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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 8631
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears del Programa Desarrollo Rural de las Illes Balears. (31841/13)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el artículo 85 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, se comunica que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 17 de diciembre de 2014,

CONSIDERANDO

1.Que el Programa de Desarrollo Rural (PDR) de las Illes Balears es el instrumento mediante el cual se aplicará la estrategia que va encaminada a cumplir las prioridades de desarrollo rural de la UE para el periodo 2014-2020.

2.Que la Memoria Ambiental realizada por este PDR ha recogido las directrices y medidas ambientales propuestas en el Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA) y ha propuesto que se incorporen a las acciones pertinentes, con objeto de que se potencie y priorice que los fondos FEADER se destinen a aquellas actuaciones más sostenibles con el medio ambiente en materia de suelo, agua, biodiversidad, hábitats, ecosistemas, atmósfera, energía, residuos, paisaje, patrimonio cultural y factores sociales.

3.Que la memoria ambiental ha recogido los aspectos de las alegaciones que han sido estimadas que exponen cuestiones con referencia al cambio climático, contaminación de suelos, ahorro de agua y energía, lucha biológica, etc.

ACUERDA

LA CONFORMIDAD de la Memoria Ambiental del Programa de Desarrollo Rural en las Illes Balears (2014-2020).

Se recomienda que la Orden de Bases reguladora de las ayudas incluya, según la ubicación del proyecto, directrices y medidas ambientales recogidas de acuerdo con la Memoria Ambiental.

Se recuerda que este PDR se tiene que someter a evaluación de repercusiones a la Red Natura de acuerdo con el artículo 39 de la Ley 5/2005, de 26 de mayo para la Conservación de los Espacios de Relevancia Ambiental (LECO).

   

Palma, 14 de abril de 2015

    

El president de la CMAIB

José Carlos Caballero Rubiato