Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 2 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 8483
Juicio de faltas nº 534/2014
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a JUAN MARI FERRER la sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Que debo CONDENAR a D. JUAN MARI FERRER, en quien no concurre ninguna circunstancia modificativa de la responsabilidad penal, como autor responsable de una falta de hurto del art. 623 CP, a la pena de 1 mes de multa con una cuota diaria de 6 €, es decir, al pago en total de 180 euros; cantidad que en caso de impago y previa acreditación de la insolvencia del penado, dará lugar a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de localización permanente por cada dos cuotas no satisfechas, en virtud de lo establecido en el artículo 53 CP.
Y todo ello con expresa imposición de costas a D. JUAN MARI FERRER.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma NO ES FIRME y que contra ella cabe RECURSO DE APELACIÓN, que deberá presentarse ante este mismo Juzgado en el PLAZO DE LOS 5 DÍAS siguientes al de su notificación para su resolución por la Audiencia Provincial de les Illes Balears, permaneciendo durante dicho plazo las actuaciones a disposición de las partes en la secretaría del Juzgado.
En PALMA DE MALLORCA a 29 de Abril de 2015.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL