Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ALAIOR
Núm. 9567
Aprobación de las bases de la convocatoria de subvenciones al transporte público urbano de estudiantes de Alaior en Palma de Mallorca
Mediante Resolución de alcaldía de fecha 14/04/2015, se han aprobado las bases de la convocatoria de subvenciones al transporte público urbano de estudiantes de Alaior en Palma de Mallorca, texto que se inserta a continuación, de 'acuerdo con el artículo 17 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones:
CONVOCATORIA SUBVENCIONES AL TRANSPORTE PÚBLICO URBANO DE ESTUDIANTES DE ALAIOR EN PALMA DE MALLORCA
Dado que el Ayuntamiento de Alaior considera necesario el desarrollo académico de sus jóvenes, tanto para su formación personal como para en el futuro la búsqueda de trabajo, y ya que en Palma como capital de las Islas se encuentra la sede de la UIB, de la que Alaior cuenta con una extensión donde se pueden cursar algunos de los estudios universitarios ofrecidos por la Universidad sin la necesidad de tener que trasladarse fuera de Menorca.
Visto que hay estudios que por diferentes motivos no se pueden cursar en la extensión universitaria de Alaior, ha surgido la posibilidad, como ya se está llevando a cabo en otros municipios mallorquines, de firmar un convenio intermunicipal con el Ayuntamiento de Palma de Mallorca para el establecimiento de la «tarjeta ciudadana», que permite subvencionar el transporte urbano colectivo de viajeros que presta la EMT en Palma, respecto de sus vecinos, con las mismas condiciones que el Ayuntamiento de Palma tiene establecidas para sus residentes, a través de las posibilidades que ofrece la tecnología aplicada a su Tarjeta Ciudadana.
Todo lo expuesto permitirá al Ayuntamiento de Alaior fomentar sus relaciones dentro de la propia Comunidad Autónoma de las Islas Baleares
OBJETO DE LA SUBVENCIÓN.
El objeto de la subvención es subvencionar el transporte urbano de los estudiantes de Alaior que residen temporalmente en Palma de Mallorca que se produzca hasta el 30 de septiembre de 2015. Se subvencionará todos los viajes que el beneficiario realice con la EMT (empresa municipal de transporte de Palma) durante el curso escolar. A tal efecto el interesado deberá solicitar la «tarjeta ciudadana» en el perfil de estudiante (a partir de 16 años).
REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS.
Los beneficiarios de la subvención deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Ser mayor de 16 años.
- Cursar estudios universitarios o estudiantes de ciclos formativos.
- Residir temporalmente en Palma de Mallorca por motivo de los estudios.
- Estar empadronado en Alaior.
ACREDITACIÓN DE LOS REQUISITOS.
Los beneficiarios deberán acreditar los requisitos de cursar estudios en Palma de Mallorca por medio de la presentación del «carné de estudiante» del centro en que se impartan los estudios, o cualquier otra documento que lo justifique.
PLAZO DE LA SUBVENCIÓN
La concesión de la subvención será válida hasta el 30 de septiembre de 2015.
SOLICITUD DE LA SUBVENCIÓN.
La solicitud de la subvención se realizará con la presentación en el registro del Ayuntamiento de Alaior de la «solicitud modelo» que acompaña a esta convocatoria.
PLAZO DE SOLICITUD Y PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN.
La solicitud se puede presentar en cualquier momento durante el curso escolar.
Con la solicitud se deberá presentar:
- DNI.
- Carnet de estudiante u otro justificante de tener la condición de estudiante.
La concesión de subvención se resolverá por parte del concejal de educación quien resolverá en un plazo máximo de dos semanas de acuerdo con el procedimiento establecido en los artículos 8 y 9 de la ordenanza general de concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Alaior .
Cada 15 días se procederá al trámite de resolución de las solicitudes presentadas en este periodo.
Una vez concedida la subvención la tarjeta ciudadana se deberá recoger en los lugares habilitados en Palma de lunes a viernes:
-Oficina de Atención al Cliente EMT-Palma. Calle Josep Anselm Clavé 5
-Oficinas de Atención a la ciudadanía del Ayuntamiento de Palma (OACs)
CRITERIOS DE VALORACIÓN.
Siempre que haya crédito suficiente, las subvenciones se concederán a todos aquellos solicitantes que cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria.
En caso de que no haya crédito suficiente o que no se amplíe, las subvenciones se concederán de acuerdo con un orden de prioridad en función de la renta familiar y ordenarán las peticiones de menor a mayor renta
IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN
Para este año 2015, el importe de la subvención será el equivalente 0,70 euros / viaje, correspondiente a la diferencia entre la tarifa de transporte de la EMT de perfil no residente (1,15 euros) y la tarifa por estudiante (0,45 euros).
FORMA DE PAGO.
La subvención será pagada directamente al Ayuntamiento de Palma en función de los viajes realmente realizados por el beneficiario. A tal efecto el Ayuntamiento de Alaior ha firmado el convenio intermunicipal con el Ayuntamiento de Palma y la Empresa Municipal de Transportes.
JUSTIFICACIÓN
Se entiende justificada la subvención una vez se han justificado los requisitos solicitados en estas bases
CRÉDITO PRESUPUESTARIO.
Las subvenciones objeto de esta convocatoria se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 8 2410 4800010 hasta un importe máximo de 5.583,20 euros.
Esta cuantía se podrá ampliar en caso de que las solicitudes sobrepasen el crédito inicialmente asignado.
COMPATIBILIDAD CON OTRAS SUBVENCIONES
Esta ayuda no es compatible con otras ayudas destinadas a subvencionar el transporte urbano procedentes de cualquier Administración o ente público o privado, nacional o internacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Bases Bases y tramitación telemática en la web: http://www.alaior.org/Contingut.aspx?IdPub=1230
En Alaior,
El Alcalde accidental en funciones,
Arturo Pons Reurer