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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA

Núm. 7759
Notificación resolución de alcaldia de 30-3-15 de inicio de expediente disciplinario de 11/15

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Puesto que no ha podido ser notificado en el domicilio que aparece en el expediente de infracción urbanística (exp. núm. 11/15) que se tramita en el Área de Licencias de Obra de este Ayuntamiento en relación a la realización de obras sin la preceptiva licencia en la parcela 51 del polígono 5, por el presente anuncio se notifica a la Sra. Ivette Petra Keller la resolución de Alcaldía de día 30 de marzo de 2015, de acuerdo con lo que dispone el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Contra esta resolución que agota la vía administrativa se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:

a) Directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.

b) El recurso de reposición potestativo ante el órgano que ha dictado esta resolución, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá una vez transcurrido un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses, a contar a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

En cuanto a la designación del Instructor y Secretario, podrá formular recusación contra las personas designadas, de acuerdo con lo que establece el art. 29 de la citada Ley 30/1992.  

Texto de la resolución:

Vista el acta del Servicio de Inspección Urbanística de día 5 de junio de 2014 en el que se constata la ejecución de obras sin la preceptiva licencia en la parcela 51 del polígono 5 consistentes en una reforma de la vivienda existente y la construcción de una piscina y terrazas.

Basándome en las facultades que me confieren los art. 132 y siguientes de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, en vigor desde el día 29 de mayo de 2014, he resuelto:

Primero. Iniciar el procedimiento de  restablecimiento del orden jurídico perturbado, de acuerdo con lo establecido en el art. 151 de la citada Ley, y conceder a la Sra. Ivette Petra Keller, como propietaria, un plazo de dos meses, a contar desde el día en que reciba la notificación de esta resolución, para solicitar la oportuna licencia para las obras, con la advertencia de que si transcurrido este plazo no se ha solicitado (o si no se concede), el Ayuntamiento, tras la propuesta del Instructor del expediente, acordará la demolición de las obras a su cargo, con la advertencia, en caso de incumplimiento, de la imposición de multas coercitivas y de ejecución subsidiaria, de acuerdo con lo establecido en el art. 153.

Segundo. Nombrar como Instructor al Sr. Joan Jiménez Ignacio y como Secretario el Sr. Antonio Ortiz Giner, ambos funcionarios del Ayuntamiento.

Tercero. Acordar la práctica de la anotación preventiva de este expediente de disciplina urbanística en el Registro de la Propiedad, según lo dispuesto en el arte, 51.1 c) del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo.

Cuarto. Notificar esta resolución a los interesados, a los efectos oportunos.

Pollença, 4 de mayo de 2015

El alcalde
Bartomeu Cifre Ochogavia