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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 9868
Notificación de Resolución de concesión a los beneficiarios de las ayudas, de fecha 14 de mayo de 2.015, para el ejercicio 2.014, ayudas para la prórroga de los compromisos asumidos en la lucha contra la erosión en medios frágiles de cultivos leñosos en terrazas y pendientes y el mantenimiento del paisaje rural

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Texto

Notificación de Resolución de concesión a los beneficiarios de las ayudas, de fecha 14 de mayo de 2.015,  al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 14 de febrero de 2.014 por la que se convocan, para el ejercicio 2.014, ayudas para la prórroga de los compromisos asumidos en la lucha contra la erosión en medios frágiles de cultivos leñosos en terrazas y pendientes y el mantenimiento del paisaje rural.

El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 14 de febrero de 2.014 por la que se convocan, para el ejercicio 2.014, ayudas para la prórroga de los compromisos asumidos en la lucha contra la erosión en medios frágiles de cultivos leñosos en terrazas y pendientes y el mantenimiento del paisaje rural especifica que la resolución expresa se ​​notificará a los interesados ​​mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común .

Estas ayudas se enmarcan dentro del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2007-2013. El importe de la ayuda concedida se abonará a los beneficiarios a través de transferencia bancaria, una vez justificado el cumplimiento de la finalidad y de la aplicación de la subvención, y con la autorización previa del Director Gerente del FOGAIBA.

En fecha 14 de mayo de 2.015 el vicepresidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) dictó resolución individual de concesión de ayuda convocada mediante Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 14 de febrero de 2.014 por la que se convocan, para el ejercicio 2.014, ayudas para la prórroga de los compromisos asumidos en la lucha contra la erosión en medios frágiles de cultivos leñosos en terrazas y pendientes y el mantenimiento del paisaje rural y Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 13 de agosto de 2.014 por la que se incrementa el crédito destinado a la convocatoria, para el ejercicio 2014, de ayudas para la prórroga de los compromisos asumidos en la lucha contra la erosión en medios frágiles de cultivos leñosos en terrazas y pendientes y el mantenimiento del paisaje rural.

Estas ayudas reciben una cofinanciación del 35% del FEADER (línea FEADER n. 0504050121141004) y del 65% de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (CAIB) del presupuesto vigente.

De acuerdo con lo que establece el apartado décimo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 14 de febrero de 2014, el beneficiario está obligado a cumplir durante el año 2014 determinados compromisos, entendiéndose prorrogado el contrato de asunción de compromisos firmado en la convocatoria 2009. En caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos establecidos se aplicará lo que establece el aparatado doceavo de dicha Resolución. 

 ANEXO 1

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

NUMEXP

Importe 2014

Motivo reducción

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

TE300/09

10.113,24

Según el informe resultante del control de campo, los recintos declaras han sufrido cambios de superficie del SIGPAC por cambio de uso a forestal, por tanto, al recinto 7/5/13/169/1 se ha reducido 1,13ha. para la medida A y al recinto 5 se ha reducido 0,55ha. para las medidas A y B

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

TE27/09

1.940,58

No declara el recinto 7/25/1/1015/1 de 0,06ha. (segregado del recinto 7/25/1/270/1) para la medida B La superficie SIGPAC del recinto 7/25/1/307/1 se ha reducido 0,02ha para las medidas A y B

No declara el recinto 7/25/1/9000/1 (segregado del recinto 7/25/1/307/1) de 0,08ha. para la medida A

No declara el recinto 7/25/1/368/9 (segregado del recinto 7/25/1/380/2) de 0,10ha. per a la mesura B

No declara una parte de 0,02ha. del recinto 7/25/1/746/5 para la mesura A

La superficie SIGPAC del recinto 7/25/1/746/10 se ha reducido 0,01ha. para la medida B

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

TE133/09

6.934,77

Para cambios de uso del SIGPAC se ha reducido la superficie del recinto 7/12/10/49/10 en 4,65ha. para la medida A

Para cambios de uso del SIGPAC se ha eliminado el recinto 7/12/10/49/18 de 0,05ha. para la medida A

La superficie SIGPAC del recinto 7/12/10/49/29 se ha reducido 0,45ha. para la medida B

El recinto 7/12/10/49/55 (segregado del recinto 10) de 0,04ha. no cumple el mínimo de 30 arboles/ha. (declara 1ha. y se necesita al menos 2) para la medida A

No declara una parte de 0,02ha. del recinto 7/12/10/50/11 para la medida B

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

TE9/09

16.974,54

La superficie SIGPAC del recinto 7/19/3/28/1 se ha reducido 0,12ha. para la medida A

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

TE88/09

5.314,81

Debido a cambios en el SIGPAC el recinto 7/42/4/646/1 (segregado  con el recinto 32) de 0,64ha. ara no arriba al mínimo del 8% de pendiente para la medida A

La superficie SIGPAC del recinto 7/42/4/647/21 se ha reducido 0,01ha. para la medida A

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

TE238/09

1.367,34

Según el informe resultante del control de campo, en el recinto 7/50/5/153/1, se ha reducido la superficie SIGPAC en 0,09ha. para la medida A, para cambios de uso del recinto, pasando a "pastura arbustiva"

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

TE114/09

723,56

La superficie SIGPAC del recinto 7/34/3/16/125 (segregado del recinto1) se ha reducido 0,66ha. para la mesura A y B para el control de campo 2.012

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

TE243/09

1.756,10

Según el informe resultante del control de campo, en el recinto 7/48/7/144/3, después de la segregación, los ”marges”/paredes del recinto no llegan al mínimo de 100m./ha. por la cual  se ha reducido la superficie auxiliable en 2,53ha. para la medida B, sin implicar exclusión de la ayuda ya que los otros recintos de la segregación sí cumplen los mínimos.

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

TE309/09

605,59

Según el informe resultante del control de campo, los recintos 7/10/8/92/83, 84, 90, 107 y 108 (segregados de los anteriores recintos 37yi 72) no llegan al mínimo de 100m./ha. de “marge”/pared, quedando reducida la superficie en 17,75ha. para la medida B

La superficie SIGPAC del recinto 7/10/7/164/3 se ha reducido 0,01ha. para la medida B

Debido a cambios en el SIGPAC el recinto 7/10/7/165/11 (segregado del recinto 5), de 0,65ha. ahora no cumple el mínimo del 8% de pendiente para la medida A

La superficie SIGPAC del recinto 7/10/7/165/5 (segregado con el recinto 11) se ha reducido 0,12ha. para las medidas A y B

La superficie SIGPAC del recinto 7/10/7/172/23 se ha reducido 0,43ha. para las medidas A y B

La superficie SIGPAC del recinto 7/10/8/92/37 (segregado con los recintos 81, 83, 84, 90 y 91) se ha reducido 0,05ha. para las medidas A y B

La superficie SIGPAC del recinto 7/10/8/92/41 se ha reducido 0,07ha. para la medida B

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

TE172/09

18.130,07

La superficie SIGPAC del recinto 7/48/9/71/3 (segregado con el recinto 8) se ha reducido 0,17ha. para la medida A

Debido a cambiosi en el SIGPAC el recinto 7/48/9/71/8 (segregado  del recinto 3) de 0,12ha. ahora no cumple el mínimo del 8% de pendiente para la medida A

 Se informa a los beneficiarios de que sus expedientes se encuentran a su disposición y consulta en el Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural del FOGAIBA (calle Reina Constanza, 4 de Palma).

Contra estas resoluciones, que no agotan la vía administrativa, los interesados ​​pueden interponer recurso de alzada ante el Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, en un plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la fecha de la publicación de la notificación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la comunidad Autónoma de las Islas Baleares , y los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

 

Palma, 21 de mayo de 2.015

El director gerente del FOGAIBA 

Joan Simonet Pons