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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA

Núm. 8905
Notificación RA 109/2015 de imposición de sanción Expediente 000025/2014 MEDAMBSANCIO

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Resultando el intento de notificación sin éxito al Sr. GONZALEZ FALCON, FERNANDO en repetidas ocasiones, del Decreto de Alcaldía núm. 109/2015 en cuanto a la imposición de la sanción del expediente núm. 000025/2014-MEDAMBSANCIO.

Y resultando lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común. (LRJAP-PAC), se hace público su contenido por un plazo de 20 días a los efectos que la Ley establece.

 

Son Servera, 5 de mayo de 2015

El alcalde,
Antoni Servera Servera

 

"Decreto núm. 109/2015

Referencia: 000025/2014-MEDAMBSANCIO 08. Medio Ambiente

Antoni Servera Servera, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Son Servera (Islas Baleares).

Visto el decreto 1202/2014 de 27 de septiembre de 2014, el cual resuelve entre otras iniciar el expediente sancionador contra el Sr. GONZALEZ FALCON FERNANDO, para tirar en la vía pública algún tipo de residuo sólido, líquido o gaseoso, lo tipificado como leve de acuerdo con el artículo 65.3.a) de la Ordenanza Municipal reguladora de la limpieza viaria y recogida de residuos urbanos o municipales.

Dado que ante la imposibilidad de notificar dicho decreto al interesado, éste fue publicado en el BOIB núm. 159 en fecha 20 de noviembre de 2014.

Dado que durante el plazo establecido no se han presentado alegaciones al inicio del expediente sancionador núm. 000025/2014-MEDAMBSANCIO.

Y de acuerdo con las atribuciones que me confiere la legislación vigente.

Resuelvo,

Primero. Imponer al Sr. GONZALEZ FALCON, FERNANDO una sanción de 60,10 €, que es la sanción mínima establecida en el artículo 67.1.a) de la Ordenanza Municipal reguladora de la limpieza viaria y recogida de residuos urbanos o municipales para tirar en la vía pública algún tipo de residuo sólido, líquido o gaseoso, lo tipificado como infracción leve de acuerdo con la misma Ordenanza.

Segundo. Aprobar la liquidación núm. 378654 de fecha 22 de enero de 2015.

Tercero. Apercibir que el pago de dichas sanciones se debe hacer en el plazo de 30 días contados desde el siguiente a la notificación del presente acuerdo. Transcurrido este plazo, y si no se ha efectuado el pago voluntario de la sanción, este ayuntamiento procederá por la vía del apremio. El pago de las multas se suspenderá si durante el plazo legal para la imposición del recurso se garantiza el importe de la totalidad de la multa.

Cuarto. Notificar la presente resolución al interesado.

Son Servera, 22 de enero de 2015

El Alcalde Presidente                                                                                           Don fe: El Secretario

Antoni Servera Servera                                                                                       Antoni Gual Sureda"

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:

a.- Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación del presente decreto.

b.- El recurso de reposición potestativo ante el órgano que ha dictado esta resolución, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la ley 4/1999 de 13 de enero, de modificación de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.