Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS
Núm. 8986
Resolución del Consejero de Hacienda y Presupuestos de 18 de mayo de 2015 por la que se autoriza la cesión gratuita de vehículos que están cedidos en uso gratuito y temporal a las policías locales de diferentes ayuntamientos de las Islas Baleares
Antecedentes
1. La Consejería de Administraciones Públicas es el órgano superior de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears que tiene atribuidas las competencias en materia de coordinación y otras facultades en relación con las policías locales, ejercidas mediante la Dirección General de Interior, Emergencias y Justicia.
2. Por otra parte, el artículo 25.2 letra f) de la Ley 7/1985 ,de dos de abril, de Bases de Régimen Local, otorga a los municipios, en los términos de la legislación del Estado y de las comunidades autónomas, competencias en materia de policía local.
3. De acuerdo con lo previsto en los artículos 9 y 10 de la Ley 4/2013, de 1 de julio, de Coordinación de las policías locales de las Illes Balears, la Consejería de Administraciones Públicas determina y arbitra los medios necesarios para garantizar las funciones establecidas en esta ley y en sus disposiciones reglamentarias.
4. Hay constancia expresa del interés, por parte de la Consejería de Administraciones Públicas, en la cesión gratuita de un vehículo a motor y trece ciclomotores, propiedad del Gobierno, a las corporaciones locales interesadas, quedando acreditadas la finalidad pública y el interés social del destino de estos bienes muebles.
5. Mediante un oficio del Director General de Interior, Emergencias y Justicia de 30 de abril de 2015 (con registro de entrada 5072/2015), se remitió toda la documentación necesaria para tramitar el expediente de cesión definitiva correspondiente, que es la siguiente:
-Resolución del Consejero de Administraciones Públicas por la que insta al Consejero de Hacienda y Presupuestos a iniciar el expediente de cesión de los vehículos.
-Memoria Justificativa de la Secretaría General de la Consejería de Administraciones Públicas sobre la cesión.
-Informe Actualizado sobre la tasación del vehículo a motor y ciclomotores, emitido por la Jefa del Departamento de Interior.
-Comunicación de los Ayuntamientos de: Ferreries, Algaida, Ariany, Bunyola, Llubí, Montuiri, Petra, Porreres, San Juan de la Labritja, Santa Eugenia, Sencelles, Sineu, Valldemossa y Vilafranca de Bonany, donde manifiestan su interés en la cesión del vehículo a motor y ciclomotores objetos de la cesión definitiva.
6. En fecha 08 de mayo de 2015, se ha recibido en esta Consejería oficio del Director General de Interior, Emergencias y Justicia en el que se informa al Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio que los Ayuntamientos de Consell y Fornalutx han cambiado de parecer y ahora solicitan la cesión definitiva de los ciclomotores que tenían cedidos en uso gratuito y temporal para sus policías locales, dejando sin efecto las comunicaciones anteriores en sentido contrario. Así, al referido oficio se adjuntan oficios del día 28 de abril, del Ayuntamiento de Consell y del Ayuntamiento de Fornalutx, ambos con registro de entrada en la Consejería de Administraciones Públicas de fecha 30 de abril (5462/15 y 5641/15, respectivamente).
Fundamentos de Derecho
1. Los artículos 61, 62 y 72 de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. Los artículos 124, 125 y 142 del Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobado por el Decreto 127/2005, de 16 de diciembre (BOIB núm. 192, de 24 de diciembre).
3. El Decreto 5/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Islas Baleares, por el que se determina la composición del Gobierno y establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm . 60, de 2 de mayo).
4. El Decreto 15/2013, de 7 de junio (BOIB núm. 82, de 8 de junio), por el que se modifica el Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 60, de 2 de mayo).
5. El Decreto 7/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Islas Baleares (BOIB núm. 60, de 2 de mayo).
6. El Decreto 35/2013, de 21 de junio, por el que se dispone el nombramiento del Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Presupuestos del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 88, de 22 de junio).
Propuesta de Resolución
Propongo al Consejero de Hacienda y Presupuestos que dicte una Resolución en los términos siguientes:
1. AUTORIZAR la cesión gratuita de los vehículos que se detallan a continuación a las corporaciones locales interesadas, para que los utilice la policía local de los referidos municipios:
MUNICIPIO |
MATRÍCULA |
MARCA |
TIPO |
ACTIVO FIJO |
Consell |
C-4509-BMG |
Daelim |
Ciclomotor |
100000002396 |
Fornalutx |
C-4533-BMG |
Daelim |
Ciclomotor |
100000002394 |
2. ESTABLECER, para la cesión, las características siguientes:
3. NOTIFICAR la Resolución a las partes interesadas.
4. ANOTAR la cesión gratuita en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
5. PUBLICAR la Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra la resolución que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Hacienda y Presupuestos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de haberse publicado la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma de Mallorca, 18 de mayo de 2015
El Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio
Miguel Miralles Sastre
Conforme con la propuesta. Dicto resolución.
El Consejero de Hacienda y Presupuestos
José Vicente Marí Bosó