Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE VICEPRESIDENCIA DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES

Núm. 9365
Edicto del Consell de Mallorca modificación de la "Ordenanza reguladora de los precios públicos de la producción editorial del Departament de Cultura i Patrimoni del Consell de Mallorca", de la Vicepresidència de Cultura, Patrimoni i Esports del Consell de Mallorca

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno del Consell de Mallorca, en sesión de día 14 de mayo de 2015, aprobó provisionalmente la modificación de los siguientes puntos de la “Ordenanza reguladora de los precios públicos de la producción editorial del Departament de Cultura i Patrimoni del Consell de Mallorca” de la Vicepresidència de Cultura, Patrimoni i Esports del Consell de Mallorca:

a. la modificación de la denominación de la “Ordenanza reguladora de los precios públicos de la producción editorial del Departament de Cultura i Patrimoni del Consell de Mallorca” de la Vicepresidència de Cultura, Patrimoni i Esports del Consell de Mallorca, que queda redactada en los siguientes términos:

“Ordenanza reguladora de los precios públicos de la producción editorial del departamento del Consell de Mallorca competente en materia de cultura”.

b. la modificación del punto 1 del artículo 3 de la ordenanza: en el listado de publicaciones, se detalla el precio base de cada una de ellas (sin incluir el IVA), en lugar del precio público de venta, IVA incluido, así como aparecía antes.

c. la modificación del punto 2 del artículo 3 de la ordenanza, que queda redactado en los términos siguientes:

El precio base se gravará con el impuesto sobre el valor añadido vigente en la fecha de facturación.

Así mismo, acordó someter el expediente a información pública mediante la inserción de los anuncios correspondientes en el tablón de edictos del Consell de Mallorca y en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, para que todas aquellas personas que estén interesadas puedan examinarlo y presentar las reclamaciones que consideren oportunas, en el plazo de treinta días a partir de la inserción del anuncio correspondiente en el boletín.

Si durante el plazo de información pública no se presentan reclamaciones, el acuerdo s’entiende definitivamente aprobado y se publicará el texto íntegro de la Ordenanza en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

 

Palma, 20 de mayo de 2015

Por delegación de la presidenta, el secretario general
(Decreto de día 4 de septiembre de 2012, BOIB núm. 147, de 9 de octubre)
Jeroni M. Mas Rigo