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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 8441
Procedimiento ordinario 737/2009

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En el recurso contencioso-administrativo que tramita esta Sala, interpuesto por PROMOCIOES ES MIRADOR DE SANT JORDI, S.L. contra resolución de la CONSELL INSULAR DE IBIZA recurso al que ha correspondido el número PROCEDIMIENTO ORDINARIO 737/2009, y para dar cumplimiento a lo acordado en la Sentencia dictada por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, Sección QUINTA y en la providencia dictada por esta Sala en el dia de hoy, se ha acordado librar a Vd. el presente mediante el cual se interesa disponga lo necesario a fin de que se publique en ese Boletín Oficial el "texto" que a continuación se indica, debiendo comunicar a esta Sala la fecha y número del ejemplar donde quede publicado.

TEXTO

FALLAMOS

Que debemos declara y declaramos que ha lugar al recurso de casación interpuesto por la entidad mercantil “PROMOCIONES ES MIRADOR DE SANT JORDI S.L.” contra la sentenciada pronunciada, con fecha 12 de noviembre de 2012, en el recurso contencioso-administrativo número 737/2009, lo que, por consiguiente anulamos, al mismo tiempo que, con estimación de las pretensiones formuladas por la representación procesal de los recurrentes, debemos declarar y declaramos la nulidad del Acuerdo adoptado por el Pleno de la Comisión Balear de Medio Ambiente de 3 de julio de 2009 –expediente 07372/2006- por el que se declara la inviabilidad de sujetar el P.G.O.U. de Ibiza a Evaluación Ambiental Estratégica y del Acuerdo de la Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico-Artístico del Artísitico del Consell Insular de Ibiza, de fecha 4 de agosto de 2009, por el que se aprobó definitivamente la Revisión del Plan General de ordenación Urbana de Ibiza; sin hacer expresa condena al pago de las costas causadas en la instancia y en este recurso de casación.- Asi por esta nuestra sentencia, cuya parte dispositiva se publicará en el Diario Oficial de las Islas Baleares, definitivamente juzgando lo pronunciamos, mandamos y firmamos”.

Para que se proceda a su publicación en forma.

En Palma de Mallorca a 28 de abril de 2014.

EL SECRETARIO JUDICIAL

CARLOS AMORENA DONCEL