Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Núm. 8632
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears de la Modificación PGOU c/Isla de Creta, Esculls, Josep Mascaró y Pasaje Roques, Palma. (162c/14)
En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el artículo 96 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, se comunica que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 17 de diciembre de 2014,
CONSIDERANDO
1.Que el objeto de la modificación puntual de PGOU consiste en atrasar la línea de edificación actual en la calle Escull (situada a 3,00 metros desde la alineación oficial debido al retranqueo obligatorio de la zona D3a) a 13,50 m, con el objeto de situarla fuera de la franja de servidumbre de protección de Costas. Consiguiendo que la presente modificación suponga una disminución de 1.327,08 m2 edificables respecto al aprovechamiento previsto por la vigente PGOU. Disminuir la ocupación de las edificaciones pasando de 1.780,93 a 1.338,57 m2 y reducir el número de viviendas, pasando de las 59 unidades a 45 unidades con la modificación.
2.Que una vez estudiada la documentación presentada, se ha comprobado que el expediente por la modificación del PGOU al ámbito c/ Isla de Creta, Esculls, Josep Mascaró y Pasaje de las Roques, en el término municipal de Palma. Esta incluido dentro del punto 4.a: ”Disminución de coeficientes de edificabilidad o de porcentaje de ocupación de las edificaciones”, del anexo III de la Ley 11/2006, del 14 de septiembre, de Evaluaciones de Impacto ambiental y Evaluaciones Ambientales Estratégicas en las Illes Balears.
ACUERDA
Que la modificación del PGOU al ámbito c/ Isla de Creta, Esculls, Josep Mascaró y Pasaje de las Roques, en el término municipal de Palma, se encuentra incluido dentro de los puntos 4.a de el anexo III de la Ley 11/2006, del 14 de septiembre, de Evaluaciones de Impacto ambiental y Evaluaciones Ambientales Estratégicas en las Illes Balears, y por lo tanto, esta modificación no tiene efectos significativos en el medio ambiente y NO ESTÁ SOMETIDO al procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica.
Palma, 14 de abril de 2015
El president de la CMAIB
José Carlos Caballero Rubiato