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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES

Núm. 8276
Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 22 de abril de 2015 por la cual se establece el grado de experimentalidad de los estudios del Máster Universitario en Psicología General Sanitaria de la Universidad de las Illes Balears

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Texto

Hechos

1. En fecha 19 de diciembre de 2014, la Universidad de las Illes Balears presentó una solicitud (registro de entrada n.º 74319/2014) en la que pedía, por una parte, la autorización para implantar e impartir los estudios del Máster Universitario en Psicología General Sanitaria y, por otra, el establecimiento del grado de experimentalidad de estos estudios, en aplicación de la disposición final segunda del Decreto 29/2014, de 11 de julio, por el que se aprueban los precios públicos de los servicios académicos y administrativos correspondientes a las enseñanzas oficiales de la Universidad de las Illes Balears.

2. La disposición final segunda del Decreto 29/2014, de 11 de julio, habilita a la consejera de Educación, Cultura y Universidades para que, mediante una resolución, establezca el grado de experimentalidad de los estudios cuya impartición se autorice dentro del plazo de vigencia del Decreto, a efectos de establecer los precios públicos de la matrícula de dichos estudios.

3. Para las enseñanzas de máster que habilitan o que son condición necesaria para ejercer actividades profesionales reguladas en España, la experimentalidad se establece por analogía con los másteres habilitantes previamente autorizados.

4. En el momento de aprobar el Decreto 29/2014, de 11 de julio, únicamente se habían implantado tres másteres habilitantes: el Máster Universitario en Formación del Profesorado, el Máster Universitario en Abogacía y el Máster Universitario en Ingeniería Industrial.

5. La titulación objeto de la solicitud de la UIB cumple la Orden ECD/1070/2013, de 12 de junio, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales de Máster en Psicología General Sanitaria que habilite para el ejercicio de la profesión titulada y regulada de Psicólogo General Sanitario.

6. El 11 de marzo de 2015, la Junta de Coordinación Universitaria de las Illes Balears acordó proponer a la consejera de Educación, Cultura y Universidades la emisión de un informe favorable a la implantación de los estudios del Máster Universitario en Psicología General Sanitaria. Finalmente, la consejera emitió dicho informe en fecha 18 de marzo de 2015.

7. En fecha 10 de abril de 2015, el Consejo de Gobierno acordó (BOIB n.º 52, de 11 de abril) autorizar a la Universidad de las Illes Balears a implantar e impartir los estudios del Máster Universitario en Psicología General Sanitaria.

8. El 13 de abril de 2015, el director general de Universidades e Investigación firmó una propuesta de resolución relativa al grado de experimentalidad de los estudios correspondientes a este Máster en la cual los asimilaba a los del Máster Universitario en Ingeniería Industrial, dado que la experimentalidad de la rama de ciencias de la salud, a la cual pertenece el Máster Universitario en Psicología General Sanitaria, es más próxima a la rama de ingeniería que a la de ciencias sociales y jurídicas.

Fundamentos de derecho

1. Decreto 29/2014, de 11 de julio, por el que se aprueban los precios públicos de los servicios académicos y administrativos correspondientes a las enseñanzas oficiales de la Universidad de las Illes Balears (BOIB n.º 94, de 12 de julio).

2. Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de abril de 2015 por el que se autoriza a la Universidad de las Illes Balears a implantar e impartir las enseñanzas oficiales del Máster Universitario en Psicología General Sanitaria (BOIB n.º 52, de 11 de abril).

Por todo ello, dicto la siguiente

 

Resolución

1. Establecer para los estudios del Máster Universitario en Psicología General Sanitaria de la Universidad de las Illes Balears el grado de experimentalidad del Máster Universitario en Ingeniería Industrial.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

3. Notificar esta Resolución a la Universidad de las Illes Balears.

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Educación, Cultura y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, 22 de abril de 2015

        

La consejera de Educación, Cultura y Universidades

Maria Núria Riera Martos