Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE VICEPRESIDENCIA DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES
Núm. 7656
Aprobación de convocatoria de subvenciones en especie a entidades deportivas sin ánimo de lucro de Mallorca para el fomento del deporte, consistente en la entrega de servicios de ambulancias y de trofeos y distinciones, para la organización de eventos deportivos y competiciones dirigidos a la promoción de la cultura física y el deporte para el año 2015
El Consejo Ejecutivo del Consell de Mallorca, en la sesión celebrada el día 29 de abril de 2015, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo, que transcribo literalmente a continuación:
«Primero.- Aprobar las bases y la convocatoria de subvenciones en especie a entidades deportivas sin ánimo de lucro de Mallorca para el fomento del deporte, consistente en la entrega de servicios de ambulancias y de trofeos y distinciones, para la organización de eventos deportivos y competiciones dirigidas a la promoción de la cultura física y el deporte para el año 2015, por un importe de 49.500,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 20.34101.48903 (ambulancias) y de 39.884,40€ con cargo a la aplicación presupuestaria 20.34101.48902 (trofeos y distinciones) del presupuesto del Consell de Mallorca para el ejercicio 2015.
Segundo.- Ordenar la publicación de estas bases en el BOIB. »
Recursos
Contra el acuerdo que aprueba esta convocatoria, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consell de Mallorca, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de su publicación. Contra la desestimación expresa del recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente de la notificación de la desestimación del recurso de alzada. Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente de la desestimación presunta.
Ésta se produce una vez transcurridos tres meses de haber interpuesto el recurso, sin que se haya notificado la resolución. Sin embargo, se puede presentar, en su caso, cualquier otro recurso que sea pertinente. Todo, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, y de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. »
Palma, 30 de abril de 2015
El secretario general
Jeroni M. Mas Rigo
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN ESPECIE PARA EL FOMENTO DEL DEPORTE, CONSISTENTE EN LA ENTREGA DE SERVICIOS DE AMBULANCIAS, DE MEDALLAS Y TROFEOS, PARA LA ORGANIZACIÓN DE EVENTOS DEPORTIVOS Y COMPETICIONES DIRIGIDOS A LA PROMOCIÓN DE LA CULTURA FÍSICA Y LA DEPORTE PARA EL AÑO 2015
1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El objeto de estas bases es regular las subvenciones consistentes en la entrega de servicios de ambulancias, y suministro de trofeos, para la organización de eventos deportivos dirigidos a la promoción de la cultura física y el deporte, que se realicen en Mallorca, de acuerdo con las competencias previstas en los puntos a) y c) del artículo 11 de la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del deporte de las Islas Baleares y del artículo 70.9 de el Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares.
Se subvencionarán los eventos de deporte base y de competición, así como las actividades físico-deportivas que fomenten los hábitos de vida saludable para la población.
Las presentes bases regulan una línea de concesión de ayudas que consiste en la entrega de determinados servicios y suministros (ambulancias y trofeos), que se han adquirido con la finalidad exclusiva de que se entreguen a terceros, previsto en el artículo 3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. CRÉDITO Y PARTIDA PRESUPUESTARIA
La cuantía total máxima, para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de las subvenciones, es de 49.500,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 20.34101.48903 para los servicios de ambulancias y de 39.884,40 € con cargo a la aplicación presupuestaria 20.34101.48902, para el suministro de trofeos, del presupuesto del Consell de Mallorca para el ejercicio 2015.
3. ENTIDADES BENEFICIARIAS
Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro que cumplan los siguientes requisitos:
a. Tener capacidad jurídica y de actuar.
b. Estar al corriente en cuanto a las obligaciones tributarias con el Consell de Mallorca y con la AEAT, así como de las obligaciones con la TGSS, y no estar sometidas a ningún procedimiento sancionador incoado por este motivo.
c. No pueden acogerse a la ayuda las entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ni las entidades y asociaciones que no se encuentren legalmente constituidas
d. Cumplir con los demás requisitos formales y materiales previstos en esta convocatoria y la normativa de subvenciones aplicable.
4. ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES
Las actuaciones subvencionables son aquellas que tengan por objeto la organización de eventos deportivos dirigidos a la promoción de la cultura física y el deporte, que se realicen en Mallorca. El evento subvencionado podrá tener una duración máxima de 7 días.
Se subvencionarán los eventos que se realicen en el período comprendido el día siguiente al de la publicación en el BOIB de esta convocatoria y el 31 de diciembre de 2015, que cumplan los requisitos formales y materiales previstos en estas bases.
Sin embargo, las solicitudes se presentarán al menos un mes antes de la realización del evento o competición deportiva para la que se solicita la subvención. Si la solicitud se hace con menos de un mes de antelación, el Consell de Mallorca se reserva el derecho de desestimarla por falta de tiempo material suficiente para poder gestionar la tramitación de la subvención, así como la entrega del servicio o suministro en que consiste la subvención.
Los bienes y servicios a los que se refiere la presente convocatoria son los siguientes:
a. Servicio de ambulancias.
b. Suministro de trofeos.
Cada entidad únicamente puede presentar dos solicitudes de subvenciones para dos eventos distintos. En cada solicitud se puede pedir la subvención por el servicio de ambulancias, y por el suministro de trofeos o por ambos conceptos a la vez, eso si, referidos al mismo evento deportivo.
En caso de que una entidad que presente más de dos solicitudes únicamente se tendrán en cuenta las dos primeras, denegando las posteriores por este hecho.
5. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Las entidades interesadas que cumplan los requisitos que determinan estas bases deberán presentar una única solicitud de subvención para cada evento, de acuerdo con el modelo que facilita el Consell de Mallorca, acompañada de la documentación señalada:
a. Formulario de solicitud de la subvención según el modelo facilitado.
b. Copia de los estatutos de la entidad solicitante. Si los estatutos no han sufrido variación alguna y ya se han presentado ante el Consell de Mallorca no hay presentarlos, siempre que se indique en qué procedimiento, número de expediente y año en que se presentaron.
c. CIF de la entidad y NIF del representante de la entidad.
d. Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Consejo de Mallorca y la AEAT, así como de sus obligaciones con la Seguridad Social impuestas por la normativa vigente, siempre que se cumpla lo previsto en el artículo 24.4 del Real Decreto 887/2006, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. (Documento CESP 3), siempre que la valoración de la subvención concedida sea inferior a 3.000,00 €. O bien certificados de que la entidad solicitante se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias con la AEAT y de sus obligaciones con la Seguridad Social. También se puede autorizar al Consejo de Mallorca a consultar dicha información mediante el documento AIT 2
e. Declaración responsable de no encontrarse sometida a ningún procedimiento sancionador y de no encontrarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario.
f. Declaración responsable en la que se hagan constar todas las subvenciones solicitadas y / o concedidas por otras administraciones públicas para el mismo evento.
g. Otra documentación que la entidad solicitante crea de interés aportar.
6. PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES
Las solicitudes de subvenciones se dirigirán a la Dirección Insular de Deportes del Consell de Mallorca y se pueden presentar en cualquiera de los terminales del Registro General del Consell de Mallorca o en las dependencias a que se refiere el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. En caso de que la solicitud se presente en una oficina de Correos, debe anunciar el mismo día a la Dirección Insular de Deportes que ha presentado solicitud, al fax núm. 971173747.
De acuerdo con el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administración común, si la solicitud de subvención no cumple los requisitos que se indican, o no se incluye la documentación que corresponde, se requerirá la entidad que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o aporte los documentos preceptivos, con indicación de que si no les aporta se considerará que desiste de su solicitud y se notificará la resolución de archivo del expediente que dicte el órgano instructor del procedimiento.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente de la publicación de estas bases en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y finalizará el 30 de noviembre de 2015.
7. CRITERIOS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES
1. Servicio de ambulancias (Consignación presupuestaria en la partida 20 34101 48903 hasta un importe máximo de 49.500,00 €.)
Se concederá el servicio de ambulancia clase B (destinadas a proporcionar soporte vital básico y atención sanitaria inicial), hasta un máximo de 30 horas por evento.
Si en función del evento deportivo el reglamento oficial de la competición lo exige, si se desarrolla por carretera, o la normativa vigente para eventos deportivos de gran aforo lo indica específicamente, o si las características de la actividad lo hacen aconsejable, según el criterio de los técnicos deportivos de la DIE, se podrá conceder el servicio de ambulancia clase C (destinadas a proporcionar soporte vital avanzado), hasta un máximo de 30 horas por evento.
La descripción de las características de cada tipología de ambulancias se definen en el Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo, por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera .
2. Suministro de medallas y de trofeos (Consignación presupuestaria en la partida 20 34101 48902 hasta un importe máximo de 39.884,40 €), especificados por las siguientes categorías:
· Medalla del Consell de Mallorca: hasta un máximo de una medalla para cada participante. Estas medallas únicamente se concederán para participantes en edad escolar (hasta los 16 años)
· Trofeos del Consell de Mallorca: hasta un máximo de 3 trofeos por categoría participante en la competición (tres tipos de trofeo en existencia: primero segundo y tercer clasificado) de cada categoría participante de deporte escolar hasta 16 años.
Los trofeos y medallas serán tipo, llevarán el logo del Consell de Mallorca y no se podrán personalizar para cada evento o deporte.
· Placas homenaje: Se debe explicar el motivo por el que se quiere dicha placa homenaje, así como la persona a la que se entregará esta distinción. Únicamente se concederá para personas que se hayan distinguido en sus funciones de carácter estrictamente deportivo ligadas con la entidad beneficiaria.
3. Las entidades en las solicitudes deben justificar el número de servicios de ambulancias o de suministro de trofeos solicitados en función de los participantes en el evento. El órgano concedente resolverá en función de la documentación presentada.
8. IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN EN ESPECIE
El importe de la subvención en especie que se conceda es el resultado de sumar el coste del número de horas de los servicio de ambulancia (en función del tipo) y / o de los trofeos que se entreguen.
El coste unitario de cada hora de ambulancia o de cada trofeo se deriva del coste de la adquisición del bien o servicio por parte del Consell de Mallorca.
Las resoluciones de concesión señalarán el importe detallado de la subvención en especie.
9. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN
El procedimiento de concesión es de concurrencia no competitiva, dado que basta cumplir los requisitos previstos en la convocatoria para acceder a la subvención, hasta el agotamiento del crédito presupuestario asignado a esta convocatoria.
10. ÓRGANOS COMPETENTES PARA INICIAR, INSTRUIR Y RESOLVER EL PROCEDIMIENTO
El procedimiento de concesión de subvenciones se iniciará de oficio, mediante el acuerdo de aprobación de estas Bases.
La instrucción del procedimiento corresponde a la secretaría técnica del departamento competente en materia de Deportes, a través de la Dirección Insular de Deportes. A medida que se presenten las solicitudes, el órgano instructor, supervisará el cumplimiento de los requisitos, valorará la solicitud y hará la propuesta al órgano competente para resolver.
El conseller ejecutivo del Consell de Mallorca competente en materia de Deportes resolverá las concesiones individuales de las subvenciones solicitadas, a propuesta del órgano instructor y previa fiscalización. Todo ello, siempre que el importe de la subvención no supere el importe establecido en la base 24.4 de las de ejecución del Consejo de Mallorca para el ejercicio 2015 (70.800,00 €) y la disposición transitoria primera del Decreto de 15 de julio por el que se determina la organización del Consell de Mallorca, publicado en el BOIB nº 111 de 21 de julio de 2011 (Modificado por los decretos de 10 de octubre de 2011, de 15 de marzo de 2012, día 11 de abril de 2012 y de 25 de abril de 2014 BOIB núm. 159, de 22 de octubre de 2011, BOIB núm. 48, de 3 de abril de 2012, BOIB núm. 59 de 26 de abril de 2012 y BOIB núm. 59).
La resolución de concesión o denegación de las solicitudes presentadas se tramitarán a medida que se vayan recibiendo hasta el límite máximo de agotar el crédito previsto para esta convocatoria. La tramitación de los expedientes será por orden de recepción de las solicitudes.
En el caso de agotar el crédito previsto para los servicios de ambulancias o de trofeos a subvencionar se denegará la solicitud por este hecho.
En cada resolución de concesión se detallará el número de horas y tipología del servicio de ambulancias concedido y el número y tipología de trofeos concedidos. También se detallará el importe en que se traduce el servicio o suministro subvencionado. Las resoluciones de concesión o denegación de la subvención, se notificarán a las entidades solicitantes.
11. PROCEDIMIENTO, PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN
El órgano instructor, formulará la propuesta de resolución provisional. Esta propuesta se notificará a las entidades solicitantes.
Esta comunicación abrirá el trámite de audiencia y se concederá un plazo de diez días hábiles, a partir de que se comunique a la entidad solicitante, para poder examinar el expediente en la sede de la DIE y presentar alega alegaciones. Incorporará al expediente la documentación donde conste las fechas e información relativa a dicha comunicación.
Se podrá prescindir del trámite de propuesta de resolución provisional y de audiencia cuando el procedimiento no figuren ni se tengan en cuenta, otros hechos o alegaciones y pruebas que las que aduzcan las personas interesadas. También se podrá prescindir del trámite de propuesta de resolución provisional y de audiencia en el caso de que la propuesta de resolución que haga el órgano instructor se ajuste totalmente a la subvención solicitada.
En estos casos la propuesta de resolución formulada tendrá el carácter de definitiva. Asimismo, el hecho de que las personas interesadas no aleguen nada en el trámite de audiencia supondrá que están conformes e, igualmente, la propuesta de resolución formulada tendrá el carácter de definitiva.
Una vez concluido el trámite de audiencia, y examinadas las alegaciones que presenten los interesados, se formulará la propuesta de resolución definitiva.
La propuesta de resolución definitiva sólo se notificará, mediante carta certificada o comparecencia, a las entidades interesadas que hayan formulado alegaciones.
Una vez publicada, o notificada la propuesta, las entidades beneficiarias deberán comunicar al órgano instructor la aceptación o la renuncia a la resolución. En todo caso, la aceptación de la propuesta de resolución se entenderá producida si en el plazo de diez días desde que se publique o, en su caso, desde que se reciba la notificación no se exprese lo contrario.
El plazo máximo para resolver y notificar será de tres meses contados desde el último día hábil para presentar solicitudes. Una vez transcurrido el plazo máximo para resolver sin que se haya dictado resolución expresa se podrá entender desestimada la petición.
Las resoluciones de concesión o denegación de las subvenciones, que ponen fin a la vía administrativa, deberán ser motivadas y se notificarán individualmente a los interesados, de acuerdo con el art. 59 de la Ley 30/1992.
En caso de que antes de finalizar el plazo para solicitar subvenciones agote una o las dos aplicaciones presupuestarias destinadas para esta convocatoria, la DIE comunicará este hecho en su web para que tengan conocimiento las entidades interesadas.
12. JUSTIFICACIÓN
La entidad beneficiaria deberá presentar, en el plazo de un mes desde la fecha de finalización del evento subvencionado, un certificado firmado por la persona que represente la entidad, en la que manifieste que se han aplicado los bienes y / o servicios percibidos a la finalidad que ha servido de fundamento a la concesión de la subvención y que se han llevado a cabo las actividades para las que se ha solicitado.
Con este certificado se presentará una breve memoria sobre el desarrollo de la actividad y, en su caso, el material de difusión de la actividad subvencionada. En la memoria se hará mención al desarrollo, participación, categorías, duración, así como el número de horas de ambulancias empleadas y de trofeos entregados.
13. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
Son obligaciones de las entidades beneficiarias de las subvenciones:
a. Comunicar a la DIE la aceptación o la renuncia de la subvención en los términos de la resolución de concesión. En cualquier caso, la aceptación se entiende producida automáticamente si en el plazo de diez días contados desde que se haya notificado la resolución no se ha hecho constar lo contrario.
b. Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.
c. Someterse a las actuaciones de comprobación y control que pueda llevar a cabo la DIE, o cualquiera de los órganos de control financiero competente y colaborar y facilitar toda la documentación que se requiera en el ejercicio de estas funciones de control.
d. Justificar la realización de la actividad de acuerdo con las condiciones de estas bases, así como el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinen la concesión de la subvención.
e. Comunicar a la DIE la solicitud y la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad a / de cualquier administración, de carácter público o privado, nacional o internacional. Cualquier alteración de las condiciones a tener en cuenta para la concesión de la subvención, y, en cualquier caso, la obtención concurrente para subvenciones o ayudas, fuera de los casos permitidos, puede dar lugar a la modificación de la resolución de la concesión.
f. Gestionar directamente las solicitudes de permisos y autorizaciones necesarios para desarrollar la actividad deportiva.
g. Asumir la responsabilidad única y exclusiva de cualquier incidente que pueda ocurrir como consecuencia de la realización del evento o de las instalaciones y medios que utilice para el mismo.
h. Disponer de libros contables, registros y demás documentación exigidas por la normativa a fin de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control, y de conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos.
y. Hacer constar, si la naturaleza de la actividad lo hace posible, de manera expresa durante la acción subvencionada y en la difusión (memorias, carteles, programas, etc.), la colaboración del Consell de Mallorca, y entregar una copia a la Dirección Insular de Deportes de los materiales gráficos y audiovisuales relativos a la actividad subvencionable.
j. Comunicar de forma expresa e inmediata cualquier eventualidad que altere o dificulte el desarrollo de la actividad subvencionada.
k. Solicitar autorización previa y expresa a la DIE para hacer cualquier modificación del proyecto o de la actividad subvencionada. Las solicitudes de modificación sustancial deben ser motivadas, se deben formular inmediatamente después de la aparición de las circunstancias que las justifiquen y se especificarán las repercusiones presupuestarias que impliquen.
l. Encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias con el Consell de Mallorca y con la AEAT, así como de sus obligaciones con la Seguridad Social en el momento de concesión de la subvención y en el momento de desarrollo de la actividad subvencionada.
14. REVOCACIÓN Y REINTEGRO DE LAS SUBVENCIONES
Se pueden anular total o parcialmente, las subvenciones y ayudas concedidas de acuerdo con esta convocatoria si la entidad beneficiaria está afectada por alguna de las causas previstas en los artículos 36 y siguientes de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, así como si se incumple alguna de las obligaciones previstas en estas Bases y en el resto de la normativa aplicable.
En estos casos, la entidad beneficiaria deberá reintegrar el importe equivalente a la valoración de la subvención percibida en especie, y los intereses de demora que correspondan, después de que se tramite el procedimiento correspondiente. Todo ello, sin perjuicio de poder exigir las responsabilidades que pueda haber de orden penal, civil o administrativo.
15. INFRACCIONES O SANCIONES
El incumplimiento de los requisitos establecidos en estas Bases, o en la normativa de aplicación, dará lugar, en su caso, a la aplicación del régimen de infracciones y sanciones aplicable.
16. COMPATIBILIDAD DE LA SUBVENCIÓN CON OTRAS AYUDAS QUE SE PUEDAN OBTENER PARA EL MISMO FIN
Las subvenciones objeto de estas bases son compatibles con otras ayudas o subvenciones concedidas por otras administraciones públicas, o entes privados, si el importe total subvencionado por las administraciones públicas no supera el coste de la actividad.
17. NORMATIVA APLICABLE
Para todo lo no previsto en estas Bases son de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; el Real Decreto 887/06, de 25 de julio, de desarrollo de la Ley; el Reglamento de subvenciones y ayudas económicas del Consell de Mallorca; la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, de 17 de junio de 1955; la Ley 39/1988, reguladora de las haciendas locales, así como el resto de normativa que sea de aplicación.
DOCUMENTO AIT1
Solicitud de subvención convocatoria pública de subvenciones en especie para el fomento del deporte, consistente en la entrega de servicios de ambulancias, del suministro de trofeos y distinciones, para la organización de eventos deportivos y competiciones dirigidos a la promoción de la cultura física y el deporte para el año 2015
Datos de la entidad solicitante
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Nombre o razón social |
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CIF |
Domicilio para notificaciones: |
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Calle o plaza: Núm. |
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Localidad: CP. |
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Teléfono de contacto: |
Fax: |
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Dirección electrónica para notificaciones de actos de trámite:
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Datos del/ de la representante: |
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Nombre y apellidos: |
DNI/NIE: |
Teléfono: |
Condición de la representación: |
Experiencia de la entidad en la organización de eventos deportivos: |
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Evento |
Fecha |
Nombre de participantes |
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ESDEVENIMENT:
Nombre del evento: |
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Competición Oficial: |
(.)SI (.)NO |
Modalidad deportiva: |
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Fecha de inicio: |
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Fecha de finalización: |
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Horarios por jornada |
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Instalación/Lugar de celebración: |
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Tipo de actividad |
(.)Actividad Competitiva |
(.)Actividad participativa |
(.)Actividad formativa |
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Licencia por participante |
(.)Sólo competidores federados |
(.)Competidores federados y no federados |
(.)Sólo competidores no federados |
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Precio de inscripción (€) |
Por equipo |
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Por participante |
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Previsión participantes |
Número de equipos |
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Número individuales |
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Número de participantes por categorías de edad |
Menores de 16 años |
Mayores de 16 años |
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Incluye acciones para deportistas con discapacidad |
(.)SI (.)NO |
Número de persones discapacitadas participantes |
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Precio entrada (€) |
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Pública esperado (número de personas) |
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Difusión del evento: |
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AYUDA SOLICITADA:
Subministro de medallas y trofeos |
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Medallas (indicar las categorías) |
Trofeos (indicar las categorías) |
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unidades |
1r clasificado |
unidades |
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unidades |
2r clasificado |
unidades |
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unidades |
3r clasificado |
unidades |
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Placa homenaje |
unidades |
Servicio de Ambulancias: |
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Nombre y tipo de ambulancia (B/C) |
Día/as |
Lugar |
Horario |
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Señalar el motivo de la necesidad de solicitar el servicio de ambulancia.
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Firmado y sellado:
Nombre y apellidos:
DNI:
El Presidente de l’ENTITAT
DOCUMENTO AIT2
MODELO DE AUTORIZACIÓN PARA CONSULTAR DATOS DE LA AEAT Y DE LA TGSS
[Nombre y apellidos] .......................................................…..………………............................., con domicilio en ............................................... ............ ..................... ....... calle / plaza .. ........................... ......... ... . .................. .................., CP .................. ...., con DNI / NIF núm. ............ ... ........., Que actúo
( ) en nombre propio
( ) en nombre y representación de la entidad ......................................... ..............................., con CIF ................ .................
y en relación con la convocatoria de subvenciones en especie para el fomento del deporte consistente en la entrega de servicios de ambulancias, del suministro de trofeos y distinciones para la organización de eventos deportivos y competiciones dirigidos a la promoción de la cultura física y el deporte para el año 2015.
AUTORIZO al Consell Insular de Mallorca a solicitar y obtener, ante la Agencia Tributaria de la Administración del Estado y la Tesorería General de la Seguridad Social, la información relevante necesaria para comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos para obtener, percibir y recibir el pago de la subvención, para comprobar que estoy al corriente de mis obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, todo de acuerdo con la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el artículo 95.1 k) de la Ley 58/2003, General Tributaria, que permite, previa autorización del interesado, ceder los datos tributarios que precisen las administraciones públicas para desarrollar sus funciones (art. 11. de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal; art. 10 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que la desarrolla, y art. 13.2 b) del Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero, por el que se regulan los registros y las notificaciones telemáticas), así como utilizar medios telemáticos para sustituir la aportación de certificados por parte de los ciudadanos.
.................., ...... de ............. de .......... ..
[Lugar, fecha rúbrica y sello de la entidad solicitante]
CESP 3
Declaración responsable de estar al corriente con la AEAT , con el Consejo de Mallorca y con la TGSS.
_____________________________________________________ , con NIF ________________________ , como ______________________ de la entidad ____________________________________________________ , con CIF ____________________________ , DECLARO que la entidad _____________________________________ se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con la AEAT y el Consell Insular de Mallorca, así como de las obligaciones con la Seguridad Social.
Palma, ___ , de _________ de 2015
firmado