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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 7803
Departamento de actividades y seguridad de los establecimientos. Notificación inicio expedient sancionador DAS 2015/0011

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Anuncio de notificación de resolución de inicio de expediente sancionador por infracción en materia de actividades.

DAS 2015/0011

En aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, por no haberse podido notificar a través del servicio de correos la resolución de alcaldía núm. 3961 de 11 de marzo de 2015 correspondiente al expediente sancionador iniciado por infracción en materia de actividades que se indica a continuación, se notifica mediante este anuncio a la persona que se señala seguidamente que se ha dictado la Resolución de inicio del procedimiento sancionador correspondiente.

El expediente estará  a disposición de la persona interesada en el Servicio de Control de Actividades del Departamento de Actividades y  Seguridad de los Establecimientos (Av. Gabriel Alomar núm. 18, 2ª planta, Edificio Avenidas), de lunes a viernes, de 8.30 a 14.00 horas.

De conformidad con el Reglamento del procedimiento a seguir por la Administración de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el  Decreto 14/1994, de 10 de febrero (BOCAIB núm. 21, de 17/2/1994), las personas interesadas disponen de un plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este anuncio, para formular las alegaciones y proponer las pruebas que consideren oportunas. Cabe la posibilidad de resolver el procedimiento sin más trámites si  el infractor  reconoce voluntariamente  su responsabilidad o realiza el pago voluntario en caso de sanción pecuniaria en la Recaudación municipal, ubicada en la Plaza Santa Eulalia núm. 8 ,1º, de 9.00 a 13.30 horas, de lunes a viernes,  sin perjuicio, en este último caso, de interponer los recursos  procedentes.

De otra parte, el artículo 119.4 de la Ley 16/2006, de 17 de octubre, de régimen jurídico de las licencias integradas de actividad de las Illes Balears establece que las sanciones económicas  pueden hacerse efectivas  en el plazo máximo de 15 días a partir de la notificación del inicio del procedimiento sancionador, con una reducción del 30% sobre la cuantía  correspondiente que se haya consignado y, en consecuencia, la persona interesada ha de expresar su conformidad  con la infracción constatada.

En el caso de que no formulen alegaciones ni reconozcan la responsabilidad dentro de este plazo, la resolución de inicio podrá ser considerada la propuesta de resolución del expediente.

Número de expediente

Expedientado

Artículo y norma infringida

Propuesta de sanción

DAS 2015/0011

PAELLAS PORTOCOLOM S.L.

Art. 104.5 de la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Illes Balears

10.001€

 

Palma, 29 d’abril de 2015

La Jefa de Servicio del Departamento de Actividades y Seguridad de los Establecimientos

Catalina M. Cunill Mascaró