Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 9599
Notificación de Resolución de desistimiento a los beneficiarios de las ayudas, de fecha 18 de mayo de 2.015, para la medida del Aumento del valor añadido de los productos agrícolas, correspondientes al año 2.014
Notificación de Resolución de desistimiento a los beneficiarios de las ayudas, de fecha 18 de mayo de 2.015, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 17 de noviembre de 2.014 por la que se convocan subvenciones para la medida del Aumento del valor añadido de los productos agrícolas, correspondientes al año 2.014.
El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 17 de noviembre de 2.014 por la que se convocan, subvenciones para la medida del Aumento del valor añadido de los productos agrícolas, correspondientes al año 2.014, especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Con fecha 18 de mayo de 2.015, el vicepresidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) ha dictado resolución de desistimiento de la ayuda convocada mediante la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 17 de noviembre de 2014 por la que se convocan, para el ejercicio 2014, subvenciones para la medida del Aumento del valor añadido de los productos agrícolas, a cada uno de los solicitantes de la relación que se adjunta en el Anexo I, ya que presentaron un escrito en el cual manifiestan su desistimiento de la ayuda que les hubiese podido corresponder.
Contra estas resoluciones, que no agotan la vía administrativa, los interesados pueden interponer recurso de alzada ante el Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, en un plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la fecha de la publicación de la notificación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la comunidad Autónoma de las Islas Baleares , y los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
ANEXO I
EXP |
SOLICITANTE |
DNI/NIF |
Fecha de solicitud desistimiento |
AV 115/14 |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
14/04/2015 |
AV 138/14 |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
24/04/2015 |
Palma,18 de mayo de 2.015
El director gerente del FOGAIBA
Joan Simonet Pons