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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 9111
Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), por la que se modifican determinados plazos previstos en la Resolución de 26 de febrero de 2015 de convocatoria, para el año 2015, de determinadas ayudas comunitarias directas a la agricultura y a la ganadería, así como determinados plazos relacionados con la solicitud de ayudas directas

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Texto

La Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), de 26 de febrero de 2015 de convocatoria, para el año 2015, de determinadas ayudas comunitarias directas a la agricultura y a la ganadería (BOIB nº 30 de 28 de febrero de 2015), establece que el plazo para la presentación de solicitudes de ayudas finaliza el 15 de mayo de 2015.

En dicha Resolución se establecen, entre otros, diversos plazos vinculados a dicha fecha.

En el Boletín Oficial del Estado nº 114 de fecha 13 de mayo de 2015, se ha publicado la Orden AAA/872/2015, de 12 de mayo, por la que se modifican, para el año 2015, diversos plazos establecidos en el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural, y en el Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos de Régimen de pago básico de la Política agrícola común.

Con la finalidad de evitar que los agricultores y ganaderos de las Illes Balears resulten discriminados respecto a los de otras comunidades autónomas, y considerando que los reales decretos afectados constituyen normativa básica,  se considera conveniente modificar los plazos establecidos en el ámbito de esta comunidad autónoma, a fin de adaptarlos a la modificación estatal.

Por todo ello, haciendo uso de las atribuciones que tengo conferidas, a propuesta del Director Gerente del FOGAIBA, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Se modifica el anexo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), de 26 de febrero de 2015 de convocatoria, para el año 2015, de determinadas ayudas comunitarias directas a la agricultura y a la ganadería (BOIB nº 30 de 28 de febrero de 2015), en el sentido siguiente:

1. El apartado séptimo queda redactado como a continuación se indica

“Séptimo

Parcelas a disposición del agricultor

Las parcelas agrícolas de hectáreas admisibles utilizadas para justificar derechos de ayuda deberán estar a disposición del agricultor, bien en régimen de propiedad, usufructo, arrendamiento, o aparcería  el día 15 de junio del 2015.” 

2. El punto 8 del apartado octavo, queda redactado como a continuación se indica:

“8. Las comunicaciones al FOGAIBA referente a compraventas, arrendamientos de explotaciones o parte de ellas formalizadas en el periodo comprendido entre el 16 de mayo de 2014 y 15 de junio de 2015, están recogidas en el artículo 19 del Real Decreto. También contempla los cambios de titularidad de la explotación como consecuencia de sucesión mortis causa, jubilaciones, ceses anticipados, fusiones, escisiones, cambios de denominación e incapacidades laborales permanentes.” 

3. El punto 1 del  apartado trigésimo segundo, queda redactado de la siguiente manera:

“1. La solicitud única deberá presentarse en el período comprendido entre el día 1 de marzo y el 15 de junio de 2015, ambos inclusive.” 

4. El punto 1 del  apartado trigésimo tercero, queda redactado como a continuación se indica:

“1. Los agricultores podrán, hasta el 15 de junio de 2015, añadir parcelas individuales siempre que se cumplan los requisitos fijados en el régimen de ayuda de que se trate. Además, se podrá modificar el uso o el régimen de ayuda de las parcelas agrícolas ya declaradas en la solicitud única siempre que éste ya se haya solicitado con otras parcelas en la solicitud única.” 

Segundo

Esta Resolución se publicará en el Boletín Oficial de las Illes Balears. 

    

Palma, 21 de mayo de 2015

     

El Presidente del FOGAIBA

Gabriel  Company Bauzà