Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES
Núm. 7356
Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 9 de abril de 2015 por la cual se modifica la Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 24 de febrero de 2015 por la cual se aprueba la lista definitiva de admitidos y excluidos correspondiente a la convocatoria de ayudas individualizadas de comedor por motivos de transporte para los alumnos que cursan estudios en los centros docentes no universitarios del curso escolar 2014-15 y la concesión de las ayudas correspondientes al primer trimestre
Hechos
1. La resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 19 de diciembre de 2014 convocó las ayudas individualizadas de comedor para los alumnos que cursan estudios en los centros docentes no universitarios durante el curso escolar 2014-15.
2. La resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 24 de febrero de 2015 aprobó la lista definitiva de admitidos y excluidos correspondiente a la convocatoria de ayudas de comedor por motivos de transporte para los alumnos que cursan estudios en los centros docentes no universitarios del curso escolar 2014-15 y concede las ayudas correspondientes al primer trimestre.
3. La Consejería de Educación, Cultura y Universidades recibió dos informes de rectificación de errores de los siguientes centros:
- CEIP S’Olivera, código de solicitud W5SEIH. El informe expone que ha habido un error por parte del centro en la introducción en el GestIB de los días de asistencia que el alumno ha hecho uso del servicio de comedor.
- CEIP Pare Bartomeu Pou, código de solicitud TVPY9C. El informe expone que ha habido un error por parte del centro en el baremo del apartado de condiciones económicas.
4. Las ayudas se harán efectivas a cargo de la partida presupuestaria 13501.423A01.48021.00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para el año 2015.
5. El director general de Planificación e Infraestructuras Educativas dictó la propuesta de resolución favorable a esta modificación día 7 de abril de 2015 de acuerdo con el informe de la jefa del Servicio de Escolarización, Servicios Complementarios de la Enseñanza, Títulos y Convalidaciones.
Fundamentos de derecho
1. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB nº. 196, de 31 de diciembre de 2005).
2. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las Leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº. 122, de 2 de septiembre de 2004).
3. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009, por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura.
4. La Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 19 de diciembre de 2014, por la cual se convocan ayudas individualizadas de comedor para los alumnos que cursan estudios no universitarios durante el curso escolar 2014-15 (BOIB nº. 174, de 20 de diciembre de 2014).
5. La Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 24 de febrero de 2015 por la cual se aprueba la lista definitiva de admitidos y excluidos correspondiente a la convocatoria de ayudas individualizadas de comedor por motivos de transporte para los alumnos que cursan estudios en los centros docentes no universitarios del curso escolar 2014-15 y la concesión de las ayudas correspondientes al primer trimestre (BOIB nº. 29, de 26 de febrero de 2015).
6. El artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, por el cual las Administraciones públicas pueden, en cualquier momento, rectificar de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
Resolución
1. Realizar las siguientes rectificaciones de errores:
- CEIP S’Olivera, código de solicitud W5SEIH, en el anexo 2 de la Resolución:
- Donde dice: importe 207€
- Tiene que decir: importe 162€
- CEIP Pare Bartomeu Pou, código de solicitud TVPY9C, en el anexo 1 de la Resolución:
- Donde dice: 0 puntos
- Tiene que decir: 9 puntos
En el anexo 2 de la Resolución:
- Donde dice: denegada
- Tiene que decir: concedida por un importe de 204,05€
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares
Interposición de recursos
Contra esta Resolución que agota la vía administrativa se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano que la ha dictado en el plazo de un mes, o recurso contencioso administrativo delante de la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de haber recibido la notificación, en la forma prevista de la convocatoria.
Palma, 9 de abril de 2015
La consejera de Educación, Cultura y Universidades
Maria Núria Riera Martos