Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA
Núm. 9744
Cosntitución de bolsa de policia local
Antoni Servera Servera , alcalde presidente en funciones del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears), ha resuelto mediante el decreto de la Alcaldía núm. 732/2015, de 28 de mayo, lo siguiente:
Considerando la resolución de la Alcaldía núm. 41/2015, de 13 de enero, por la que se convoca un concurso para formar parte de una bolsa de trabajo de POLICÍA LOCAL, como funcionarios interinos, del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears), para la cobertura de las necesidades que puedan subvenir por las necesidades del servicio, tales como necesidades urgentes derivadas del aumento de la demanda, bajas laborales, vacaciones, maternidad, lactancia, publicada en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB) núm. 9 de 17 de enero de 2015.
Dado la propuesta del órgano de selección realizada en el acta del proceso selectivo de día 12 de mayo de 2015, la cual fue expuesta al público (en el tablón municipal de anuncios y en la página web municipal -www.sonservera.net- ) en fecha de 13 de mayo de 2015.
Dado que, en plazo, no ha habido ningún tipo de solicitud de revisión o reclamación.
De acuerdo con la legislación vigente en materia de personal, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y el artículo 41.14 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y funcionamiento de régimen jurídico de las Entidades locales
RESUELVO :
Primero.- Constituir la bolsa de trabajo de POLICIA LOCAL, como funcionarios interinos, del AJuntament de Son Servera (Illes Balears), para la cobertura de las necesidades que puedan subvenir por las necesidades del servicio, tales como necesidades urgentes derivadas del aumento de la demanda, bajas laborales, vacaciones, maternidad, lactancia, publicada en el Butlletí Oficial de las Illes Balears (BOIB) núm. 9 de 17 de enero de 2015, la cual tendrá una vigencia de tres años de acuerdo con las bases de la convocatoria, y resto como sigue a continuación:
|
DNI |
CONCURSO |
---|---|---|
1 |
43056530 R |
26,1000 |
2 |
41515510 G |
25,0500 |
3 |
37336840 C |
24,2725 |
4 |
43117596 W |
22,1750 |
5 |
41515259 Y |
19,4500 |
6 |
43089001 L |
19,4100 |
7 |
41515509 A |
17,9400 |
8 |
43107698 V |
17,1000 |
9 |
43195850 X |
16,4600 |
10 |
41519701 D |
15,7400 |
11 |
43190143 F |
15,1800 |
12 |
41518581 Q |
14,7200 |
13 |
41517948 G |
14,7100 |
14 |
37336833 J |
14,3750 |
15 |
43092641 W |
14,2950 |
16 |
43089912 X |
14,1500 |
17 |
30988172 L |
13,9300 |
18 |
37336834 Z |
13,9000 |
19 |
43137395 K |
13,6530 |
20 |
43193049 S |
13,6300 |
21 |
37342210 P |
13,5300 |
22 |
43191304 H |
12,7700 |
23 |
43159213 N |
12,7050 |
24 |
78214709 N |
12,5233 |
25 |
43156858 A |
12,3500 |
26 |
43130069 D |
12,2900 |
27 |
43093281 K |
12,1025 |
28 |
43165358 Q |
11,9100 |
29 |
41509687 T |
11,2350 |
30 |
43134560 S |
11,2170 |
31 |
41517949 M |
11,0200 |
32 |
43177543 B |
10,9200 |
33 |
37336144 Z |
10,8075 |
34 |
43199264 C |
10,2600 |
35 |
43180156 W |
9,8220 |
36 |
43171722 D |
8,0150 |
37 |
43140566 H |
7,8470 |
38 |
43185911 F |
7,7550 |
39 |
43170429 G |
7,3920 |
40 |
43106695 A |
0,0000 |
Segundo.- Publicar la presente, mediante edicto, en el Butlletí Oficial de las Illes Balears (BOIB) y, en el tablón municipal de anuncios y en la página web municipal, con el objeto de dar conocimiento público.
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:
(A) Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación del presente acuerdo.
(B) El recurso de reposición potestativo ante esta Alcaldía que ha dictado la presente resolución en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a la desestimación presunta.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa y la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Son Servera, 28 de mayo de 2015
El alcalde presidente en funciones
Antoni Servera Servera