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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 22 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 8841
Juicio verbal 105/2015 sobre otras materias

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Texto

D./Dª. JAIME MORRO CANAVES, Secretario/a Judicial, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 22 de PALMA DE MALLORCA, por el presente,

ANUNCIO:

En el presente procedimiento de juicio verbal 105/15, seguido a instancia de JOSE FERRER ALCOVER frente a MARIA GUAL FERRET se ha dictado sentencia y auto de aclaración, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA 45/15

En Palma de Mallorca, a 23 de abril de 2015.

Vistos por mí, Jaime Gibert Ferragut, magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia nº 22 de los de Palma de Mallorca, los presentes autos de juicio verbal nº 105/15 en los que es parte actora Don José Ferrer Alcover, representada por el procurador Sr. Barceló y defendida por la letrada Sra. Marqués, y, demandada, Doña María Gual Ferret o sus herederos su herencia yacente.

FALLO

Que, estimando íntegramente la demanda, debo declarar y declaro prescritos el alodio que grava las fincas registrales nº 37.465, 37.466, 37.467, 37.468 y 37.469 sitas en esta ciudad e inscritas en el Registro de la Propiedad de Palma nº 6, Sección de Palma VII, libro 745, tomo 4.094.

Se imponen a la parte las costas del juicio.

Contra esta sentencia, que no es firme, cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Baleares que podrá interponerse en este Juzgado en el plazo de 20 días desde su notificación.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

AUTO

En Palma de Mallorca, a 29 de abril de 2015.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO: Por la parte demandante se solicita la aclaración de la sentencia dictada el pasado 23 de abril.

PARTE DISPOSITIVA

Se añade, a la sentencia dictada el pasado 23 de abril, que se condena a la parte demandada a pasar por lo que en la resolución se declara y que se acuerda expedir el oportuno mandamiento al Registrador de la Propiedad para la cancelación de los alodios.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma Jaime Gibert Ferragut, magistrado del Juzgado de Primera Instancia nº 22 de los de esta ciudad, de lo que doy fe.

Y encontrándose dicho demandado, MARIA GUAL FERRET, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

PALMA DE MALLORCA a ocho de Mayo de dos mil quince.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL,