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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE

Núm. 8183
Notificación de resolución de expediente por infracción administrativa en materia de caza y pesca fluvial

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Habiéndose intentado, por los medios legalmente establecidos, la notificación personal de la resolución de expediente por infracción administrativa en materia de caza y pesca fluvial, y no existiendo constancia en los expedientes de su recepción por las personas interesadas, de acuerdo con lo que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de les Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio, se pone en conocimiento de las personas que se indican a continuación, que se ha dictado resolución de expediente sancionador por presunta infracción cometida en materia de caza y/o pesca fluvial, comunicándoles que la resolución no pone fin a la vía administrativa y que contra la misma se podrá interponer recurso de alzada ante la Presidenta del Consell de Mallorca en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio.

Asimismo se les comunica que tienen un plazo voluntario para el pago del importe de la sanción, el cual tendrá que pagarse en la entidad bancaria “La Caixa” con el documento de ingreso que se le entregará en la Dirección Insular de Caza del Consell de Mallorca (calle General Riera, 111), de acuerdo con lo establecido en la Ley General Tributaria dentro de los plazos siguientes:

- Las notificaciones realizadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación, hasta el día 20 del mes siguiente o el día hábil inmediatamente posterior.

- Las notificaciones realizadas entre el día 16 y el último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación, hasta el día 5 del segundo mes posterior al día hábil inmediatamente posterior.

Una vez transcurrido el plazo anterior sin haber abonado el importe de la sanción, se procederá a su exacción por el procedimiento administrativo de apremio

Núm. Exp.

Expedientado

CZ14/0054

SEBASTIAN PASCUAL PASCUAL

Palma, 13 de abril de 2015

El Secretario Técnico del Departamento de Medio  Ambiente

Miquel Barceló Llompart