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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTES

Núm. 8267
Notificación del trámite de audiencia, en relación al expediente de inscripción de inicio de actividad turística del establecimiento denominado EL FANDANGO, con capacidad declarada de 5 unidades de alojamiento y 10 plazas situado en el Camino de Son Robí, s/n, del término municipal de Sineu

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Texto

Dado que no ha sido posible la notificación del trámite de audiencia al Sr. Alexander Sedeick, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, mediante este anuncio se notifica lo siguiente:

En fecha 16 de enero de 2012 con registro de entrada número 443, presentó la documentación correspondiente según el Decreto 13/2011, de 25 de febrero, para la inscripción de la estancia turística denominada EL FANDANGO, en el Registro Insular de Empresas, Actividades y Establecimientos Turísticos de Mallorca y General de las Islas Baleares.

En fecha 24 de enero de 2013, el Servicio de inspección emitió informe desfavorable ya que no pudo realizar la visita al establecimiento por no poder ponerse en contacto con ustedes. En la DRIAT no figura ni teléfono  ni dirección electrónica.

Por ello, de conformidad con lo previsto en el artículo 71.bis 4, de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de acuerdo con lo previsto en el artículo 84 de la mencionada Ley dispone de un plazo de 15 días de trámite de audiencia, para presentar documentación o para alegar lo que considere oportuno, desde el día siguiente al de la recepción de este escrito y en el caso de que no haya aportado la documentación anterior y enmendado todas las deficiencias, se entenderá que han perdido el derecho al trámite y se acordará la finalización del procedimiento, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la citada ley.

 

Palma,

 

La jefa de Departamento de Ordenación y Planificación Turística

Margarita Sendín Rebassa