Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTES
Núm. 8223
Notificación de Resolución por la que se inscribe el inicio de actividad turística de establecimientos de alojamiento turístico en el Registro Insular de Empresas, Actividades y Establecimientos Turísticos de Mallorca y General de las Islas Baleares, de la estancia turística en vivienda denominada ES VINYET, con número de registre ET / 2466, situada en el Polígono 12 parcela 336 – carretera vieja de Petra – Manacor, término municipal de Petra
Dado que no ha sido posible la notificación de las resoluciones y de acuerdo con lo que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, mediante este anuncio se notifica a las personas físicas o jurídicas interesadas, que se ha dictado resolución por la que se inscribe el inicio de actividad turística del establecimiento que se indica a continuación:
N º. exp. : 706/2013/ET
Nombre comercial: ES VINYET
N º. de registro: ET/2466
Dirección establecimiento: Polígono 12 parcela 336 – carretera vieja de Petra – Manacor, término municipal de Petra.
Clasificación: Estancia Turística
Unidades: 6
Plazas: 12
Propietario: Gabriel Bauzá Munar (41350933S)
Explotador: Inversiones Bauzá, S.L. (B07679509)
Fundamentos de derecho
1. Decreto 13 /2011, de 25 de febrero, por el que se establecen las disposiciones generales necesarias para facilitar la libertad de establecimiento y prestación de servicios turísticos.
2. La ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. La Ley 8 /2012, de 19 de julio, de Turismo de las Islas Baleares.
Propuesta de resolución
Propongo a la Directora General de Turismo que dicte la siguiente resolución:
1. Ordenar la inscripción de la estancia turística en viviendas denominada ES VINYET, con número de registro ET/2466, con una capacidad de 6 unidades de alojamiento y 12 plazas, sito en Polígono 12 parcela 336 – carretera vieja de Petra – Manacor, término municipal de Petra, y una superficie de 500 m2 sobre una parcela de 80.000 m2, en el Registro Insular de Empresas, Actividades y Establecimientos Turísticos de Mallorca y General de les Illes Balears, con efectos desde el día 25 de marzo de 2013.
El/la Propietario/a de la estancia de la estancia turística es Gabriel Bauzá Munar, con el NIF 41350933S y el/la titular de la explotación es INVERSIONES BAUZÁ, S.L. con el CIF B07679509.
2. Notificar la resolución a la persona interesada.
3. Comunicar la resolución al Ayuntamiento de Petra y al Consell de Mallorca, conforme lo establecido en el artículo 20.4 del citado Decreto.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 872012, de 19 de julio del Turismo de les Illes Balears, y el artículo 3 del Decreto 4/2007, de 2 de febrero, por el que se regula el procedimiento a seguir en la Comunidad Autónoma de les Illes Balears para la tramitación de quejas de usuarios de servicios turísticos, le comunico que deberá disponer de las hojas de reclamaciones preceptivas.
Interposición de recursos
Contra esta resolución que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el director general de Turismo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992 , de 26 de noviembre , de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común , y el artículo 57 de la Ley 3 /2003, de 26 de marzo , de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la resolución, de acuerdo con la artículo 46 de la Ley 29/1998 , de 13 de julio , reguladora de la jurisdicción.
Palma, 20 de abril de 2015
La jefa de Departamento de Ordenación y Planificación Turística
Margarita Sendín Rebassa
Conforme con la propuesta. Dicto resolución
La directora general de Turismo
Órgano competente para dictar esta resolución, por Resolución del Consejero de Turismo y Deportes de 24 de enero de 2014,
de delegación de competencias y de firma en los órganos directivos de la Consejería de Turismo y
Deportes y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería (BOIB núm. 15 de 30 de enero).
Montserrat Jaén Mercadal