Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA
Núm. 8318
Avocación competencia otorgamiento licencia urbanística, expediente 32/2015 - obras
Decreto núm.418/2015
Referencia: 000032/2015-OBRAS 01. Urbanismo
Antoni Servera Servera, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Son Servera (Islas Baleares).
Seguidamente se da cuenta de la documentación registrada en fecha 16 de marzo de 2015, con núm. 1905 presentada por el Sr. / Sra. LADARIA LLITERAS SARA HELENA, consistente en documento gráficos y escrito por el cambio de viguetas puntual de un porche de vivienda unifamiliar aislada, en CAMI AGUAIT, 60, de este término municipal.
Vistos los informes favorables, técnico y jurídico, emitidos en relación al proyecto mencionado, en fechas 18/03/2015 y 20/03/2015.
Una vez examinada la documentación mencionada, que obra dentro del expediente.
Y dado a la ley 2/2014, de 25 de marzo de ordenación y uso del suelo en las Islas Baleares.
DISPONGO,
Primero.- Avocar la competencia de la Junta de Gobierno Local para la resolución de los expedientes de licencia urbanística de obra mayor a favor de la Alcaldía, todo ello de acuerdo con el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Segundo.- Conceder la licencia solicitada de documento gráficos y escrito por el cambio de viguetas puntual de un porche de vivienda unifamiliar aislada en el Camino del Acecho, 60, Puerto Verde con las siguientes condiciones:
Condiciones própias de zona semintensiva J-5
Concepto Planeamiento Proyecto
Tipo de Ordenación: AISLADA AISLADA
Clasificación del suelo: URBANO URBANO
Superficie Parcela mínima: 500m2 4.140,20m2
Ancho mínimo de parcela: 20,00ml >20,00ml
Altura máxima reguladora: 7-9,50m No se modifica
Nº de plantas sobre rasante: SOT+PB+1PL No se modifica
Retranqueos a vías: 6,00m No se modifica
a medianeras: 3,00m
a fondo: 3,00m
entre edificios: 4,00m
Coef. de ocupación sobre rasante: 40% No se modifica
Edificabilidad 0,36 No se modifica
Volumen: ---------- ----------
Intensidad de uso: 1 hab/340m2 solar No se modifica
CONDICIONES ESPECÍFICAS
1. Plazos:
Plazo para iniciar las obras: antes 1 MES.
Plazo de ejecución de obra no pasará de 24 MESES.
Transcurrido cualquiera de los plazos, se iniciará el expediente de caducidad de la licencia (artículo 8 de la Ley de disciplina urbanística de las Islas Baleares).
Transcurrido cualquiera de los plazos, se iniciará el expediente de caducidad de la licencia (artículo 142 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo de las Islas Baleares).
Posibilidad de prórrogas de la licencia: Previa la solicitut oportuna de forma justificada, siempre que las obras se demorasen o se paralizaran por causas de fuerza mayor u otra circunstancia imprevista e inevitable, y, en todo caso, antes de terminarse los plazos establecidos, se tendrá derecho a la obtención automática de una única prórroga por un período no superior a la mitad del plazo inicial.
2. Obligaciones durante la ejecución de las obras:
Cumplimiento de las ordenanzas vigentes en materia de obras o similar del municipio y que pueden ser consultadas en la web municipal www.sonservera.es/.
3. La modificación de cualquiera de los parámetros del proyecto está sujeta a una nueva licencia municipal previa que podrá conceder o denegar su de acuerdo con el planeamiento vigente.
4. Cualquier obra, instalación o actividad de la parcela que se pretenda desarrollar en zona de servidumbre de protección de Costas deberá contemplar la autorización previa del organismo competente.
5. La ocupación de la vía pública deberá ser autorizada por el organismo competente independientemente de la licencia de obras de reforma de la edificación.
6. Se deberá sujetarse a las condiciones impuestas por los organismos supramunicipales que puedan afectar al expediente en sus competencias, el contenido de las cuales te será comunicado.
7. El otorgamiento y la eficacia de la presente licencia se condiciona al pago del impuesto de construcciones y obras (ICIO) que deberá hacerse efectivo por parte del promotor de manera previa a la recogida de la licencia a las dependencias municipales.
Son Servera, 20 de marzo de 2015
El Alcalde Presidente
Antoni Servera Servera
Doy fe
El Secretario
Antoni Gual Sureda