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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MAÓ

Núm. 8854
Estatutos y bases de la Junta de compensación de la unidad de actuación UA5 interior de manzana en calle Vasallo

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Texto

La Junta de Gobierno Local, en sesión realizada el día 11 de mayo de 2015, adoptó los siguientes acuerdos:

Primero.- Estimar parcialmente las alegaciones presentadas por el Sr. Antonio Masferrer Anglada, el 21 de noviembre de 2014, registro de entrada núm. 15.420, por los motivos que constan en el informe jurídico, del que se le remitirá copia.

Segundo.- Aprobación definitiva del proyecto de estatutos y bases de la Junta de Compensación de la Unidad de Actuación UA5 interior de manzana en la calle Vasallo, del Plan General de Ordenación Urbana de Maó (aprobado definitivamente el 30 de enero de 2012, por el Pleno del Consejo Insular de Menorca, publicado en el BOIB núm. 20 ext., de fecha 08-02-2012, y que entró en vigor el 25 de febrero de 2012), presentado por la mercantil Privileged System, SL, con las siguientes modificaciones:

  1. En el artículo 9.2 de los estatutos, se debe eliminar el incremento de 3 puntos de los intereses legales.

  2. En el artículo 24 de los estatutos, hay que añadir que las reuniones del pleno se celebrarán el día, lugar y hora que determine el Presidente, dentro del término municipal de Maó.

  3. El artículo 25.1 de los estatutos, se debe modificar en el sentido de que el pleno extraordinario se convocará cuando lo pidan uno o más miembros de la Junta de Compensación que representen al menos el 5% de los cuotas definidas en el artículo 17 de los estatutos.

  4. El artículo 26 de los estatutos, se debe modificar en el sentido de que los miembros de la Junta de Compensación pueden asistir a las sesiones del Pleno acompañados de un asesor, con posibilidad de intervención, pero no de voto.

  5. El artículo 46.1 de los estatutos, se debe modificar en el sentido de que contra los acuerdos de los órganos de la Junta de Compensación se podrá interponer recurso de alzada ante el Ayuntamiento de Mahón, en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en el artículo 29 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Tercero.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 162.3 del Reglamento de Gestión Urbanística designar como representante municipal en la Junta de Compensación de la Unidad de Actuación UA 5 interior de manzana en la calle Vasallo, del Plan General de Ordenación urbana de Maó, a la sra. Alcaldesa, la cual podrá delegar en cualquier otro concejal o concejala.

Cuarto.- Ordenar la publicación de este acuerdo en el BOIB, expresando las modificaciones introducidas en los estatutos y las bases de actuación de la Junta de Compensación, así como notificarlo de forma individualizada con este mismo contenido a los propietarios indicados al apartado 3 del artículo 162 del Reglamento de Gestión Urbanística (RGU), aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto.

Quinto.- De conformidad con lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 162 del Reglamento de Gestión Urbanística, en la notificación del acuerdo de aprobación definitiva se requerirá a los que sean propietarios afectados, en los términos del número 3 del citado artículo 162, y no hubieran solicitado su incorporación a la Junta de Compensación, para que así lo efectúen, si lo desean, en el plazo de un mes, contado desde la notificación, con la advertencia de expropiación prevista en el artículo 127.1 de la Ley del suelo.

Sexto.- Una vez transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior de este acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 163.1 del Reglamento de Gestión Urbanística, se requerirá a los interesados ​​para que procedan a la constitución de la Junta de Compensación mediante escritura pública en la que designarán los cargos del órgano rector, que deberán recaer necesariamente en personas físicas.                                

Contra la aludida resolución se podrá interponer recurso Contencioso-Administrativo, señalado en el artículo 46 de la Ley 29/98 de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación del presente acuerdo en el BOIB, salvo que se presente recurso previo potestativo de reposición del artículo 116 de la Ley 30/92 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, en el plazo de un mes a contar del día siguiente de la presente publicación; pudiendo, no obstante, utilizar otros recursos si se considera procedente.

           

Maó, 18 de mayo de 2015

            

LA TENIENTA DE ALCALDÍA DE URBANISMO,

ANA LÍA NOVAL GARCÍA