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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTES

Núm. 7422
Notificación de incoación de Expedientes sancionadores instruidos por la Secretaría General de la Consejería de Turismo y Deportes

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Puesto que no ha sido posible notificar las incoaciones de los Expedienteees sancionadores que se relacionan a continuación, instruidos por la Secretaría General de la Consejería de Turismo y Deportes por presuntas infracciones administrativas en materia de turismo, en ejecución de lo que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica que se han incoado los Expedientees siguientes:

 

Expediente número: 8/15

Titular: Proyectos Jazmín, SLU

Empresa: vivienda dúplex D, bloque II, Ambassador Park     

Última dirección: C. Murillo, 2, Nova Santa Ponça, Calvià

Infracción: artículo 105.e) de la Ley 8/2012 de 19 de julio del Turismo de las Illes Balears, en relación con los artículos 19,23, 28 y 52 de la misma Ley y el artículo 19 del Decreto 13/2011, de 25 de febrero.

Calificación de la Infracción: una Infracción grave 

Sanció que es proposa: de 4.001 hasta 40.000 €  por la Infracción grave

 

Expediente número: 12/15 

Titular: Anhomo Turismo, SLU    

Empresa: Hotel Solimar      

Última dirección: C. Berga, 7, Arenal de Llucmajor

Infracción: artículos 105 j)  y 104 e) de la Ley 8/2012 de 19 de julio del Turismo de las Illes Balears, en relación con los artículos 15 y 19 de la misma Ley y el artículo 12 del Decreto 20/2011, de 18 de marzo, el artículo 3 del Decreto 4/2007, de 2 de febrero y el artículo 161 del Real Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre.

Calificación de la Infracción: una infracción grave por el artículo 104 j), y una leve por el artículo 104 e)

Sanció que es proposa: de 4.001 hasta 40.000 €  por la infracción grave y hasta a 4.000 € por la infracción leve.

 

Expediente número: 34/15 

Titular: Sr. Marcus Fureder     

Empresa: vivienda número 2, carrer Calatrava, 20-22, bjs de Palma    

Última dirección: C. Calatrava, 20-22, vivienda 2, 1r. izquierda, planta baja, de Palma

Infracción: artículo 105 e) de la Ley 8/2012 de 19 de julio del Turismo de las Illes Balears, en relación con los artículos 19, 23, 28, 50 y 52 de la misma Ley y el artículo 19 del Decreto 13/2011, de 25 de febrero.

Calificación de la Infracción: una infracción grave 

Sanció que es proposa: de 4.001 hasta 40.000 €  por la infracción grave

 

Expediente número: 35/15 

Titular: Sra. Gese Höhne 

Empresa: apartamento H5, urbanización Pueblo Cala Moragues     

Última dirección: C. Ropit y Verderol, sn, apartamento H5, Pueblo de Cala Moragues, Port d’Andratx

Infracción: artículo 105 e) de la Ley 8/2012 de 19 de julio del Turismo de las Illes Balears, en relación con los artículos 19, 23, 28, 50 y 52 de la misma Ley y el artículo 19 del Decreto 13/2011, de 25 de febrero.

Calificación de la Infracción: Una infracción grave 

Sanción que se propone: de 4.001 hasta 40.000 €  por la infracción grave

 

A efectos del trámite de audiencia, se comunica que las porsonas interesadas disponen de un plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de esta publicación para formular alegaciones y presentar los documentos y otros elementos de juicio que consideren oportunos. Se comunica, además, que durante este plazo  tienen el Expedientee a su disposición en el Servicio de Empresas y Actividades Turísticas de la Consejería de Turismo y Deportes (calle de Montenegro, 5, de Palma).

Palma, 15 de abril de 2015

El secretario general

Por delegación del consejero de Turismo y Deportes

 (Resolución de 24.01.2014,  BOIB núm. 15, 30.01.14)

Joaquín Legaza Cotayna