |
070320010 Maó |
26.211 |
070320012 Sant Climent |
555 |
070320014 Binidalí |
80 |
c) Plazas turísticas: 1.876 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
Binidalí |
16 |
Llucmaçanes |
6 |
Maó |
1.854 |
TOTAL MAÓ |
1.876 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 1.390 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
28.460 |
C |
Total plazas turísticas |
1.876 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
750 |
E |
Viviendas secundarias |
1.390 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
1.076 |
G |
D + F |
1.826,26 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
10 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
460 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
1.826,26 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
10 |
O |
Farmacias abiertas |
12 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Maó tiene una población de 28.460 habitantes censados y dispone de doce oficinas de farmacia abiertas al público.
7. Municipio: 07052 SANT LLUÍS
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 2.
b) Población padrón: 7.472 hab. (datos INE 01/01/2014).
Núcleo de población |
Población padrón (hab.) |
07052 SANT LLUÍS |
7.472 |
070520001 Alcalfar |
181 |
070520003 Biniancolla |
79 |
070520004 Binibèquer Vell |
334 |
070520007 Binissafúller-Platja |
248 |
070520010 Pou Nou, es-Consell, es |
338 |
070520011 Punta Prima, sa |
485 |
070520012 Algar, s’ |
521 |
070520013 Ullastrar, s’ |
133 |
070520014 Sant Lluís |
3.621 |
07052001401 Sant Lluís |
2.838 |
070520015 Torret de Baix |
270 |
070520016 Binibèquer Nou |
565 |
070520017 Binissafúller Roters |
230 |
070520018 Cap d'en Font |
148 |
070520019 Son Remei-Son Ganxo |
283 |
c) Plazas turísticas: 6.049 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
Alcalfar |
148 |
Algar, s’ |
1.408 |
Biniancolla |
569 |
Punta Prima, sa |
3.118 |
Sant Lluís |
806 |
TOTAL SANT LUCIERA |
6.049 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 1.310 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
7.472 |
C |
Total plazas turísticas |
6.049 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
2.420 |
E |
Viviendas secundarias |
1.310 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2,58 x 30%) |
1.014 |
G |
D + F |
3.433,54 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
2 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
1.872 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
3.433,54 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
2 |
O |
Farmacias abiertas |
2 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Sant Lluís tiene una población de 7.472 habitantes censados y dispone de dos oficinas de farmacia abiertas al público.
EIVISSA
Municipio: 07050 SANT JOAN DE LABRITJA
a) Oficinas de farmacia abiertas al público: 3.
b) Población padrón: 5.668 hab. (datos INE (01/01/2014).
Núcleo de población |
Población padrón (hab.) |
07050 SANT JOAN DE LABRITJA |
5.668 |
070500001 Sant Joan de Labritja |
1.077 |
070500002 Sant Llorenç de Balàfia |
1.573 |
070500003 Sant Miquel de Balansat |
1.874 |
070500004 Sant Vicent de sa Cala |
336 |
070500005 Cala de Portinatx |
553 |
070500006 Cala de Sant Vicent |
115 |
070500007 Port de Sant Miquel |
140 |
c) Plazas turísticas: 5.414 (datos 2014. Fuente: Consejería de Turismo).
Núcleos de población |
Plazas turísticas |
Portinatx |
2.975 |
Sant Joan de Labritja |
215 |
Sant Llorenç de Balàfia |
29 |
Sant Miquel de Balansat |
1.568 |
Sant Vicent de sa Cala |
627 |
TOTAL SANT JOAN DE LABRITJA |
5.414 |
d) Viviendas secundarias, excluyendo las vacías: 1.340 (datos INE 2011).
e) Gráfica cálculo
A |
Concepto |
Datos |
B |
Censo población 2014 |
5.668 |
C |
Total plazas turísticas |
5.414 |
D |
Población equivalente plazas turísticas (C x 40%) |
2.166 |
E |
Viviendas secundarias |
1.340 |
F |
Equivalente viviendas secundarias (E x 2.58 x 30%) |
1.037 |
G |
D + F |
3.203 |
H |
Farmacias por censo (B/2.800) |
2 |
I |
Resto según censo (R>2.000) |
68 |
J |
Farmacias por resto censo |
0 |
K |
Farmacias estacionales (G/3.500) |
0 |
L |
Resto según población equivalente (R>2.500) |
3.202,76 |
M |
Farmacias por resto estacional |
0 |
N |
Farmacias posibles |
2 |
O |
Farmacias abiertas |
3 |
P |
Diferencia (N-O) |
0 |
f) Oficinas de farmacia posibles según el cálculo nuevo: 0.
g) Observaciones. Ubicación
El municipio de Sant Joan de Labritja tiene una población de 5.414 habitantes censados y dispone de tres oficinas de farmacia abiertas al público.
ANEXO 4
Botiquines farmacéuticos autorizados y abiertos al público
Código |
Oficina de farmacia vinculada |
Municipio |
Población |
BF003 |
PM201 Febrer Bauzà, Maria Antònia |
Selva (Mallorca) |
Moscari |
BF006 |
PM478 Partera Fuentes, Concepción |
Capdepera (Mallorca) |
Cala Mesquida |
BF007 |
PM437 Ramón Costa, Irene |
San Josep de sa Talaia (Eivissa) |
Cala Tarida |
BF008 |
PM314 Dupuy Llinás - Gisbert Bellvé |
Escorca (Mallorca) |
Lluc |
ANEXO 5
Oficinas de farmacia autorizadas y vacantes en la entrada en vigor del Decreto ley 1/2014, de 14 de noviembre, que se incluyen en el catálogo
Mallorca
1. Alcúdia ( una oficina de farmacia autorizada mediante la Resolución de 3 de octubre de 2007, BOIB nº. 154, de 13 de octubre de 2007)
Esta farmacia se autorizó de conformidad con los datos poblacionales existentes en la fecha de la solicitud de autorización y por núcleo poblacional.
Actualmente, el municipio de Alcúdia tiene una población censada de 19.768 habitantes y un total de diez oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio de habitantes censados por farmacia es de 1.977 (19.768/10), inferior a los 2.800 habitantes que establece el artículo 20.3 de la Ley para abrir una nueva oficina de farmacia. A pesar de eso, el elevado número de plazas de alojamiento turístico (26.347) y las viviendas secundarias no vacías hacen que quepa una nueva oficina de farmacia en este municipio. Esta farmacia se tiene que ubicar en el municipio de Alcúdia.
2. Binissalem ( una oficina de farmacia autorizada mediante la Resolución de 17 de septiembre de 2009, BOIB nº. 143, de 1 de octubre de 2009)
Esta farmacia se autorizó de acuerdo con los datos poblacionales existentes en la fecha de la solicitud de autorización y se ubicó por zona farmacéutica, que englobaba los municipios de Binissalem, Alaró, Consell y Sencelles. Actualmente y de acuerdo con la planta farmacéutica, la unidad territorial a efectos del cómputo poblacional es el municipio.
Esta oficina de farmacia se ha incluido en el concurso de oficinas de farmacia convocado por la Resolución de 22 de octubre de 2014 (BOIB nº. 146, de 23 de octubre de 2014), de acuerdo con el procedimiento que prevé la normativa anterior. Dado que esta farmacia estaba autorizada por zona farmacéutica, el posible adjudicatario del concurso la puede ubicar en cualquiera de los municipios que forman la zona farmacéutica.
Según los datos que se exponen a continuación, por resto censal poblacional superior a 2.000 habitantes se podría ubicar una oficina de farmacia en Binissalem o una oficina de farmacia en Alaró. Por lo tanto, según la ubicación de la nueva oficina de farmacia que resulte del concurso convocado por la Resolución de 22 de octubre de 2014, tendria cabida una oficina de farmacia en uno de estos dos núcleos de población.
Actualmente, el municipio de Binissalem tiene una población censada de 7.936 habitantes y un total de dos oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio de habitantes censados por farmacia es de 2.645 (2.645/2), inferior a los 2.800 habitantes que establece el artículo 20.3 de la Ley para abrir una nueva oficina de farmacia. Por otra parte, teniendo en cuenta los cálculos que constan en el anexo 3 de esta Resolución y, por lo tanto, la regla que establece el artículo 20.3 de la Ley, por resto poblacional superior a 2.000 habitantes (2.336) se puede incrementar la atención farmacéutica en este municipio con una oficina de farmacia adicional. Así pues, cabe una oficina de farmacia adicional que se ubica por municipio.
En estos momentos el municipio de Alaró tiene una población censada de 5.227 habitantes y un total de una oficina de farmacia abierta al público. De acuerdo con eso, no hay población censal suficiente en el municipio para abrir otra oficina de farmacia, pero teniendo en cuenta los cálculos que constan en el anexo 3 y, por lo tanto, la regla que establece el artículo 20.3 de la Ley, por resto poblacional superior a 2.000 habitantes (2.427) se puede incrementar la atención farmacéutica en este municipio con una oficina de farmacia adicional. Esta oficina de farmacia se tiene que ubicar en el municipio de de Alaró.
El municipio de Consell tiene una población censada de 3.859 habitantes y un total de una oficina de farmacia abierta al público. De acuerdo con eso, no hay población censal suficiente en el municipio para abrir otra oficina de farmacia.
El municipio de Sencelles tiene una población censada de 3.073 habitantes y un total de una oficina de farmacia abierta al público. De acuerdo con eso, no hay población censal suficiente en el municipio para abrir otra oficina de farmacia.
3. Inca (dos oficinas de farmacia autorizadas mediante la Resolución de 13 de octubre de 2009, BOIB nº. 157, de 27-10-2009, y una oficina de farmacia autorizada mediante la Resolución de 11 de mayo de 2011, BOIB nº. 79, de 31-05-2011)
Estas farmacias se autorizaron de conformidad con los datos poblacionales existentes en la fecha de la solicitud de autorización y se ubicaron por zona farmacéutica, que englobaba los municipios de Escorca, Inca, Lloseta y Mancor de la Vall. Actualmente y de acuerdo con la planta farmacéutica, la unidad territorial a efectos del cómputo poblacional es el municipio.
Actualmente, el municipio de Inca tiene una población censada de 30.625 habitantes y un total de ocho oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio de habitantes censados por farmacia es de 3.828,12 (30.625/8), por lo que hay población censal suficiente en el municipio para abrir dos farmacias nuevas, dado que con carácter general el módulo de población es una oficina de farmacia para cada 2.800 habitantes. Por otra parte, teniendo en cuenta los cálculos que constan en el anexo 3 y, por lo tanto, la regla que establece el artículo 20.3 de la Ley, por resto poblacional superior a 2.000 habitantes se puede incrementar la atención farmacéutica en este municipio con una oficina de farmacia adicional. Por lo tanto, caben tres nuevas oficinas de farmacia que se ubican por municipio.
4. Llucmajor ( dos oficinas de farmacia autorizadas mediante la Resolución de 19 de junio de 2009, BOIB nº. 99, de 9 de julio de 2009)
Estas farmacias se autorizaron de conformidad con los datos poblacionales existentes en la fecha de la solicitud de autorización y se ubicaron por zona farmacéutica, que englobaba los municipios de Algaida y Llucmajor. Actualmente y de acuerdo con la planta farmacéutica, la unidad territorial a efectos del cómputo poblacional es el municipio.
En estos momentos, el municipio de Llucmajor tiene una población censada de 34.602 habitantes y un total de doce oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio de habitantes censados por farmacia es de 2.883,50 (34.602/12), por lo que y por población censal no se puede abrir una nueva oficina de farmacia. A pesar de eso, el elevado número de plazas de alojamiento turístico (13.516) y las viviendas secundarias no vacías (2.835) hacen que quepan dos nuevas oficinas de farmacia en este municipio. Estas farmacias se tienen que ubicar en el municipio de Llucmajor.
5. Marratxí (tres oficinas de farmacia autorizadas mediante la Resolución de 8 de abril de 2009, BOIB nº. 62, de 28 de abril de 2009)
Estas farmacias se autorizaron de acuerdo con los datos poblacionales existentes en la fecha de la solicitud de autorización y se ubicaron por zona farmacéutica, que englobaba los municipios de Marratxí, Santa Maria, Santa Eugènia y Bunyola. Actualmente y de acuerdo con la planta farmacéutica, la unidad territorial a efectos del cómputo poblacional es el municipio.
Actualmente el municipio de Marratxí tiene una población censada de 35.521 habitantes y un total de ocho oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio de habitantes por farmacia es de 4.440,12 (35.521/8), por lo que hay población censal suficiente en el municipio para abrir cuatro farmacias adicionales, dado que con carácter general el módulo de población es una oficina de farmacia para cada 2.800 habitantes. Estas farmacias se tienen que ubicar en el municipio de Marratxí.
6. Vilafranca de Bonany (una oficina de farmacia autorizada mediante la Resolución de 19 de mayo de 2011, BOIB nº. 79, de 31 de mayo de 2011)
Esta farmacia se autorizó en la zona farmacéutica de Vilafranca de Bonany, que englobaba los municipios de Ariany, Montuïri, Petra, Sant Joan, Porreres, y Vilafranca de Bonany, y se ubicó en el núcleo urbano de Porreres, de conformidad con los datos poblacionales existentes en la fecha de la solicitud de autorización. Actualmente, y de acuerdo con la planta farmacéutica, la unidad territorial a efectos del cómputo poblacional es el municipio.
En estos momentos el municipio de Porreres tiene una población censada de 5.369 habitantes y un total de una oficina de farmacia abierta al público. De acuerdo con eso, no hay población censal suficiente en el municipio para abrir otra oficina de farmacia, pero teniendo en cuenta los cálculos que constan en el anexo 3 y, por lo tanto, la regla que establece el artículo 20.3 de la Ley, por resto poblacional superior a 2.000 habitantes se puede incrementar la atención farmacéutica en este municipio con una oficina de farmacia adicional. Esta oficina de farmacia se tiene que ubicar en el municipio de Porreres.
Menorca
1. Ciutadella (dos oficinas de farmacia autorizadas mediante la Resolución de 9 de diciembre de 2009, BOIB nº. 188, de 26 de diciembre de 2009)
Estas farmacias se autorizaron de acuerdo con los datos poblacionales existentes en la fecha de la solicitud de autorización y se ubicaron por zona farmacéutica, que englobaba únicamente el municipio de Ciutadella. Actualmente y de acuerdo con la planta farmacéutica, la unidad territorial a efectos del cómputo poblacional es el municipio.
Actualmente el municipio de Ciutadella tiene una población censada de 29.282 habitantes y un total de doce oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio de habitantes censados por farmacia es de 2.440 (29.282/12), por lo que no hay población censal suficiente en el municipio para abrir farmacias adicionales, dado que con carácter general el módulo de población es una oficina de farmacia para cada 2.800 habitantes. A pesar de eso, el elevado número de plazas de alojamiento turístico (21.157) y las viviendas secundarias no vacías (2.844) hacen que quepa una oficina de farmacia adicional en este municipio. Esta farmacia se tiene que ubicar en el municipio de Ciutadella.
2. Maó (dos oficinas de farmacia autorizadas mediante la Resolución de 16 de diciembre de 2009, BOIB nº. 191, de 31 de diciembre de 2009)
Estas farmacias se autorizaron de conformidad con los datos poblacionales existentes en la fecha de la solicitud de autorización y se ubicaron por zona farmacéutica, que englobaba los municipios des Castell, Maó y Sant Lluís. Actualmente y de acuerdo con la planta farmacéutica, la unidad territorial a efectos del cómputo poblacional es el municipio.
En estos momentos el municipio des Castell tiene una población censada de 7.661 habitantes y un total de dos oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio de habitantes por farmacia es de 3.830 (7.661/2), por lo que no hay población censal suficiente en el municipio para abrir farmacias adicionales, dado que con carácter general el módulo de población es una oficina de farmacia para cada 2.800 habitantes. A pesar de eso, y vista la regla que establece el artículo 20.3 de la Ley, por resto poblacional superior a 2.000 se puede incrementar la atención farmacéutica en este municipio con una oficina de farmacia adicional y no con dos como figuraba en la relación de farmacias autorizadas de acuerdo con el régimen jurídico aprobado anteriormente. Esta farmacia se tiene que ubicar en el municipio des Castell.
Actualmente el municipio de Maó tiene una población censada de 28.460 habitantes y un total de doce oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio de habitantes censados por farmacia es de 2.372 (28.460/12), por lo que no hay población censal suficiente en el municipio para abrir farmacias adicionales, dado que con carácter general el módulo de población es una oficina de farmacia para cada 2.800 habitantes. Una vez revisadas las plazas de alojamiento turístico (1.876) y las viviendas secundarias no vacías (1.390), resulta que no cabe una oficina de farmacia adicional en este municipio.
Actualmente, el municipio de Sant Lluís tiene una población censada de 7.472 habitantes y un total de dos oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio de habitantes censados por farmacia es de 3.736 (7.472/2), por lo que no hay población censal suficiente en el municipio para abrir farmacias adicionales, dado que con carácter general el módulo de población es una oficina de farmacia para cada 2.800 habitantes. Una vez revisadas las plazas de alojamiento turístico (6.049) y las viviendas secundarias (1.310) no vacías, resulta que no cabe una oficina de farmacia adicional en este municipio.
Eivissa
1. Eivissa (una oficina de farmacia autorizadas mediante la Resolución de 27 de octubre de 2011, BOIB nº. 170, de 15 de noviembre de 2011)
Esta farmacia se autorizó de conformidad con los datos poblacionales existentes en la fecha de la solicitud de autorización y se ubicó por zona farmacéutica, que englobaba únicamente el municipio de Eivissa. Actualmente y de acuerdo con la planta farmacéutica, la unidad territorial a efectos del cómputo poblacional es el municipio.
En estos momentos el municipio de Eivissa tiene una población censada de 49.693 habitantes y un total de dieciséis oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio de habitantes censados por farmacia es de 3.106 (46.693/16), por lo que hay población suficiente censal en el municipio para abrir una oficina de farmacia adicional, dado que con carácter general el módulo de población es una oficina de farmacia para cada 2.800 habitantes. Vista la regla que establece el artículo 20.3 de la Ley, por resto poblacional superior a 2.000 se puede incrementar la atención farmacéutica en este municipio con una oficina de farmacia adicional. Finalmente, el elevado número de plazas de alojamiento turístico (9.117) y las viviendas secundarias no vacías (1.434) hacen que quepa una oficina de farmacia adicional en este municipio. Por lo tanto, se pueden ubicar un total de tres oficinas de farmacia en el municipio de Eivissa.
2. Sant Antoni de Portmany (nueve oficinas de farmacia autorizadas mediante la Resolución de 29 de octubre de 2010, BOIB nº. 165, de 13 de noviembre de 2010)
Estas farmacias se autorizaron de acuerdo con los datos poblacionales existentes en la fecha de la solicitud de autorización y se ubicaron por zona farmacéutica, que englobaba los municipios de Sant Antoni de Portmany y Sant Josep de Sa Talaia. Actualmente y de acuerdo con la planta farmacéutica, la unidad territorial a efectos del cómputo poblacional es el municipio.
En estos momentos el municipio de Sant Antoni tiene una población censada de 23.359 habitantes y un total de seis oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio de habitantes censados por farmacia es de 3.893 (23.359/6), por lo que hay población censal suficiente en el municipio para abrir dos farmacias adicionales, dado que con carácter general el módulo de población es una oficina de farmacia para cada 2.800 habitantes. Por último, el elevado número de plazas de alojamiento turístico (14.726) y las viviendas secundarias no vacías (956), hacen que quepan dos oficinas de farmacia adicionales en este municipio. Por lo tanto, en el municipio de Sant Antoni de Portmany se pueden ubicar un total de cuatro oficinas de farmacia, y se propone la ubicación en el municipio de Sant Antoni de Portmany.
Actualmente el municipio de Sant Josep de sa Talaia tiene una población censada de 25.362 habitantes y un total de seis oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio de habitantes censados por farmacia es de 4.227 (25.362/6), por lo que hay población censal suficiente en el municipio para abrir tres farmacias adicionales, dado que con carácter general el módulo de población es una oficina de farmacia para cada 2.800 habitantes. Finalmente, el elevado número de plazas de alojamiento turístico (27.130) y las viviendas secundarias no vacías (4.515) hacen que quepan cuatro oficinas de farmacia adicionales en este municipio. Por lo tanto, en el municipio de Sant Josep de sa Talaia se pueden ubicar un total de siete oficinas de farmacia.
3. Santa Eulària desde Riu (cuatro oficinas de farmacia autorizadas mediante la Resolución de 29 de octubre de 2010, BOIB nº. 165, de 13 de noviembre de 2010)
Estas farmacias se autorizaron de conformidad con los datos poblacionales existentes en la fecha de la solicitud de autorización y se ubicaron por zona farmacéutica, que englobaba los municipios de Santa Eulària des Riu y Sant Joan de Labritja. Actualmente y de acuerdo con la planta farmacéutica, la unidad territorial a efectos del cómputo poblacional es el municipio.
En estos momentos el municipio de Santa Eulària des Riu tiene una población censada de 36.189 habitantes y un total de once oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio de habitantes censados por farmacia es de 3.290 (36.189/11), por lo que hay población censal suficiente en el municipio para abrir una farmacia adicional, dado que con carácter general el módulo de población es una oficina de farmacia para cada 2.800 habitantes. Vista la regla que establece el artículo 20.3 de la Ley, por resto poblacional superior a 2.000 se puede incrementar la atención farmacéutica en este municipio con una oficina de farmacia adicional. Por último, el elevado número de plazas de alojamiento turístico (21.309) y las viviendas secundarias no vacías (4.757), hacen que quepan tres oficinas de farmacia adicionales en este municipio. Por lo tanto, se pueden ubicar un total de cinco oficinas de farmacia en el municipio de Santa Eulària.
Actualmente el municipio de Sant Joan de Labritja tiene una población censada de 5.668 habitantes y un total de tres oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio de habitantes censados por farmacia es de 1.889 (5.668/3), por lo que no hay población censal suficiente en el municipio para abrir una farmacia adicional, dado que con carácter general el módulo de población es una oficina de farmacia para cada 2.800 habitantes.
ANEXO 6
Oficinas de farmacia autorizadas y vacantes en la entrada en vigor del Decreto Ley 1/2014, de 14 de noviembre, que no se incluyen en el catálogo
Mallorca
1. Andratx (1 oficina de farmacia autorizada mediante la Resolución de 11 de mayo de 2011, BOIB nº. 79, de 31 de mayo de 2011)
Esta farmacia se autorizó de conformidad con los datos poblacionales existentes en la fecha de la solicitud de autorización y se ubicó por zona farmacéutica, que englobaba el municipio de Andratx. Actualmente y de acuerdo con la planta farmacéutica, la unidad territorial a efectos del cómputo poblacional es el municipio.
En estos momentos el municipio de Andratx tiene una población censada de 10.806 habitantes y un total de seis oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio de habitantes censados por farmacia es de 1.801 (10.806/6), por lo que no hay población censal suficiente en el municipio para abrir una farmacia adicional, dado que con carácter general el módulo de población es una oficina de farmacia para cada 2.800 habitantes.
2. Artà (1 oficina de farmacia autorizada mediante la Resolución de 11 de mayo de 2011, BOIB nº. 79, de 31 de mayo de 2011)
Esta farmacia se autorizó de conformidad con los datos poblacionales existentes en la fecha de la solicitud de autorización y se ubicó por zona farmacéutica, que englobaba los municipios de Artà y Capdepera. Actualmente y de acuerdo con la planta farmacéutica, la unidad territorial a efectos del cómputo poblacional es el municipio.
En estos momentos el municipio de Artà tiene una población censada de 7.382 habitantes y un total de cuatro oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio de habitantes censados por farmacia es de 1.845 (7.382/4), por lo que no hay población censal suficiente en el municipio para abrir una farmacia adicional, dado que con carácter general el módulo de población es una oficina de farmacia para cada 2.800 habitantes.
Actualmente el municipio de Capdepera tiene una población censada de 11. 385 habitantes y un total de seis oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio de habitantes censados por farmacia es de 1.898 (11.385/6), por lo que no hay población censal suficiente en el municipio para abrir una farmacia adicional, dado que con carácter general el módulo de población es una oficina de farmacia para cada 2.800 habitantes.
3. Calvià (2 oficinas de farmacia autorizadas mediante la Resolución de 29 de julio de 2009, BOIB nº. 119, de 15 de agosto de 2009)
Estas farmacias se autorizaron de conformidad con los datos poblacionales existentes en la fecha de la solicitud de autorización y se ubicaron por zona farmacéutica, que englobaba únicamente el municipio de Calvià. Actualmente y de acuerdo con la planta farmacéutica, la unidad territorial a efectos del cómputo poblacional es el municipio.
En estos momentos el municipio de Calvià tiene una población censada de 50.363 habitantes y un total de treinta oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio de habitantes censados por farmacia es de 1.679 (50.363/30), por lo que no hay población censal suficiente en el municipio para abrir una farmacia adicional, dado que con carácter general el módulo de población es una oficina de farmacia para cada 2.800 habitantes.
4. Campos (1 oficina de farmacia autorizada mediante la Resolución de 11 de mayo de 2011, BOIB nº. 79, de 31 de mayo 2011)
Esta farmacia se autorizó de acuerdo con los datos poblacionales existentes en la fecha de la solicitud de autorización y se ubicó por zona farmacéutica, que englobaba únicamente el municipio de Campos. Actualmente y de acuerdo con la planta farmacéutica, la unidad territorial a efectos del cómputo poblacional es el municipio.
En estos momentos el municipio de Campos tiene una población censada de 9.765 habitantes y un total de cuatro oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio de habitantes censados por farmacia es de 2.441 (9.765/4), por lo que no hay población censal suficiente en el municipio para abrir una farmacia adicional, dado que con carácter general el módulo de población es una oficina de farmacia para cada 2.800 habitantes.
5. Felanitx (1 oficina de farmacia autorizada mediante la Resolución de 11 de mayo de 2011, BOIB nº. 79, de 31 de mayo 2011)
Esta farmacia se autorizó de conformidad con los datos poblacionales existentes en la fecha de la solicitud de autorización y se ubicó por zona farmacéutica, que englobaba únicamente el municipio de Felanitx. Actualmente y de acuerdo con la planta farmacéutica, la unidad territorial a efectos del cómputo poblacional es el municipio.
Actualmente el municipio de Felanitx tiene una población censada de 17.291 habitantes y un total de nueve oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio de habitantes censados por farmacia es de 1.921 (17.291/9), por lo que no hay población censal suficiente en el municipio para abrir una farmacia adicional, dado que con carácter general el módulo de población es una oficina de farmacia para cada 2.800 habitantes.
6. Palma (13 oficinas de farmacia autorizadas mediante la Resolución de 6 de febrero de 2009, BOIB nº. 23, de 14 de febrero de 2009 (5); la Resolución de 6 de julio de 2009, BOIB nº. 109, de 28 de julio de 2009 (3), y la Resolución de 11 de mayo de 2011, BOIB nº. 79, de 31 de mayo de 2011 (5))
Estas farmacias se autorizaron de conformidad con los datos poblacionales existentes en la fecha de la solicitud de autorización y se ubicaron por zona farmacéutica, que englobaba los municipios de Palma y Puigpunyent. Actualmente y de acuerdo con la planta farmacéutica, la unidad territorial a efectos de cómputo poblacional es el municipio.
De estas trece oficinas de farmacia autorizadas de acuerdo con el régimen anterior, tres se han incluido en el concurso de oficinas de farmacia convocado por la Resolución de 22 de octubre de 2014 (BOIB nº. 146, de 23 de octubre de 2014), de acuerdo con el procedimiento que prevé la normativa anterior.
Con respecto al resto de oficinas de farmacia (10), y teniendo en cuenta la revisión de las oficinas de farmacia autorizadas de acuerdo con la normativa vigente, actualmente el municipio de Palma tiene una población censada de 399.093 habitantes y un total de 149 oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio de habitantes censados por farmacia es de 2.678 (399.093/149), por lo que no hay población censal suficiente en el municipio para abrir una farmacia adicional, dado que con carácter general el módulo de población es una oficina de farmacia para cada 2.800 habitantes.
Con respecto al municipio de Puigpunyent tiene una población censada de 2.016 habitantes y una oficina de farmacia abierta al público, por lo cual no hay población censal suficiente en el municipio para abrir una farmacia adicional, dado que con carácter general el módulo de población es una oficina de farmacia para cada 2.800 habitantes.
7. Pollença (1 oficina de farmacia autorizada mediante la Resolución de 11 de mayo de 2011, BOIB nº. 79, de 31de mayo de 2011)
Esta farmacia se autorizó de conformidad con los datos poblacionales existentes en la fecha de la solicitud de autorización y se ubicó por zona farmacéutica, que englobaba únicamente el municipio de Pollença. Actualmente y de acuerdo con la planta farmacéutica, la unidad territorial a efectos del cómputo poblacional es el municipio.
En estos momentos el municipio de Pollença tiene una población censada de 16.088 habitantes y un total de ocho oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio de habitantes censados por farmacia es de 2.011 (16.088/8), por lo que no hay población censal suficiente en el municipio para abrir una farmacia adicional, dado que con carácter general el módulo de población es una oficina de farmacia para cada 2.800 habitantes.
8. Santanyí (1 oficina de farmacia autorizada mediante la Resolución de 6 de febrero de 2009, BOIB nº. 23, de 14 de febrero de 2009)
Esta farmacia se autorizó de conformidad con los datos poblacionales existentes en la fecha de la solicitud de autorización y se ubicó en el núcleo de Es Llombards, en la zona farmacéutica de Santanyí. Actualmente y de acuerdo con la planta farmacéutica, la unidad territorial a efectos del cómputo poblacional es el municipio.
En estos momentos el municipio de Santanyí tiene una población censada de 11. 636 habitantes y un total de nueve oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio de habitantes censados por farmacia es de 1.293 (11.636/9), por lo que no hay población censal suficiente en el municipio para abrir una farmacia adicional, dado que con carácter general el módulo de población es una oficina de farmacia para cada 2.800 habitantes.
9. Son Servera (2 oficinas de farmacia autorizadas mediante la Resolución de 12 de junio de 2009, BOIB nº. 94, de 30 de junio 2009)
Estas farmacias se autorizaron de conformidad con los datos poblacionales existentes en la fecha de la solicitud de autorización y se ubicaron por zona farmacéutica, que englobaba los municipios de Son Servera y Sant Llorenç des Cardassar. Actualmente y de acuerdo con la planta farmacéutica, la unidad territorial a efectos del cómputo poblacional es el municipio.
En estos momentos el municipio de Son Servera tiene una población censada de 11. 536 habitantes y un total de seis oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio de habitantes censados por farmacia es de 1.923 (11.536/6), por lo que no hay población censal suficiente en el municipio para abrir una farmacia adicional, dado que con carácter general el módulo de población es una oficina de farmacia para cada 2.800 habitantes.
Con respecto al municipio de Sant Llorenç des Cardassar, cuenta con una población de 8.320 habitantes censados y un total de seis oficinas de farmacia abiertas al público. De acuerdo con eso, y dado que la ratio de habitantes por farmacia es de 1.386 (8.320/6), no hay población censal suficiente en el municipio para abrir más oficinas de farmacia, dado que con carácter general el módulo de población es una oficina de farmacia para cada 2.800 habitantes.
Menorca
1. Alaior (2 oficinas de farmacia autorizadas mediante la Resolución de 14 de enero de 2010, BOIB nº. 17, de 4 de febrero de 2010)
Estas farmacias se autorizaron de acuerdo con los datos poblacionales existentes en la fecha de la solicitud de autorización y se ubicaron por zona farmacéutica, que englobaba los municipios de Alaior, Ferreries, es Mercadal y es Migjorn Gran. Actualmente y de acuerdo con la planta farmacéutica, la unidad territorial a efectos del cómputo poblacional es el municipio.
En estos momentos el municipio de Alaior tiene una población censada de 9.162 habitantes y un total de cuatro oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio de habitantes censados por farmacia es de 2.290 (9.162/4), por lo que no hay población censal suficiente en el municipio para abrir una farmacia adicional, dado que con carácter general el módulo de población es una oficina de farmacia para cada 2.800 habitantes.
Por otra parte, el municipio de Ferreries tiene una población censada de 4.630 habitantes y un total de dos oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio de habitantes censados por farmacia es de 2.315 (4.630/2), por lo que no hay población censal suficiente en el municipio para abrir una farmacia adicional, dado que con carácter general el módulo de población es una oficina de farmacia para cada 2.800 habitantes.
En cuanto al municipio de es Mercadal, tiene una población censada de 5.176 habitantes y un total de cuatro oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio de habitantes censados por farmacia es de 1.294 (5.176/4), por lo que no hay población censal suficiente en el municipio para abrir una farmacia adicional, dado que con carácter general el módulo de población es una oficina de farmacia para cada 2.800 habitantes.
Finalmente, el municipio de es Migjorn Gran tiene una población censada de 1.470 habitantes y un total de dos oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio de habitantes censados por farmacia es de 735 (1.470/2), por lo que no hay población censal suficiente en el municipio para abrir una farmacia adicional, dado que con carácter general el módulo de población es una oficina de farmacia para cada 2.800 habitantes.
ANEXO 7
Oficinas de farmacia con un procedimiento de autorización iniciado antes de la entrada en vigor del Decreto Ley 1/2014, de 14 de noviembre que no se incluyen en el catálogo
1. Andratx (1 oficina de farmacia mediante la Resolución de 10 de agosto de 2012, BOIB nº. 138, de 20 de septiembre de 2012)
Este procedimiento se inició de acuerdo con la solicitud que se formuló en fecha 19 de julio de 2012 para el municipio de Andratx en la zona farmacéutica de Andratx. Actualmente y de acuerdo con la planta farmacéutica, la unidad territorial a efectos del cómputo poblacional es el municipio.
En estos momentos el municipio de Andratx tiene una población censada de 10.806 habitantes y un total de seis oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio de habitantes censados por farmacia es de 1.801 (10.806/6), por lo que no hay población censal suficiente en el municipio para abrir una farmacia adicional, dado que con carácter general el módulo de población es una oficina de farmacia para cada 2.800 habitantes.
2. Calvià (1 oficina de farmacia mediante la Resolución de 29 de agosto de 2011, BOIB nº. 133, de 6 de septiembre de 2011)
Este procedimiento se inició de conformidad con la solicitud que formuló en fecha 29 de agosto de 2011 para el municipio de Calvià en la zona farmacéutica de Calvià. Actualmente y de acuerdo con la planta farmacéutica, la unidad territorial a efectos del cómputo poblacional es el municipio.
En estos momentos el municipio de Calvià tiene una población censada de 50.363 habitantes y un total de treinta oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio de habitantes censados por farmacia es de 1.679 (50.363/30), por lo cual no hay población censal suficiente en el municipio para abrir una farmacia adicional, dado que con carácter general el módulo de población es una oficina de farmacia para cada 2.800 habitantes.
3. Palma (1 oficina de farmacia mediante la Resolución de 29 de agosto de 2011, BOIB nº. 133, de 6 de septiembre de 2011)
Este procedimiento se inició de acuerdo con la solicitud que se formuló en fecha 8 de junio de 2011 para la zona farmacéutica de Palma, que comprende los municipios de Palma y Puigpunyent. Actualmente y de acuerdo con la planta farmacéutica, la unidad territorial a efectos del cómputo poblacional es el municipio.
En estos momentos el municipio de Palma tiene una población censada de 399.093 habitantes y un total de 149 oficinas de farmacia abiertas al público. La ratio de habitantes censados por farmacia es de 2.678 (399.093/149), por lo que no hay población censal suficiente en el municipio para abrir una farmacia adicional, dado que con carácter general el módulo de población es una oficina de farmacia para cada 2.800 habitantes.
Con respecto al municipio de Puigpunyent, tiene una población censada de 2.016 habitantes y una oficina de farmacia abierta al público, por lo que no hay población censal suficiente en el municipio para abrir una farmacia adicional, dado que con carácter general el módulo de población es una oficina de farmacia para cada 2.800 habitantes.
ANEXO 8
Relación de oficinas de farmacia autorizadas de acuerdo con la normativa anterior que se encuentran vacantes y pendientes de adjudicación en el concurso convocado mediante Resolución de fecha 22 de octubre de 2014 (BOIB núm. 146, de 23 de octubre de 2014)
- 3 oficinas de farmacia en la zona farmacéutica de Palma, autorizadas mediante Resolución de la directora general de Farmacia de fecha 6 de julio de 2009 (BOIB núm. 109, de 28 de julio de 2009) pendientes de adjudicación en el concurso convocado mediante Resolución de fecha 22 de octubre de 2014 (BOIB núm. 146, de 23 de octubre de 2014), que se dicta en ejecución parcial y provisional de la Sentencia núm. 23/2014, de 29 de enero de 2014, de la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears
-1 oficina de farmacia en la zona farmacéutica de Binissalem, autorizada mediante Resolución de la directora general de Farmacia de fecha 17 de septiembre de 2009 (BOIB núm. 143, de 1 de octubre 2009), pendientes de adjudicación en el concurso convocado mediante Resolución de fecha 22 de octubre de 2014 (BOIB núm. 146, de 23 de octubre de 2014), que se dicta en ejecución parcial y provisional de la Sentencia núm. 23/2014, de 29 de enero de 2014, de la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears