Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 9592
Publicación de la Propuesta de Resolución provisional de Denegación de la ayuda, del expediente 204/2012, en relación a la línea de ayudas destinadas a Indemnizar a los agricultores por las dificultades en zonas diferentes a las de montaña de las Islas Baleares, correspondientes al año 2.012
Publicación de la Propuesta de Resolución provisional de Denegación de la ayuda, del expediente 204/2012, el titular del cual es (datos personales ocultos), en relación a la línea de ayudas destinadas a Indemnizar a los agricultores por las dificultades en zonas diferentes a las de montaña de las Islas Baleares, correspondientes al año 2.012.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, ya que no se ha podido localizar al interesado, mediante este anuncio se notifica a(datos personales ocultos), en relación al expediente 204/2012 de la línea de ayudas destinadas a Indemnizar a los agricultores por las dificultades en zonas diferentes a las de montaña de las Islas Baleares, la siguiente Propuesta de Resolución provisional firmada con fecha 10 de marzo de 2.015 por el Jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural del FOGAIBA,
“PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL
Programa de Desarrollo Rural 2007-2013
Eje 2 Mejora del medio ambiente y del entorno rural.
Línea de ayuda: 2.1.2. Ayudas destinadas a compensar las dificultades en zonas distintas a las de montaña.
Expediente núm.: 204 Año: 2012
Solicitante:(datos personales ocultos)(datos personales ocultos)
MARCO NORMATIVO
Marco normativo: Reglamento (CE) núm.1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, Reglamento (CE) núm. 1974/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, Reglamento (CE) núm. 1975/2006 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2006, Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2007-2013, Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Texto refundido de la Ley de Subvenciones (Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre), Orden de la Consejera de Agricultura y Pesca de 18 de diciembre de 2.007 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares, Resolución del Presidente del FOGAIBA de 24 de enero de 2.012 por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2.012, de las ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades naturales en zonas distintas a las de montaña en las Islas Baleares.
HECHOS
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
“Mantener la actividad agraria al menos durante los cinco años siguientes a la fecha de concesión de la ayuda, manteniendo los requisitos y condiciones exigibles respecto a las condiciones de la explotación durante este periodo.
Por todo lo expuesto, según el informe del Jefe de Negociado XLII, se dicta lo siguiente:
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL
DENEGAR la ayuda solicitada por (datos personales ocultos)y núm. de expediente 204/2012.
La presente Propuesta de Resolución Provisional se comunicará al interesado haciéndole evidente que dispone de un plazo máximo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente de la recepción de esta propuesta para presentar alegaciones. En el caso de no hacer uso de su derecho para alegar, en el plazo indicado, esta propuesta se formulará como propuesta definitiva"
Palma, 13 de mayo de 2.015
El director gerente del FOGAIBA
Joan Simonet Pons