Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Núm. 8254
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears de la Corrección de errores en el Acuerdo del Pleno de la CMAIB de día 27 de noviembre de 2014 sobre la "Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias y adaptación al PTI en el ámbito de los núcleos tradicionales y suelo rústico, Sant Lluís"
En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el anexo III y el artículo 95 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, se comunica que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 27 de noviembre de 2014,
CONSIDERANDO
1. En fecha 10 de julio de 2014 el Pleno de la CMAIB acordó en relación a la "MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS Y ADAPTACIÓN AL PTI EN EL ÁMBITO DE LOS NÚCLEOS TRADICIONALES Y SUELO RÚSTICO, SANT LLUIS":
"Que las modificaciones introducidas en el documento de" Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias y adaptación al PTI en el ámbito de los núcleos tradicionales y suelo rústico, del TM Sant Lluís", aprobado provisionalmente en fecha 18 de mayo de 2011 para subsanar las deficiencias impuestas por el Pleno del Consell Insular en fechas 08 de agosto de 2012 y 22 de julio de 2013, aunque son numerosas, no se pueden considerar modificaciones sustanciales desde el punto de vista ambiental ya que no se aprecia ningún impacto negativo respecto la planificación existente. Por tanto, se propone al Subcomité la ratificación del Acuerdo del Pleno de la CMAIB de fecha 17 de marzo de 2011 "
2. Revisado el acuerdo se ha detectado un error en el cuerpo del acuerdo, concretamente en el último punto cuando dice "se propone al Subcomité la", y de acuerdo con el informe jurídico de 21 de noviembre de 2014, es necesario realizar la corrección de errores de acuerdo con el artículo 105 de la LRJPAC, y suprimir la expresión.
ACUERDA
Corregir el error advertido en el Acuerdo del Pleno de la CMAIB de fecha 10 de julio de 2014, sobre la modificación puntual de las Normas Subsidiarias y adaptación al PTI en el ámbito de los núcleos tradicionales y suelo rústico, del TM Sant Lluís, de acuerdo con el artículo 105 de la LRJPAC, en los siguientes términos:
"CONSIDERANDO
1. Que de acuerdo con el oficio del Ayuntamiento de Sant Lluís estas modificaciones son introducidas en el documento de Modificación puntual de las Normas Subsidiarias y adaptación al PTI en el ámbito de los núcleos tradicionales y suelo rústico, aprobado provisionalmente en fecha 18 de mayo de 2011 para subsanar las deficiencias impuestas por el Pleno del Consell Insular en fechas 08 de agosto de 2012 y 22 de julio de 2013.
2. Que una vez revisados los cambios realizados, en cuanto a delimitación en detalle, cambios de clasificación de algunas parcelas y normativa y analizado su repercusión ambiental en referencia al último documento del texto refundido de la memoria ambiental (mayo 2011) se concluye que no se ven afectadas y serían por tanto válidas las determinaciones del citado documento.
3. Que la mayoría de los cambios llevados a cabo mejoran la definición e interpretación del documento, mejoran la delimitación cartográfica de cada clase de suelo, adaptándose a la realidad física del territorio, evitan contradicciones con otros instrumentos de ordenación y gestión territorial y actualizan el marco normativo de referencia, aspectos todos ellos que siempre tendrán una implicación positiva de cara a la eficiencia de la gestión territorial.
4. Que otros tipos de cambios que se analizan son algunas clasificaciones propuestas que se modifican debido a las prescripciones impuestas por el Departamento de Ordenación del Territorio del Consell Insular de Menorca, cambios que a pesar de ser de pequeñas dimensiones suponen un pequeño aumento general los sistemas generales libres públicos y una ligera reducción de la superficie clasificada como urbana.
ACUERDA
Que las modificaciones introducidas en el documento de "Modificación puntual de las Normas Subsidiarias y adaptación al PTI en el ámbito de los núcleos tradicionales y suelo rústico, del TM Sant Lluís", aprobado provisionalmente en fecha 18 de mayo de 2011 para subsanar las deficiencias impuestas por el Pleno del Consell Insular en fechas 08 de agosto de 2012 y 22 de julio de 2013, aunque son numerosas, no se pueden considerar modificaciones sustanciales desde el punto de vista ambiental ya que no se aprecia ningún impacto negativo respecto la planificación existente. Por lo tanto, se ratifica del Acuerdo del Pleno de la CMAIB de fecha 17 de marzo de 2011."
Palma, 16 de febrero de 2015
El presidente de la CMAIB
José Carlos Caballero Rubiato