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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS. SALA DE LO SOCIAL

Núm. 7499
Recurso de suplicación 1454/2011

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Texto

D./Dña. MARIA BELÉN ZAPATA MONGE, Secretario/a Judicial de la Sala de lo Social Del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas.

HAGO SABER: Que en el Recursos de Suplicación, número 1454/2011, seguido ante esta Sala por la MUTUA BALEAR DE ACCIDENTES DE

TRABAJO Y E.P. DE LA S.S. N° 18, contra Dña. ISABELA NICOLE HEGGER, ADMINISTRACIÓN CONCURSAL LTE INTERNATIONAL AIRWAYS SA, LTE INTERNATIONAL AIRWAYS SA, TESORERIA GRAL. DE LA SEGURIDAD SOCIAL, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y SERVICIO CANARIO DE LA SALUD, sobre Prestaciones, se ha dictado sentencia por el Tribunal Supremo resolviendo el recurso de casación para unificación de doctrina, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Desestimamos el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la representación de la << MUTUA BALEAR >> y confirmamos la sentencia dictada por el TSJ de la Comunidad Autónoma de Canarias con sede en Las Palmas de Gran Canaria en fecha 31 de julio de 2013 [recurso de Suplicación n° 1454/11], que a su vez confirmaba la sentencia estimatoria de la demanda que en 25/04/2011 pronunciara el Juzgado de lo Social núm. 4 de los de Las Palmas de Gran Canaria [autos 177/09], a instancia de Dña. ISABELA NICOLE HEGGER frente al INTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, SERVICIO CANARIO DE LA SALUD, la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA BALEAR DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y E.P DE LA S.A. N° 18, LTEINTERNACIONAL AIRWAYS SA, y ADMINISTRACION CONCURSAL LTE INTERNACIONAL AIRWAYS SA. Se acuerda la pérdida del depósito constituido y la imposición de costas a la recurrente.

Devuélvanse las actuaciones a la Sala de lo Social de procedencia, con la certificación y comunicación de esta resolución."

Y para que sirva de notificación en legal forma a LTE INTERNACIONAL AIRWAYS SA, en ignorado paradero, y haciéndole saber que la resolución íntegra se encuentra a su disposición en la Secretaría de esta Sala, expido la presente para su publicación en el BOProv. de Palma de Mallorca.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de abril de 2015.

LA SECRETARIA JUDICIAL