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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 9307
Resolución del consejero ejecutivo del Departamento de Economía y Hacienda de fecha 7 de mayo de 2015, por el cual se aprueba la modificación del Plan estratégico de subvenciones del Consell Insular de Eivissa año 2015

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Texto

Asunto: Modificación del Plan estratégico de subvenciones del Consell Insular d’Eivissa, año 2015, en materia de servicios sociales, para incluir una ayuda económica a la asociación VIA OBERTA A LAURUC, para paliar los efectos del terremoto producido en el Nepal.

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones prevee que los órganos de las administraciones públicas o cualquier ente que propongan el establecimiento de subvenciones, con caràcter previo han de concretar en un plan estratégico de subvenciones, los objeticvos y los efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, que se supeditarán en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

En este sentido, el Consejo Ejecutivo, en fecha 2 de diciembre de 2015 y publicado en el BOIB nº 177 de 27 diciembre de 2015, aprobó el Plan estratégico de subvenciones del Consell Insular para el ejercicio 2015, en el cual quedaban recogidas todas las subvenciones previstas para el año 2015.

Vista la providencia de impulso dictada por el Sr. Presidente, de fecha 7 de mayo de 2015, donde se manifiesta la voluntad de dar apoyo económico a la asociación VIA ABIERTA A LOURUC, para paliar los efectos del terremoto que tuvo lugar en el Nepal el pasado 25 de abril.

Dada la necesidad de modificar el dicho Plan en el sentido de incluir esta ayuda por un importe de 19.000 euros.

En virtud de dicho acuerdo del Consejo Ejecutivo se delega en el Consejero ejecutivo del Departamento de Economía y Hacienda la aprobación de las modificaciones que se puedan producir a lo largo de la vigencia de este Plan estratégico, por lo que esta resolución administrativa se adopta por el delegado del Consejo Ejecutivo y se ha de considerar dictada por el órgano delegante (art. 13.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Por todo lo anterior vista la propuesta de la secretaria técnica del Área de Economía, Bienestar Social y Agricultura de fecha 7 de mayo de 2015, este conseller en uso de las facultades que tengo conferidas,

RESUELVO

PRIMERO.- Aprobar la modificación del Plan estratégico de Subvenciones del Consell Insular de Eivissa para el año 2015, en el sentido de incluir una ayuda directa a la asociación VIA OBERTA A LOURUC, por importe de 19.000.- euros (diez y nueve mil euros) para paliar los efectos del terremoto que tuvo lugar en Nepal el pasado 25 de abril.

SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo en el BOIB.

La cual cosa manda y firma el consejero ejecutivo del Departamento de Economía y Hacienda del Consell Insular de Eivissa, y da fe (en cumplimiento de las funciones de fe pública art. 2 RD 1174/1987 de 18 de setiembre) la secretaria accidental, en Eivissa, el 7 de mayo de 2015.

 

El consejero ejecutivo

La Secretaria Acctal.,

Álex Minchiotti Fábregas

Maria Torres Bonet

 

Eivissa, 22 de mayo de 2015

 

La Secretaria Técnica del Área de Economía, Bienestar Social y Agricultura

Gema Marí Planells