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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 8696
Ejecución de títulos judiciales 43/2015

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  PAULA MATEO ERROZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000043 /2015 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª ROGER FALCO GRAUPERA contra la empresa  MASTERS ART GALERIE SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

PARTE DISPOSITIVA

DISPONGO:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a D. ROGER FALCO GRAUPERA con la empresa MASTERS ART GALERIE SL, condenando a ésta a que abone a aquella las cantidades siguientes:

NOMBRE TRABAJADOR: ROGER FALCO GRAUPERA

INDEMNIZACIÓN en sentencia: 21.720,28 euros.

COMPLEMENTO DE INDEMNIZACIÓN HASTA EXTINCIÓN RELACION LABORAL: 528,80 euros.

SALARIOS DE TRAMITACIÓN: (No ha trabajado) 5.922,84 euros.

LIQUIDACIÓN DE CONTRATO: 6.474 euros más 10%: 516,15 euros.

Total principal: 35.162,07 euros, más 7.032,42 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

EL/LA MAGISTRADO/A JUEZ                                EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

Y para que sirva de notificación en legal forma a  MASTERS ART GALERIE SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Illes Balears.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a treinta de Abril de dos mil quince.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL