Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 8337
033/15 Departament Tributari. Aprobación definitiva ordenanza Precio Público PalmaActiva 2015
No habiendo sido presentada por los interesados, durante el plazo de exposición al público, ninguna reclamación o sugerencia contra el acuerdo de modificación de la ordenanza reguladora de Precio Público para la realización de actividades formativas, ocupacionales y de promoción económica en PalmaActiva, concepto 341,13, aprobado provisionalmente por el Exmo. Ayuntamiento Pleno en sesión de día 26 de marzo de 2015, se entiende definitivamente aprobado, según lo que dispone el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de bases de régimen local, y por este motivo, se publica el texto íntegro del mencionado acuerdo, que es el siguiente:
ACUERDO
“Primero.- Aprobar inicialmente el expediente de modificación de la ordenanza reguladora de Precio Público para la realización de actividades formativas, ocupacionales y de promoción económica en PalmaActiva, concepto 341,13, todo ello en base a la legislación vigente en la materia, constituida singularmente por los artículos 41 a 47 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en el artículo 49 de la Ley de Bases de Régimen Local, y según la nueva redacción que se adjunta a esta propuesta.
Segundo.- La expresada modificación entrará en vigor el dia de la publicación del acuerdo definitivo en el Boletín oficial de las Islas Baleares.
Tercero.- Que una vez adoptado el acuerdo provisional referido, se publique en el BOIB y en uno de los diarios de mayor difusión de la Comunidad Autónoma el correspondiente anuncio de exposición al público del expediente, a efectos de reclamación. La mencionada exposición se hará en el tablón de anuncios de este Exmo. Ayuntamiento durante el plazo de treinta días, contados desde el día siguiente del de la publicación del anuncio en el BOIB, durante los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, entendiendo que si durante el mencionado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo inicial.”
ANEXO
ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES FORMATIVAS, OCUPACIONALES Y DE PROMOCIÓN ECONOMICA A PALMAACTIVA. CONCEPTO 341.13
ARTÍCULO 1. Concepto
De conformidad con el artículo 127, en relación con el artículo 41, ambos del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, este Ayuntamiento establece el Precio Público para la realización de actividades formativas, ocupacionales y de promoción económica en PalmaActiva, que se regirá por la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 2. Obligados al pago
Están obligados al pago del precio público las personas que soliciten para ellas o para terceras personas cualquiera de los servicios, prestaciones o actividades señalados en el artículo 3 de esta Ordenanza
ARTÍCULO 3. Cuantía
A. Actividades temporales
Para la realización de actividades temporales ocupacionales y de promoción económica de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47 del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y con lo dispuesto en el artículo 23.2.b) de la Ley 7/1985, de Régimen local, la cuantía del precio público será fijada por la Junta de Gobierno de Palma a propuesta, para cada una de las actividades, del Concejal del Área o Área delegada competente en materia de trabajo, atendiendo al estudio económico que se efectuará de todas las actividades a realizar.
A tal efecto, una vez elaborado el estudio económico por parte del técnico responsable, se informará al / a Concejal del Área o Área delegada competente en materia de trabajo para la elaboración de la propuesta de determinación del precio público, que se elevará a la Junta de Gobierno de Palma para su aprobación.
En dichos precios se aplicará el IVA correspondiente
B. Cesión de espacios
1. La cuantía del precio público regulado en esta Ordenanza será fijada en la tarifa contenida en el apartado siguiente.
2. La tarifa de este precio público será la siguiente:
Aulas Centroe de Formación PalmaActiva
|
Aula |
precio hora |
Precio hora, más 80h |
Precio hora reducido |
---|---|---|---|---|
1 |
0.1 |
14,04 € |
11,23 € |
8,42 € |
2 |
0.1+0.2 |
15,86 € |
12,69 € |
9,52 € |
3 |
1.1 |
13,64 € |
10,91 € |
8,18 € |
4 |
1.2 |
17,54 € |
14,04 € |
10,53 € |
5 |
1.4 |
7,57 € |
6,05 € |
4,54 € |
6 |
1.3+ 1.4 |
12,27 € |
9,81 € |
7,36 € |
7 |
1.5 |
12,41 € |
9,93 € |
7,45 € |
8 |
2.1 |
7,54 € |
6,03 € |
4,52 € |
9 |
2.2 |
10,18 € |
8,14 € |
6,11 € |
10 |
2.4 |
7,87 € |
6,30 € |
4,72 € |
11 |
2.3+2.4 |
11,31 € |
9,05 € |
6,79 € |
Aula local calle Blanquers núm. 1 bajos
|
Local |
Precio hora |
Precio hora, más 80h |
Precio hora reducido |
---|---|---|---|---|
12 |
C/ Blanquers núm. 1 |
11,04 € |
8,83 € |
6,62 € |
Local Plaça Llorenç Bisbal núm. 6 bajos
|
Local |
precio hora |
Precio hora, más 80h |
Precio hora reducido |
13 |
Plaça Llorenç Bisbal núm. 6 |
28,50 € |
22,80 € |
17,10 € |
Centro coworking Llorenç Bisbal núm. 5 bajos y Sant Agutí núm. 14 bajos
|
Espacio |
Precio dia |
Precio mes |
---|---|---|---|
14 |
Lloc de feina |
2.34€ |
51.48€ |
Espai pop-up
|
Espacio |
Precio semana Período ordinario |
Precio semana Período especial |
15 |
Quiosc Mercat Olivar |
70,00€ |
140,00€ |
Sala de conferències Quarter Intendència- Espai 22
|
Tiempo |
Precio |
Precio reducido |
---|---|---|---|
16 |
Dos horas |
60€ |
51€ |
17 |
Tres horas |
90€ |
76,50€ |
18 |
Cuatro horas |
120€ |
102€ |
19 |
Cinco horas |
150€ |
127,50€ |
20 |
Un día |
240€ |
204€ |
21 |
Dos días |
420€ |
357€ |
22 |
Tres días |
720€ |
612€ |
23 |
Cuatro dias |
960€ |
816€ |
24 |
Cinco días |
1.200€ |
1.020€ |
25 |
Entre 41 y 100 horas |
24€/h |
20,40€/h |
26 |
Entre 101 y 200 horas |
22,5€/h |
19,12€/h |
27 |
Más 200 horas |
21€/h |
17,85€/h |
Los espacios de Aulas Centro de Formación PalmaActiva, local calle Curtidores núm. 1 bajos y sala de conferencias Quarter Intendència- Espacio 22 se ceden para actividades de formación, conferencias, seminarios, encuentros empresariales, comerciales, actividades de promoción empresariales y otras actividades similares.
Los precios sólo incluyen la cesión temporal de espacios, otros gastos como seguridad, control de accesos, asistencia audio y sonido, etc. serán a cargo del solicitante.
Los espacios de Local Plaza Llorenç Bisbal núm. 6, bajos, se ceden para actividades de formación generales y actividades de formación en las especialidades de la familia profesional de restauración - que no sean formación de certificados de profesionalidad-, para la realización de seminarios, encuentros empresariales, comerciales, actividades de promoción empresariales y otras actividades similares. No se cede para realizar la actividad de bar-cafetería.
Los espacios de pop-up quiosco mercado del olivar se ceden como espacio de exhibición comercial, testeo de mercado y venta de productos y servicios para pequeñas y micro empresas, autónomos y emprendedores arreglo a lo previsto en la normativa de uso aprobada por el Organismo Autónomo.
Los espacios del Centro coworking Llorenç Bisbal, 5, bajos y San Agustí, 14, bajos se ceden para emprendedores arreglo a lo previsto en la normativa de uso aprobada por el Organismo Autónomo.
Los precios reducidos aplican a entidades públicas (administraciones e instituciones públicas) y entidades privadas sin ánimo de lucro.
ARTÍCULO 4. Normas de gestión y cobro de cuotas
1. El pago del precio público se efectuará a PalmaActiva, en los términos y formas en que éste determine.
Las personas interesadas en la utilización de los servicios objeto de la presente ordenanza lo solicitarán del encargado de la gestión de los mismos. En este momento nacerá la obligación del pago del precio público.
No obstante lo anterior, quien soliciten alguno de los servicios objeto de la presente ordenanza deberán ingresar el importe íntegro correspondiente precio público en el momento de la solicitud. Este ingreso tendrá carácter de depósito previo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, quedando elevado a definitivo cuando se preste el servicio .
2. Si la actividad no es directamente gestionada por PalmaActiva, la persona o entidad que tenga atribuida su gestión, únicamente podrá percibir los precios públicos aprobados por PalmaActiva, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 44.2 de la Ley Reguladora de Haciendas locales en la redacción dada por el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo.
3.- Cuando la actividad no se pueda realizar por causas no imputables al obligado al pago, se procederá a la devolución del precio público satisfecho, conforme a la normativa de uso.
4. Las actividades del organismo, propias o por convenio, las que se consideren de interés general o de interés social, no estarán sujetas al precio público.
ARTÍCULO 5. Normas de gestión de actividades temporales
Oferta de actividades temporales ocupacionales y de promoción económica. En aplicación del 44.2 de la Ley Reguladora de Haciendas Locales y atendiendo al estudio económico de cada actividad, se podrá bonificar hasta el 100% de las plazas y de éstas hasta el 100% del precio. El volumen máximo de subvención que se puede aprobar cada actividad vendrá determinada por los usuarios al que va destinado y el presupuesto disponible.
Lo que se publica para que se tenga conocimiento general y a los efectos oportunos, y se comunica que, conforme a lo que dispone el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, los interesados podrán interponer recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo 19 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, contra el acuerdo definitivo de modificación de la mencionada ordenanza, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOIB. No obstante, y con carácter previo y potestativo, se puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del siguiente al de su publicación en el BOIB.
Palma, 12 de mayo de 2015
El jefe del departamento,
por delegación
Decreto de alcaldía núm. 3000 de 26/02/2014
(BOIB núm. 30 de 04/03/2014)
Xavier Calafat Rotger