Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 9382
Resolución del consejero ejecutivo del Departamento de Economía y Hacienda de fecha 20 de mayo de 2015, por el cual se aprueba la modificación del Plan estratégico de subvenciones del Consell Insular de Eivissa año 2015
Resolución del consejero ejecutivo del Departamento de Economía y Hacienda de fecha 20 de mayo de 2015, por el cual se aprueba la modificación del Plan estratégico de subvenciones del Consell Insular de Eivissa año 2015
Como señala la Ley 4/2009, de 11 de junio, de Servicios Sociales de las Illes Balears, en su Exposición de motivos, en las sociedades democráticas, la política social tiene por objecto reducir las desigualdades y mejorar las condiciones de vida del conjunto de la población con la finalidad de facilitar el ejercicio de los derechos de la ciudadanía y de fomentar la cohesión y el progreso social.
El art. 8.1 (de caràcter báscio) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones prevee que los órganos de las administraciones públicas o cualquier ente que propongan el establecimiento de subvenciones, con caràcter previo han de concretar en un plan estratégico de subvenciones, los objectivos y los efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, que se han de supeditar en todo caso al cumplimiento de los objectivos de estabilidad presupuestaria.
En este sentido, el Consejo Ejecutivo, en fecha 1 de desembre de 2014, aprobó el Plan estratégico de subvenciones del Consell Insular del año 2015 (BOIB nº 177, de 27/12/2014, y que ya ha sufrido varias modificaciones: BOIB nº38, de 19/03/2015; BOIB nº 43, de 26/03/2015;BOIB nº 70, de 09/05/2015; BOIB nº 73, de 16/05/2015), en el que se recogen las subvenciones previstas para el Departamento de Sanidad y Bienestar Social.
En el Plan estratégico están previstas unas subvenciones a todos los Ayuntamientos de la isla de Eivissa para apoyar la atención a personas con discapacidad en las escuelas de verano municipales, con un importe máximo de 18.000 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 2315 46200.
Dada la voluntad del Departamento de Sanidad y Bienestar Social de aumentar este importe inicialmente previsto hasta la cantidad de treinta y cuatro mil euros (34.000 €) en total, se ha de modificar dicho Plan, para recoger este extremo.
Este incremento se justifica una vez analizados los presupuestos de las diferentes escuelas de verano y vistas las necesidades específicas de personal que cada ayuntamiento destina a la atención del colectivo de personas con discapacidad. De esta manera, el Consell Insular d’Eivissa colabora de una manera más efectiva para conselguir el objectivo de integració que este colectivo necesita.
En virtud de dicho acuerdo del Consejo Ejecutivo de fecha 1 de desembre de 2014 se delegó en el consejero ejecutivo del Departamento de Economía y Hacienda la aprobación de las modificaciones que se puedan producir a lo largo de la vigencia de este Plan estratégico, por lo que esta resolución administrativa se adopta por delegación del Consejo Ejecutivo y se ha de considerar dictada por el órgano delegante (art. 13.4 de la Ley 30/1992, de 26 de novembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento común)
Por todo lo anterior, vista la propuesta de la consellera del Departamento de Sanidad y Bienestar Social de fecha del 16 de juliol de 2014, en uso de las facultades que tengo conferidas.
RESUELVO
PRIMERO- Aprobar la modificación del Plan estratégico de subvenciones del Consell Insular d’Eivissa para el año 2015 (respecto al Departamento de Sanitad y Bienestar Social) en el sentido de aumentar hasta 34.500 € el importe previsto para la subvención directa a todos los Ayuntamientos de la isla d’Eivissa, para la atención a personas con discapacidad que participen en escuelas de verano municipales, que queda, en consecuencia, de la siguiente manera:
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Descripción |
Objectivos y Efectos |
Importe 2015 |
Financiación |
Importe financido |
Incidencia en el mercado |
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Programa |
Económica |
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2300 |
46200 |
Subvención a todos los Ayuntamientos de la isla de Eivissa para la atención a personas con discapacidad que participen en escuelas de verano municipales. |
Apoyar a todos los Ayuntamientos de la isla de Eivissa para la atención a personas con discapacidad que participen en escuelas de verano municipales. Dadas las propias caracterísitcas de estas administraciones públicas y que se incluyen todos los ayuntamientos de la isla, y por concurrir también razones de interès público, social y humanitario, se conseidera que el procedimiento de otorgamiento mediante concurrencia pública no es eficarz en las circunstancias descritas. |
34.500 € |
Local |
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Sin incidencia significativa sobre el mercado |
SEGUNDO - Publicar este acuerdo en el BOIB.
La cual cosa manda y firma el consejero ejecutivo del Departamento de Economía y Hacienda del Consell Insular de Eivissa, y da fe (en cumplimiento de las funciones de fe pública art. 2 RD 1174/1987 de 18 de setiembre) la secretaria accidental, en Eivissa, el 20 de mayo de 2015.
El consejero ejecutivo |
La Secretaria Acctal., |
Álex Minchiotti Fábregas |
Maria Torres Bonet |
Eivissa, 26 de mayo de 2015
La Secretaria Tècnica del Área de Economia, Bienestar Social y Agricultura en f.
Gema Marí Planells Marí