Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES
Núm. 8909
Resolución del secretario general de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades por la cual se somete a información pública el Proyecto de orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de modificación de la Orden del consejero de Educación y Cultura de 10 de junio de 2011 por la cual se crean los ficheros de datos de carácter personal automatizados y no automatizados de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Cultura
Antecedentes
1. Con el fin de crear el fichero SERJUREDU, de expedientes del Servicio Jurídico de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, es necesario modificar la Orden del consejero de Educación y Cultura de 10 de junio de 2011 por la cual se crean los ficheros de datos de carácter personal automatizados y no automatizados de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Cultura.
2. El artículo 86 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, establece que, cuando la naturaleza del procedimiento lo requiera, se puede establecer un periodo de información pública, el cual se tiene que anunciar en el boletín oficial correspondiente a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el procedimiento. El periodo de exhibición no puede ser nunca inferior a veinte días.
3. La consejera designó al secretario general de la Consejería órgano responsable de tramitar este expediente.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Someter a información pública, por un plazo de veinte días a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOIB, el Proyecto de orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de modificación de la Orden del consejero de Educación y Cultura de 10 de junio de 2011 por la cual se crean los ficheros de datos de carácter personal automatizados y no automatizados de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Cultura.
2. Poner una copia del Proyecto de orden a disposición de las personas interesadas, durante el plazo previsto, en la sede de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades (c. de Alfons el Magnànim, 29, 3ª planta, de Palma) y en la web de la Consejería (<http://sgtedu.caib.es>).
3. Ordenar que esta Resolución se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 12 de mayo de 2015
El secretario general
Bartomeu Alcover Bisbal