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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY

Núm. 8882
Corrección de errores en la versión en lengua catalana de la publicación de la convocatoria de la bolsa de arquitectos del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany

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Texto

Corrección de errores en la versión en lengua catalana de la publicación de la convocatoria de la BOLSA DE ARQUITECTOS del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany.

Detectados errores en el anexo de la convocatoria de la bolsa de arquitectos del Ayuntamiento de Sant Antoni de Pormtnay, en la versión en lengua catalana que se publicó en el BOIB núm. 72 de fecha 30 de abril de 2015, se procede a su corrección.

Primera.- En la base primera donde dice.

..PRIMERA.- OBJETO.

El objeto de esta convocatoria es la creación de una bolsa de arquitectos, personal funcionario interino para cubrir posibles necesidades urgentes de provisión de plazas y puestos de trabajo de inspectores de urbanismo y actividades...”

Debe decir:

..PRIMERA.- OBJETO

El objeto de esta convocatoria es la creación de una bolsa de arquitectos, personal funcionario interino para cubrir posibles necesidades urgentes de provisión de plazas y puestos de trabajo de Arquitecto...”

Segunda.- En la base segunda, apartado f, donde dice:

...f) Estar en posesión del título de Arquitecto técnico..”

Debe decir.

...f) Estar en posesión del título de Arquitecto...”

Tercera.- En la base sexta, en el apartado correspondiente a la FASE DE CONCURSO, donde dice:

...a) Méritos profesionales o Nivel de experiencia:

a1) Por servicios prestados en la Administración ( ja sea en propiedad, interinamente o en régimen de contrato laboral) ejerciendo funciones propias del puesto de trabajo objeto de la convocatoria, por períodos mensuales completos, demostrables mediante certificación de la Administración correspondientes, a razón de 0,25 puntos por mes...”

Debe decir:

...“...a) Méritos profesionales o Nivel de experiencia:

a1) Por servicios prestados en la Administración ( ja sea en propiedad, interinamente o en régimen de contrato laboral) ejerciendo funciones propias del puesto de trabajo objeto de la convocatoria, por períodos mensuales completos, demostrables mediante certificación de la Administración correspondientes, a razón de 0,20 puntos por mes completo...”

En Sant Antoni de Portmany, 18 de mayo de 2015

La Alcadesa

Josefa Gutierrez Costa