Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 8368
Departamento de Personal. Registro de Personal e Informática. MFU6 Aprobación Acuerdo de modificación de las funciones de los puestos de ayudante de biblioteca y auxiliar de biblioteca
Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 6 de mayo de 2015, se aprobó lo siguiente:
“Primero.- Modificar el Acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 28/05/2014, regulador de la descripción de las funciones de los puestos de trabajo del Ayuntamiento de Palma de Mallorca, en el sentido de modificar las funciones descritas por los puestos de trabajo de ayudante de biblioteca (F30700001) y auxiliar de biblioteca (F31350022) del Área de Cultura y Deportes. Todo ello, según el anexo adjunto (MFU-6) y habiendo dado cuenta previamente a los representantes sindicales en la Comisión Técnica de la RPT del día 16/04/2015 para que pudieran hacer sus observaciones y / o aportaciones.
Segundo.- La fecha de efectos de este acuerdo será la del día siguiente de su aprobación por la Junta de Gobierno.
Tercero.- Publicar este acuerdo y el anexo adjunto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares”.
Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se podrá interponer por parte de las personas interesadas recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el artículo 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. En caso de no interponer el recurso potestativo de reposición se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, según el artículo antes mencionado y los 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears.
Palma, 8 de mayo de 2015.
El Coordinador del Registro de Personal e Informática.
Joan Miquel Escales Vidal.
MODIFICACIÓN 6 - MODIFICACIÓN DE FUNCIONES TEÓRICAS
ÁREA: |
ACE |
ÁREA DE CULTURA Y DEPORTES |
ÓRGANO: |
ACE010 |
COORDINACIÓN GENERAL DE CULTURA |
UNIDAD: |
ACE0100130 |
SERVICIO DE CULTURA / BIBLIOTECAS |
CÓDIGO |
PUESTO DE TRABAJO |
F30700001 |
AYUDANTE DE BIBLIOTECA |
- Planificar, organizar, gestionar y supervisar los servicios bibliotecarios y procesos técnicos. - Desarrollar la colección: selección, adquisición, catalogación, mantenimiento y clasificación. Mantener y coordinar los servicios virtuales, bases de datos y sistemas informáticos. - Gestionar los proyectos de dinamización de la biblioteca, programación y organización de actividades, elaboración de recursos y materiales para la difusión. - Participar en la planificación y elaboración de los planes estratégicos, diseño y organización de bibliotecas nuevas o reformadas, directrices, normativas y protocolos de actuación relativos a la Red de Bibliotecas. Formar parte de la comisión Técnica de Concursos. - Colaborar en la gestión de calidad de la Red de Bibliotecas, elaborar herramientas que permitan evaluar los servicios bibliotecarios y hacer el seguimiento de la actividad de las bibliotecas. - Cumplir las directrices, normas, procedimientos y acciones preventivas establecidas en materia de Prevención de Riesgos Laborales y asumir las funciones que le sean encomendadas en materia de actuación en emergencias, colaborando con el Servicio de Prevención cuando le sea requerido. - Cualquier otra tarea que le sea encomendada por el superior jerárquico de entre las que corresponden a la escala, subescala, clase, especialidad o categoría de adscripción del puesto de trabajo. |
CÓDIGO |
PUESTO DE TRABAJO |
F31350022 |
AUXILIAR DE BIBLIOTECA |
- Atender al público y orientarlo en la búsqueda de información bibliográfica. - Informar y asesorar a los usuarios sobre el funcionamiento de la biblioteca, sus recursos y servicios. - Velar por el correcto uso y funcionamiento de las instalaciones. - Gestionar el servicio de préstamo, de cualquier tipo y soporte. - Proponer adquisiciones y llevar a cabo el tratamiento técnico de los diferentes fondos documentales. - Organizar, clasificar y realizar el mantenimiento del fondo bibliográfico. - Apoyar y / o organizar actividades de dinamización y fomento de la lectura; hacer la publicidad, difusión y evaluación, bajo la supervisión de la coordinación de bibliotecas. - Recoger los datos estadísticos. - Cumplir las directrices, normas, procedimientos y acciones preventivas establecidas en materia de Prevención de Riesgos Laborales y asumir las funciones que le sean encomendadas en materia de actuación en emergencias, colaborando con el Servicio de Prevención cuando le sea requerido. - Cualquier otra tarea que le sea encomendada por el superior jerárquico de entre las que corresponden a la escala, subescala, clase, especialidad o categoría de adscripción del puesto de trabajo. |