Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 8477
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears de la Modificación no sustancial de la Autorización Ambiental Integrada del vertedero des Milà II promovida por Juan Mora SA, consistente en la unificación de la lista de residuos admitidos de las celdas III y E, validación del sistema de comprobación y certificación de la impermeabilización de la celda E. (IPPC M20/2014)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, se comunica que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 17 de diciembre de 2014,

CONSIDERANDO

1.Que el objeto de la modificación de la Autorización Ambiental Integrada, es la unificación de las listas de residuos admitidos de las celdas III y E,

2.Que, el Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears de fecha 27 de noviembre de 2014, acordó NO EMITIR INFORME sobre el otorgamiento de la modificación no sustancial de la Autorización Ambiental Integrada del vertedero des Milà II, consistente en la unificación de las listas de residuos admitidos de las celdas III y E, hasta que:

“Se realice una comprobación y certificación de la correcta impermeabilización de la celda E, por precaución, por parte del Consorcio de Residuos Urbanos y Energía de Menorca.

Se defina el destino de los residuos vertidos y de los autorizados a verter en la celda E.”

3.Que el titular de la Autorización Ambiental Integrada, Juan Mora SA, ha presentado un escrito donde define el destino de los residuos peligrosos que actualmente están autorizados a ser vertidos en la celda E.

4.Que el Consorcio de Residuos Urbanos y Energía de Menorca ha comunicado el sistema escogido para la comprobación y certificación de la correcta impermeabilización de la celda E.

5.Que el sistema propuesto (prospección con georradar y verificación de escapes por método geoeléctrico dipolo) es no intrusivo y permite estudiar toda la superficie del vaso.

ACUERDA

DARSE POR ENTERADO de los sistemas de comprobación y certificación de la correcta impermeabilización de la celda E propuesto por el Consorcio de Residuos y Suelos Urbanos a través de un georradar.

SUSPENDER EL PLAZO para resolver durante el plazo necesario hasta la incorporación de los resultados al expediente y como máximo 30 días hábiles desde la notificación del presente acuerdo al interesado, de acuerdo con el artículo 42.5.d de la LRJPAC.

Interposición de recursos

Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación del acuerdo, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 14 de abril de 2015

 

El president de la CMAIB

José Carlos Caballero Rubiato