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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD
Núm. 9336
Notificación de requerimiento de documentación al centro especial de empleo Mesvalid, SL
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De acuerdo con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 28 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE núm. 12, de 14 de enero) y la Ley 15/2014, de 16 de septiembre (BOE núm. 226, de 17 de setiembre), y visto que se desconoce el domicilio actual de los interesados o no han podido ser localizados, se les notifica el siguiente requerimiento de documentación:
De acuerdo con lo que dispone el artículo 13 del Real Decreto 2273/1985, de 4 de diciembre, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por el cual se aprueba el Reglamento de los centros especiales de empleo, tienen la obligación de presentar anualmente ante la Dirección General de Trabajo y Salud Laboral la documentación siguiente:
- titularidad del centro
- ubicación
- actividad principal y complementaria
- composición de la plantilla
- documentación económica:
a) liquidación del presupuesto
b) balance de situación
c) cuenta de explotación
d) proyecto del presupuesto del ejercicio corriente
- cumplimiento de sus objetivos económicos y de ajuste personal y social
Para que la entidad CEO Mesvalid, SL pueda continuar inscrita como centro especial de empleo, deben mantenerse los requisitos que establece el Real Decreto 2273/1985, de 4 de diciembre.
Por este motivo, le requiero para que en el plazo de diez días a contar a partir de haber recibido la notificación, presente la documentación necesaria que acredite que el centro de trabajo está activo y cumple el porcentaje del 70 % de trabajadores discapacitados, como mínimo.
Palma, 20 de mayo de 2015
El jefe de la Sección XI
Dirección General de Trabajo y Salud Laboral
Joan Francesc Bennàssar Carrió