Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA
Núm. 9531
Notificación RA 378/2015 de incoación EXP. 1/2015 MEDAMBSANCIO
Resultando el intento de notificación sin éxito a la Sra. RUIZ GAVIRIA, NORA ELENA en repetidas ocasiones, del Decreto de Alcaldía núm. 378/2015 relativo a la incoación del expediente núm. 000001/2015-MEDAMBSANCIO.
Y resultando lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común. (LRJAP-PAC), se hace público su contenido por un plazo de 20 días a los efectos que la Ley establece.
Son Servera, 21 de mayo de 2015
El alcalde,
Antoni Servera Servera
"Decreto núm. 378/2015
Referencia: 000001/2015-MEDAMBSANCIO 08. Medio Ambiente
Antoni Servera Servera, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Son Servera (Islas Baleares)
Dada la denuncia interpuesta por la Unidad de Medio Ambiente y Comercio de la Policía Local de Son Servera en fecha 27 de enero de 2015 contra la Sra. Nora Elena Ruiz Gavira, con NIE X8773854K, por no tener su perro de raza mestiza de color negro, debidamente identificado. Hechos ocurridos en la calle Parras, 56 de Son Servera.
Visto el informe emitido por la técnica de Medio Ambiente en fecha 5 de marzo de 2015, el cual propone el inicio del expediente sancionador 000001/2015-MEDAMBSANCIO.
Y de conformidad con el Decreto 14/1994 de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento a seguir en el ejercicio de la potestad sancionadora
Resuelvo,
Primero. Iniciar el expediente sancionador contra la Sra. RUIZ GAVIRIA, NORA ELENA con DNI EX-X4399213A-, por no tener su perro de raza mestiza de color negro, debidamente identificado, lo que tiene la consideración de infracción administrativa leve de acuerdo con el artículo 7.1.7 del Ordenanza Municipal reguladora de la tenencia y protección de animales, correspondiéndole una sanción entre 60 y 300 €.
Segundo. Apercibir que se impondrá a la Sra. RUIZ GAVIRIA, NORA ELENA, una sanción de 60'- €, que es la cuantía mínima establecida en el artículo 7.4.a) de la citada Ordenanza.
Tercero. Conceder a los interesados, de conformidad con el artículo 8.4 del Decreto 14/1994, de 10 de febrero, mediante el cual se aprueba el reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, un plazo de quince días para formular alegaciones, presentar documentos y presentar prueba, concretando los medios de que pretendan valerse.
Cuarto. Advertir a los interesados de que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido del acuerdo de iniciación en el plazo previsto, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución.
Quinto. Indicar a los interesados de que pueden reconocer voluntariamente su responsabilidad y, si procede, efectuar el pago de la sanción pecuniaria que corresponda en cualquier momento anterior a la resolución.
Sexto. Designar como instructora del procedimiento a Isabel Riera Sansó y como secretaria a Pilar Sánchez Barceló, técnica de Medio Ambiente y auxiliar administrativa del Ayuntamiento de Son Servera, respectivamente.
Séptimo. Comunicar el presente acuerdo de iniciación a la instructora ya la secretaria, con traslado de todas las actuaciones que existen sobre este expediente.
Octavo. Notificar el presente acuerdo al interesado.
Son Servera, 12 de marzo de 2015
El Alcalde Presidente Don fe: El secretario accidental
Antoni Servera Servera Sr. Guillermo Balaguer Mayol"
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:
a.- Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación del presente decreto.
b.- El recurso de reposición potestativo ante el órgano que ha dictado esta resolución, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la ley 4/1999 de 13 de enero, de modificación de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.