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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO DEL DEPORTE HÍPICO DE MALLORCA

Núm. 7746
Bases reguladoras de los premios destinados a las carreras de caballos, que se celebran en los hipódromos gestionados por el Institut de l'Esport Hípic de Mallorca

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La Junta Rectora de el Institut de l’Esport Hípic de Mallorca en sesión de 4 de mayo de 2015 ha adoptado el acuerdo siguiente:

 

BASES REGULADORAS DE LOS PREMIOS DESTINADOS A LAS CARRERAS DE CABALLOS, QUE SE CELEBRAN EN LOS HIPÓDROMOS GESTIONADOS POR El INSTITUT DE L’ESPORT HÍPIC DE MALLORCA

Artículo 1.

Objeto de las bases

El objeto de estas bases es regular la concesión de los premios destinados a las carreras que se celebran semanalmente en los hipódromos gestionados por el Institut de l’Esport Hípic de Mallorca, hipódromo Son Pardo y Municipal de Manacor para el ejercicio 2015. La finalidad de estos premios es el fomento del mundo de la hípica, en especial la modalidad de trote y la mejora de la raza trotona, así como la importante repercusión económica que supone para el sector primario

Artículo 2.

Beneficiarios

Tienen la condición de beneficiario del premio las personas físicas o jurídicas, las cuales ostenten la titularidad o representación legal, según la inscripción en la Federación Balear de Trote y publicación en el Boletín Oficial de la Federación Balear de Trote, de los caballos participantes a las carreras de caballos de los hipódromos Son Pardo y Municipal de Manacor

Artículo 3.

Actividad sujeta a premio

La actividad sujeta es el premio ganado en todas aquellas carreras de caballos llevadas a cabo en las jornadas que se celebran semanalmente, programadas por el Institut de l’ Esport Hípic de Mallorca, en los hipódromos de Son Pardo y Municipal de Manacor, en el marco del desarrollo de su actividad deportiva y de acuerdo con las normas establecidas en el Código de carreras de caballos al trote, de la Federación Nacional de Trote y otras disposiciones de Normativa General de Programación publicadas en el Boletín Oficial de la Federación Balear de Trote.

Artículo 4.

Programación carreras y premios

La programación de las carreras hecha por la Federación, con una periodicidad mínima mensual, tiene que publicarse en el Boletín Balear de la Federación del Trote

Artículo 5.

Cuantía del premio

El otorgamiento y la cuantía del premio es el importe que determina el programa definitivo y oficial de carreras de cada hipódromo gestionado por el Institut de l’ Esport Hípic de Mallorca, por carrera y por su posición final, según la publicación en el Boletín Oficial de la Federación Balear de Trote.

Artículo 6.

Pago del premio

El pago de los premios se hace una vez publicado el resultado definitivo en el Boletín Oficial de la Federación Balear de Trote.

 

Artículo 7.

Justificación de la realización de la actividad y de los gastos

La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en la concesión de los premios, se documentará a través de los justificantes, publicación de resultados oficiales de cada carrera en el Boletín Oficial de la Federación Balear de Trote y el acta de llegada oficial firmada por el juez de carrera, que permitan acreditar el cumplimiento del objeto del premio. Esta justificación se tiene que presentar en el plazo máximo de tres meses a la Intervención General del Consell Insular a contar desde la concesión del premio.

Artículo 8.

Órganos competentes

La presidencia de la Junta Rectora corresponde la autorización y disposición de los gastos del premio cuando no sean superiores a 150.000 euros, en las cuantías superiores el órgano competente es la Junta Rectora. Artículo 9. Actuaciones de comprobación La Intervención del Consell de Mallorca puede llevar a cabo las actuaciones de fiscalización necesarias para garantizar el cumplimiento de estas bases, así como requerir cualquier tipo de documentación complementaria que considere pertinente.

 

Palma, 4 de mayo de 2015

El presidente
Nicolau Gómez Sureda