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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 8603
Disciplina: DS-2012/103 Notificación sanción

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Como consecuencia del expediente incoado en este negociado por presunta infracción urbanística a  la Sra. Cristina Abellan Lara, exp. nº DS-2012/103, dado que se ha intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a la Sra. Cristina Abellan Lara, de conformidad con los arts. 59-4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; y 194 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, del reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, que transcrito dice:

Le notificamos que por resolución de la alcaldía nº 21691 de 18 de diciembre de 2014, se ha dispuesto lo siguiente:

El 05.05.2014 se adoptó el decreto nº 7519 por el cual se impone una sanción de 3.066,02 € a Cristina Abellán Lara, por la realización de obras sin licencia municipal situadas en c. Ribadavia, 1, 1r RC 03129909007, consistentes en: “construcción en terraza superior de la planta piso 1 de unas dimensiones aproximadas de 5 m x 2,75 m y 2,50 m de altura, cubierta realizada con 9 vigas de madera con 2,40 m x 2,75 m de bovedilla cerámica y el resto de plancha de material plastico, paredes de obra, una forrada de piedra, solado de unas dimensiones aproximadas de 13,75 m2 forrado con parquet, carpintería metálica”.

El 31.10.2014 la Sra. Cristina Abellan Lara presenta valoración alternativa.

El técnico de administración general ha emitido informe 18.11.2014, sobre las alegaciones presentadas donde indica:

“Considerando

El 05.05.2014 se adoptó el decreto nº 7519 por el cual se impone una sanción de 3.066,02 € a Cristina Abellan Lara, por la realización de obras sin licencia municipal situadas en c. Ribadavia, 1, 1r RC 03129909007, consistentes en: “construcción en terraza superior de la planta piso 1 de unas dimensiones aproximadas de 5 m x 2,75 m y 2,50 m de altura, cubierta realizada con 9 vigas de madera con 2,40 m x 2,75 m de bovedilla cerámica y el resto de plancha de material plastico, paredes de obra, una forrada de piedra, solado de unas dimensiones aproximadas de 13,75 m2 forrado con parquet, carpintería metálica”.

En fecha 31.10.2014 la Sra. Cristina Abellan Lara, presenta valoración alternativa.

El arquitecto técnico municipal indica, en su informe de 18.11.2014, que:

“La valoración alternativa ha sido realizada por el arquitecto técnico Miguel Bordoy Cifre, colegiado nº 1317 del COAAT de Mallorca. Esta valoración ha sido realizada por el método de partidas de obra, medidas y precios unitarios. Las partidas consideradas y los precios aplicados se corresponden, en líneas generales, en las obras denunciadas.

Conclusión

La valoración presentada, por el importe total de las obras de 4.967 € se puede considerar válida a efectos sancionadores”

Las acciones denunciadas son constitutivas de infracción urbanística, de carácter grave, arte 28 de la Ley 10/1990, sancionable con una multa del 50 % al 100 % del valor de las obras ejecutadas, según el art. 45-a de la misma ley.

No se aprecia ninguna de las circunstancias atenuantes o agravantes, detalladas en el artículo 34 de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de disciplina urbanística. En consecuencia se considera apropiado, siguiendo el principio de proporcionalidad previsto en el artículo 131 de la Ley 30/1992, proponer la imposición de la sanción en su grado medio, dando como resultado una sanción de 1.862,63 €).

 La instructora que suscribe, de acuerdo con el Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el que se aprueba el reglamento del procedimiento a seguir por la administración de la CAIB; el Reglamento de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Palma (BOIB núm. 98 de 28/06/05); el art. 21 y 127 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local; el art. 35 de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de disciplina urbanística, el Decreto de Alcaldía núm. 8436, de nombramiento de los titulares de las áreas de gobierno, de 13 de mayo de 2013, y el Decreto de Alcaldía 954, de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Palma, de 27 de enero de 2014, y demás normativa aplicable , considera que el teniente de alcalde del Área de Urbanismo y Vivienda puede dictar el siguiente:

DECRETO

1. Estimar el recurso de reposición interpuesto por la Sra. Cristina Abellan Lara contra la resolución de alcaldía núm. 7519 de 05.05.2014, de imposición de multa por obras en c. Ribadavia, 1, 1r, RC. 03129909007.

2.- DEJAR SIN EFECTO el decreto núm. 7519 de 05.05.2014

3.- Imponer a la Sra. Cristina Abellan Lara (DNI. 43.187.047 Q), en su calidad de copropietaria, una multa de MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS euros con SESENTA Y TRES céntimos (1.862,63 €), 75 % sobre la mitad de la valoración efectuada de 4.967 €, art.45-a de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de disciplina urbanística) para la realización de las acciones denunciadas el 19.03.2012, en c. Ribadavia, 1, 1r, RC. 03129909007, de acuerdo con lo dispuesto en el expositivo de este decreto.

4.- Dar cuenta del presente decreto al interesado.

El importe de la multa precedente, según lo dispuesto en el art. 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, deberá hacerse efectivo, en período voluntario en los plazos siguientes:

- Si la notificación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente

- Si la notificación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

 La multa deberá hacerse efectiva en la recaudación municipal ubicada en la plaza Santa Eulalia, 8, 1 º, de 9'00 h. a 13'30 de lunes a viernes.

Le advierto:

1r -Que la interposición de cualquier recurso no suspenderá la ejecución del acto impugnado de acuerdo con lo establecido en el articulo 111 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.-

2n -Que, a partir del día siguiente del vencimiento del plazo de ingreso en periodo voluntario hasta el día del pago de la deuda, deberá  satisfacer intereses de demora.

Lo que le notifico a los efectos oportunos. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo, de acuerdo con los art. 109 de la Ley 30(92 de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, art. 52 de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y art. 45 y siguientes de la Ley 29/98  de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción contencioso- administrativo, ante el Juzgado Contencioso Administratico, en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación,  ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que considere oportunos.

Para el Servicio de Registro de documentos, Caja, así como Información General y Fiscal, podrán dirigirse a las siguientes Oficinas: OAC Cort Pl. Santa Eulàlia, 9; OAC Sant Ferran Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policia Local); OAC S’Escorxador, c. Emperadriu Eugènia, 6 (S’Escorxador); OAC S’Arenal,  Av Amèrica, 11 (S’Arenal);  OAC Avingudes , Av. Gabriel Alomar, 18 (Edifici Avingudes); OAC Son Ferriol,  Av. Cid, 8 (Son Ferriol); OAC Sant Agustí,  c. Margaluz, 30 (Sant Agustí). OAC Pere Garau, c. Pere Llobera, 9. Horario de atención al Público: Todo el año de 8.30 a 14 h de lunes a viernes.  Horario ampliado de octubre a mayo: de lunes a jueves de 8.30 a 17 h, a la OAC AVINGUDES, Av. Gabriel Alomar, 18. Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h en la OAC Cort, Plaza Sta. Eulália,9 (sólo Registro).

 

Palma, 14 demayo de 2015

La jefa de Departamento de Disciplina urbanística y Seguridad de los Edificios

(p.d. Decreto de Alcaldía nº 10434 de 8/6/2012, BOIB nº 85 de 14/6/2012)

Elvira Salva Armengod