Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
AUTORIDAD PORTUARIA DE BALEARES
Núm. 7703
Notificación Expediente Incompleto embarcación "PATRI DAVI" Ref. EI-56/14
A los efectos del punto 4 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. de 27.11.92), y por no haber dado razón en el domicilio conocido del Sr. D. Francisco Forteza Provenzal, propietario de la embarcación “PATRI DAVI”, matrícula 7-PM-1-1109-93, puesto de atraque número “038”, Pantalán “D”, del PORTITXOL en el Puerto de Palma, en el expediente “Expediente Incompleto” Ref: EI-56/14, se le notifica lo siguiente:
“Con fecha 1 de julio de 2007 le fue autorizado el uso de un puesto de atraque en el PORTITXOL, pantalán D , amarre nº 038 del Puerto de Palma, para la embarcación denominada “PATRI DAVI”, matrícula 7-PM-1-1109-93, tipo Llaut, de eslora 6,99 m, manga 2,5 m y calado 0,80 m.
El Capítulo II, apartado “Documentación y requisitos” de “Normas para la adjudicación y uso de amarres de base para embarcaciones de recreo no profesionales en instalaciones gestionadas directamente por la Autoridad Portuaria de Baleares”, aprobadas por acuerdo del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares en fecha 29 de mayo de 2014 y publicadas en el BOIB nº 81, de 14 de junio de 2014, establece la documentación a presentar y requisitos a acrediter.
Se ha procedido a realizar el cotejo de la documentación que figura en su expediente de autorización, observando que debe de actualizar la siguiente documentación y/o reunir los siguientes requisitos:
-Constitución de depósito complementario de 250 euros.
- Fotocopia y original del seguro obligatorio para embarcaciones de recreo o deportivas (R.D.607/1999) y último recibo.
-Fotografía (toda la embarcación) en la que se observe pintado en las amuras de la embarcación el indicativo de matrícula formada por la lista, la provincia marítima, el distrito y el folio/año, o el indicativo de inscripción.
Visto lo anteriormente expuesto, y atendiendo a las instrucciones para la autorización de uso de puesto de atraque en gestión directa por parte de esta Autoridad Portuaria de Baleares, y en virtud de los dispuesto en el art. 76 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le concedió un plazo de DIEZ DÍAS, para que aportara la documentación y acreditara reunir los requisitos indicados.
Una vez finalizado dicho plazo, no se ha dado cumplimiento a este trámite, aportando la documentación o la acreditación de la tenencia de los requisitos solicitados.
Es por lo que esta Dirección, de conformidad con lo previsto en el art. 33.2.b) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el R.D. Legislativo 2/2011 de 5 de septiembre, ha resuelto:
Único.- Acordar la iniciación del procedimiento para rescisión del derecho a la utilización especial de instalaciones portuarias a la embarcación “PATRI DAVI”, pudiendo esta Autoridad Portuaria proceder a la retirada y traslado de la embarcación, todo ello sin perjuicio del devengo de las tarifas/tasas, gastos y sanciones que puedan proceder por infracción al Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el R.D. Legislativo 2/2011 de 5 de septiembre.
Contra dicho acuerdo, podrá presentar alegaciones en el plazo de 15 días desde la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el art. 79 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el mismo plazo podrá ejercer también su derecho al trámite de audiencia. Asimismo, se le advierte, que si una vez finalizado dicho plazo, no se hubiera producido la comparecencia requerida ni formulado alegaciones, se considerará el presente trámite como propuesta de resolución del procedimiento de rescisión del derecho a la utilización de instalaciones portuarias.”
Palma de Mallorca, a 23 de abril de 2015
El Director,
Juan Carlos Plaza Plaza