Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 8525
Notificación de Resolución de denegación de la ayudas, de fecha 29 de abril de 2.015, para el ejercicio 2.014, ayudas para la prórroga de los compromisos asumidos para la protección de las variedades autóctonas con riesgo de erosión genética
Notificación de Resolución de denegación de la ayudas, de fecha 29 de abril de 2.015, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 14 de febrero de 2.014 por la que se convocan, para el ejercicio 2.014, ayudas para la prórroga de los compromisos asumidos para la protección de las variedades autóctonas con riesgo de erosión genética.
El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 14 de febrero de 2.014 por la que se convocan, para el ejercicio 2.014, ayudas para la prórroga de los compromisos asumidos para el fomento de la Agricultura y la Ganadería Ecológicas especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común .
Estas ayudas se enmarcan dentro del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2007-2013.
En fecha 29 de abril de 2015 el vicepresidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) dictó resolución individual de concesión de ayuda convocada mediante Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 14 de febrero de 2.014 por la que se convocan, para el ejercicio 2.014, ayudas para la prórroga de los compromisos asumidos para la prórroga de los compromisos asumidos para la protección de las variedades autóctonas con riesgo de erosión genética y Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 16 de octubre de 2.014.
De acuerdo con lo que establece el apartado décimo de la Resolución del presidente del Fons de Garantía Agraria i Pesquera de les Illes Balears (FOGAIBA) de 14 de febrero de 2.014, el beneficiario está obligado a cumplir durante el año 2.014 determinados compromisos, entendiéndose prorrogado el contracte de asunción de compromisos firmado en la convocatoria 2.009. En caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos establecidos se aplicara el que establece el apartado doce de la Resolución.
ANEXO 1
Titular |
NIF/CIF |
NUM EXP |
Motivo denegación |
---|---|---|---|
JUAN JAUME BOYERAS |
41516225Y |
7/09 |
De los resultados de control de campo, se desprende que la superficie declarada es de 1,60 ha mientras que la superficie determinada en el control de campo es de 1,04 ha, lo que supone una sobredeclaración de 53,85%. El punto 1 del anejo III de la presente convocatoria establece que ante una sobredeclaración superior al 50%, no se concederá ninguna ayuda para el grupo de cultivo. Por tanto, no se cumple el requisito de mantener los compromisos asumidos para la convocatoria de 2009, indicado en el punto 1, d) del apartado tercero de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 14 de febrero de 2014. |
Se informa a los beneficiarios de que sus expedientes se encuentran a su disposición y consulta en el Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural del FOGAIBA (calle Reina Constanza, 4 de Palma).
Contra estas resoluciones, que no agotan la vía administrativa, los interesados pueden interponer recurso de alzada ante el Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, en un plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la fecha de la publicación de la notificación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Palma, 30 de abril de 2.015
El director gerente del FOGAIBA
Joan Simonet Pons